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Documento BOE-A-1998-18825

Resolución de 20 de julio de 1998, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, por la que se anuncia convocatoria pública para provisión de 14 puestos de trabajo de Titulado medio, mediante contratación laboral fija.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1998, páginas 26652 a 26657 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-18825

TEXTO ORIGINAL

El artículo 19.1 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, establece la posibilidad de contratar

personal laboral indefinido mediante el sistema de concurso.

De conformidad con lo indicado y como consecuencia del

proceso de consolidación de empleo temporal del CIEMAT, en uso

de las competencias delegadas por Resolución de la Subsecretaría

del Ministerio de Industria y Energía de 24 de abril de 1995

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de mayo),

Esta Dirección General, previo informe preceptivo de los

Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas,

acuerda:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para la cobertura de 14

puestos de trabajo de personal laboral Investigador, con la

categoría de Titulado medio, mediante el procedimiento de concurso

para su provisión por personal laboral con contrato indefinido.

Asimismo, según establece la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se reservará una plaza

para ser cubierta por personas con minusvalía con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100. En el supuesto de que

esta plaza no sea cubierta se acumulará a las de acceso libre.

Segundo.-La descripción, características y ubicación de dichos

puestos de trabajo son las que figuran en el anexo II.

Tercero.-La realización del proceso selectivo, que tendrá una

duración máxima de tres meses, se ajustará a lo establecido en

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; al Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo; a los criterios generales de selección fijados por el

Ministerio de Administraciones Públicas, y a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Requisitos de los aspirantes

1.1 Los aspirantes a los puestos que se convocan deberán

reunir los siguientes requisitos, cumplidos el día que finalice el

plazo de admisión de instancias:

a) Tener la nacionalidad española, la de cualquier otro Estado

miembro de la Unión Europea o la de aquellos Estados a los que

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores definida por

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea en aplicación

de los tratados internacionales celebrados por ésta y ratificados

por España.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título académico exigido indicado

en el anexo II o equivalente convalidado.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deberán

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que

impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas

que impidan el normal desempeño de las correspondientes

funciones. Esta circunstancia deberá ser ratificada por el Servicio

Médico del CIEMAT, una vez superado el proceso selectivo.

2. Presentación de solicitudes

2.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo

deberán hacerlo constar en copia del modelo de solicitud que

figura en el anexo I de esta convocatoria. De este modelo se harán

tres copias: La primera, para el órgano convocante (ejemplar a

presentar en el lugar señalado en la convocatoria); la segunda,

para la entidad de depósito correspondiente, y la tercera, para

el interesado.

Las instrucciones para cumplimentar el modelo de solicitud

serán las que se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipodeimprenta.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

1. Cuerpo o Escala. Consigne el texto y, en su caso, el código

del Cuerpo o Escala que figura en la convocatoria.

2. Especialidad, área o asignatura. Consigne, cuando

proceda, el texto y el código de la convocatoria.

3. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para

el sistema general de acceso libre.

4. Ministerio/organismo/entidad convocante. Se consignará,

cuando proceda, el texto y código que figura en la convocatoria.

5. Provincia de examen. Se consignará el texto y, en su caso,

el código que figura en la convocatoria.

6. Minusvalía. Se indicará el porcentaje de grado de

minusvalía según el dictamen del órgano competente.

2.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales

y Tecnológicas, avenida Complutense, 22, 28040 Madrid, o en

la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a

partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas

o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán

seguidamente al organismo competente.

2.3 En el punto 25, apartado a), de dicho modelo, habrá

de consignarse el número de orden de plaza. Y en el apartado b),

las Subdirecciones o Departamentos donde están ubicadas las

plazas.

2.4 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la

misma.

2.5 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 3.000 pesetas y se ingresará en la cuenta corriente

número 01040301250302039369, abierta en la Oficina

Institucional de la Administración Central del Banco Exterior de España,

sucursal número 0301, ubicada en la calle Serrano, con el título

"CIEMAT Tasa 20.20, derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina de dicho banco o

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el

pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado

en la base 2.2.

2.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

2.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

3. Documentación

3.1 Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente

documentación:

a) Currículum vitae en el constarán los servicios prestados,

tanto públicos como privados, con documentación acreditativa,

según anexo III.

b) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte.

c) Copia de la titulación académica exigida o resguardo de

haberla solicitado.

d) Justificante de haber ingresado la cantidad exigida en

concepto de derechos de examen.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo previsto para presentación de

solicitudes, el órgano convocante hará públicas en el plazo de un

mes las listas provisionales de admitidos y excluidos, con

indicación de las causas de exclusión, en los tablones de anuncios

de este organismo, en Delegaciones y Subdelegaciones de

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en la Dirección General de

la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas, María de Molina, 50,

de Madrid. Asimismo, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

el lugar o lugares en que se encuentren publicadas dichas listas.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles para subsanar los posibles defectos, errores y

omisiones que pudieran contener las listas provisionales, o las causas

que hayan motivado la exclusión.

