Con fecha 26 de febrero de 1992, el Tribunal Superior de Justicia de
Cantabria (Santander) dictó sentencia en el recurso
contencioso-administrativo número 6/1992, promovido por don Antonio Naharro Pueyo, sobre
cese y nombramiento con carácter accidental de puesto de trabajo;
sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por don Antonio Naharro Pueyo contra
la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de
reposición interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Subsecretario
de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 18 de diciembre de 1986,
por la que se cesaba como Secretario de la Cámara Agraria Provincial
de Cantabria al recurrente y su nombramiento, con carácter accidental,
como Jefe de Negociado, Escala C, nivel 14. Sin costas."
Habiéndose interpuesto recurso de revisión número 6731/1992, por
la parte recurrente, el Tribunal Supremo, con fecha 12 de enero de 1998,
dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que, desestimando como desestimamos el recurso de
revisión interpuesto por don Antonio Naharro Pueyo, contra la sentencia de
la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria,
de fecha 26 de febrero de 1992, recaída en el recurso al principio reseñado,
debemos declararlo y lo declaramos improcedente, con expresa imposición
al recurrente de las costas causadas y condenándolo, asimismo, a la pérdida
del depósito en su día constituido."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 29 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996),
la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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