4.3 Contra la Resolución definitiva de exclusión podrá

interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso

contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a

su publicación, ante el órgano competente jurisdiccional

contencioso-administrativo.

5. Comisión de Selección

5.1 Se constituirá una Comisión de Selección que estará

integrada por siete miembros, pudiendo constituirse y actuar con la

asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de los mismos siempre

que uno de ellos sea el Presidente. Estos serán los siguientes:

Tribunal titular:

Presidente: Don Francisco de Asís Javier Rodríguez Mañas,

Subdirector general de la Subdirección General de Recursos

Humanos del CIEMAT.

Vocales:

Por la Dirección General de la Función Pública, doña Gloria

López-Boado Montero, Jefa de Servicio.

Por la Subsecretaría del MINER, doña Ana María Hernández

Hernández, Directora de Programa.

Un representante de los trabajadores.

Especialistas por cada Departamento:

Departamento de Fusión y Partículas Elementales: Don Manuel

Aguilar Benítez, Subdirector del Departamento, y don Carlos

Alejaldre Losilla, Responsable de Proyecto de Investigación.

Departamento de Fisión Nuclear: Don José Luis Díaz Díaz,

Subdirector general del Departamento, y doña Dolores Gómez

Briceño, Responsable de Proyecto de Investigación.

Departamento de Energías Renovables: Doña María Luisa

Delgado Medina, Subdirectora general del Departamento, y don José

Ignacio Ajona, Responsable de Proyecto de Investigación.

Secretaría General de Relaciones Externas e Institucionales:

Doña Lucila Izquierdo Rocha, Subdirectora general del

Departamento, y doña María Luisa Marco Arboli, Responsable de Proyecto

de Investigación.

Subdirección General de Control Económico y Servicios: Don

Luis González Martín, Subdirector general del Departamento, y

doña Concepción Gorostiza Murcia, Jefa de Unidad de Informática.

Secretario: Don José Alberto Iglesias Bourio, Jefe de Servicio

de Planificación y Programación de la Subdirección General de

Recursos Humanos.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Guillermo Escribano Martínez, Jefe de Servicio

de Organización y Ordenación de la Subdirección General de

Recursos Humanos del CIEMAT.

Vocales:

Por la Dirección General de la Función Pública, doña Nuria

Esther Expósito Beneitez, Jefa de Servicio de la Subdirección

General de Recursos Humanos del CIEMAT.

Por la Subsecretaría del MINER, don Pedro Fernández Sánchez,

Director del Programa.

Un representante de los trabajadores.

Especialistas por cada Departamento:

Departamento de Fusión y Partículas Elementales: Don Marcos

Cerrada Canales, Responsable de Proyecto de Investigación, y

don Enrique Ascasíbar Zubizarreta, Responsable de Proyecto de

Investigación.

Departamento de Fisión Nuclear: Don José María Jiménez

Moreno, Jefe de Área, y don Ángel González de la Huebra,

Responsable de Proyecto de Investigación.

Departamento de Energías Renovables: Don Faustino Chenlo

Romero, Responsable de Proyecto de Investigación, y don José

Herrero Rueda, Responsable de Proyecto de Investigación.

Secretaría General de Relaciones Exteriores e Institucionales:

Doña Amparo Barbolla Granda, Jefa de Unidad de Gestión de

Recursos de la Información, y don Carlos Sancho Llerandi, Jefe

de Unidad de Protección Radiológica.

Subdirección General de Control Económico y Servicios: Don

Pascual Sarvisé Mascaray, Jefe de la Unidad de Coordinación

Económica, y don José Ramón Peláez Martínez, Jefe de la Unidad

de Instalaciones.

Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez, Jefa de la

Unidad de Organización y Programación de la Subdirección General

de Recursos Humanos.

5.2 La Comisión de Selección que actúe en el proceso

selectivo se incluirá dentro de la categoría que se determine por el

Ministerio de Administraciones Públicas, conforme a lo establecido

en el artículo 33.7 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo,

sobre indemnizaciones por razón de servicio.

5.3 Los miembros de la Comisión de Selección deberán

abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos algunas de las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, así como cuando hubieran realizado tareas

de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la

convocatoria, notificándolo a la Dirección General de este

organismo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias

previstas en esta base.

5.4 El Presidente de la Comisión podrá solicitar de los

miembros de la misma declaración expresa de que no concurren en

ellos ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

5.5 En ningún caso la Comisión de Selección podrá aprobar

ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número

de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

6. Selección

6.1 El sistema de selección será el de concurso de méritos,

en el que se tendrán en cuenta las condiciones personales y

profesionales que requiera el puesto de trabajo a desempeñar.

6.2 Los méritos de los aspirantes se valorarán hasta un

máximo de 10 puntos, mediante la aplicación del siguiente baremo:

a) Por experiencia profesional, tanto en la esfera pública como

en la privada, en actividades propias de las especialidades de las

plazas convocadas, se otorgará un punto por cada año completo

de experiencia, y 0,25 puntos por cada trimestre, con un máximo

de cinco puntos.

b) Por diplomas o certificaciones obtenidas en cursos de

capacitación o especialización, participación en simposios, congresos

o seminarios presentando trabajos o comunicaciones, e

impartición de cursos en temas relacionados con las materias expresadas

en el apartado a), se concederá hasta un máximo de dos puntos,

según el siguiente baremo:

Doctorado: Relacionado parcialmente con la materia de la

plaza, 0,4 puntos; relacionado totalmente con la materia de la plaza,

un punto.

Licenciatura afín: 0,40 puntos.

Curso de Supervisor de Instalación Radiactiva o Nuclear, con

habilitación actualizada: Un punto.

Curso de más de trescientas horas lectivas: 0,1 punto por curso.

Cursos de capacitación: 0,01 punto por curso.

Asistencia a congresos o simposios presentando

comunicaciones a los mismos: 0,05 puntos cada uno.

Impartir cursos relacionados con las materias objeto de la plaza:

0,04 puntos cada uno.

Por haber participado en comités o grupos de expertos: 0,1

puntos por cada uno.

c) Por publicaciones y patentes sobre temas relacionados con

dichas materias hasta un máximo de dos puntos, según el siguiente

baremo:

Publicaciones de difusión nacional e internacional: 0,2 puntos

cada una.

Otras publicaciones: 0,1 punto cada una.

Libros: 0,50 puntos cada uno.

Patentes: 0,50 puntos cada patente registrada.

Se puntúan tanto las colectivas como las individuales en función

de su importancia científica como técnica.

Se entenderá como libro su redacción completa, o la de un

capítulo completo, al menos, siempre que tenga concedido el ISBN

correspondiente.

d) Por idiomas exigidos en esta convocatoria, hasta un

máximo de un punto. El conocimiento del idioma exigido deberá

acreditarse documentalmente, según el siguiente baremo:

Sólo se valorará el idioma o idiomas exigidos en la convocatoria

para cada puesto de trabajo.

Cuando se solicite el conocimiento de un idioma principal y

de otros idiomas, corresponderá el 70 por 100 de la puntuación

de este apartado al idioma principal, y se reservará el 30 por 100

a otros idiomas.

Sobre la puntuación máxima posible, los conocimientos básicos

se puntuarán con el 10 por 100, los medio-bajos con el 30 por 100,

el nivel intermedio-alto con el 50 por 100, conocimiento avanzados

con el 70 por 100 y el dominio con el 100 por 100.

6.3 No podrá ser seleccionado ningún aspirante cuya

puntuación en el anterior apartado a), de experiencia profesional,

sea inferior a tres puntos, del conjunto de cinco.

6.4 Concluidas las pruebas, la Comisión elevará al órgano

competente propuesta de candidatos para la formalización de los

contratos, que no podrán, en ningún caso, exceder del número

de plazas convocadas.

7. Lista de seleccionados

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el órgano convocante,

a propuesta de la Comisión de Selección, hará pública la lista

de seleccionados, que se expondrá en las dependencias del

CIEMAT y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, María de Molina, 50, de Madrid,

previo anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos

8.1 Los aspirantes seleccionados deberán presentar en la

Subdirección General de Recursos Humanos del CIEMAT, en el plazo

máximo de veinte días naturales desde que se haga pública la

lista de seleccionados, la documentación que acredite que reúne

los requisitos a que se refiere el punto 1 de las presentes bases.

9. Formalización de contratos

9.1 Finalizada la fase de presentación de documentos, se

procederá a la formalización de los contratos de trabajo, que no

entrarán en vigor, ni causarán derecho alguno a favor de los

contratados, hasta el comienzo de la prestación de los servicios por

parte de los mismos.

9.2 Los contratos de trabajo indefinidos se formalizarán por

escrito, al amparo del artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores,

aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo

("Boletín Oficial del Estado" del 29).

9.3 Se establecerá una período de prueba de seis meses, en

las condiciones que se determina en el artículo 14 del Real Decreto

Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el

texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

9.4 Finalizado el proceso selectivo y una vez superado el

reconocimiento médico, se procederá a la formalización de los

correspondientes contratos en el plazo de un mes. La incorporación

al puesto de trabajo deberá realizarse en el plazo máximo de quince

días naturales desde la formalización del contrato.

9.5 El personal que se contrate, como consecuencia de este

proceso selectivo, quedará excluido del ámbito de aplicación del

Convenio Colectivo para el Personal Laboral del CIEMAT, que

no comprende a los Titulados medios, siéndole de aplicación el

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que

se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores.

10. Norma final

10.1 La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos

administrativos se deriven de aquélla y de la actuación de la

Comisión de Selección, podrán ser impugnados en el plazo y forma

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 20 de julio de 1998.-El Director general, Félix

Ynduráin Muñoz.

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