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Documento BOE-A-1995-4187

Resolución de 9 de enero de 1995, de la Dirección General de Política Ambiental, por la que se hace pública la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de construcción de la presa del Corumjoso (Huelva) de la Dirección General de Obras Hidráulicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1995, páginas 5514 a 5518 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-4187

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, se hace pública para general conocimiento la declaración de impacto ambiental que se transcribe a continuación de esta Resolución.

Madrid, 9 de enero de 1995.-El Director general, José Ramón González Lastra.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE CONSTRUCCION DE LA PRESA DEL CORUMJOSO (HUELVA) DE LA DIRECCION GENERAL DE OBRAS HIDRAULICAS

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones. La Dirección General de Obras Hidráulicas remitió, con fecha 21 de noviembre de 1991, a la Dirección General de Medio Ambiente, la Memoria-resumen para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El objeto de esta actuación es la formación de un embalse de regulación cuyas presas estarán ubicadas en la confluencia de los ríos Corumbel y su afluente Tamujoso.

Recibida la referida Memoria-resumen, la Dirección General de Política Ambiental, estableció a continuación un período de consultas a personas, instituciones y Administraciones, sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, con fecha 13 de marzo de 1992, la Dirección General de Política Ambiental dio traslado a la Dirección General de Obras Hidráulicas de las respuestas recibidas. La relación de consultados y un resumen de las respuestas se recogen en el anexo I.

La Dirección General de Obras Hidráulicas sometió el proyecto de la presa del Corumjoso y el estudio de impacto ambiental del mismo, conjuntamente, al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Huelva» con fecha 23 de enero de 1993, en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento.

Finalmente, conforme al artículo 16 del Reglamento, la Dirección General de Obras Hidráulicas remitió, con fecha 9 de julio de 1993, a la Dirección General de Política Ambiental, el expediente completo, consistente en el proyecto, estudio de impacto ambiental y el contenido de la información pública.

El anexo II contiene los datos esenciales del proyecto.

Los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental, así como las consideraciones que sobre el mismo realiza la Dirección General de Política Ambiental, se recogen en el anexo III.

Un resumen del resultado del trámite de información pública, se acompaña como anexo IV.

Como anexo V se incluye un resumen de la información adicional solicitada a la Dirección General de Obras Hidráulicas, con posterioridad a la recepción del expediente completo.

En consecuencia, la Dirección General de Política Ambiental, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula sobre el proyecto de la presa del Corumjoso de la Dirección General de Obras Hidráulicas la siguiente declaración de impacto ambiental.

Declaración de Impacto Ambiental

Examinado el expediente completo (artículo 16 del Reglamento mencionado) del proyecto de la presa del Corumjoso y el contenido de la información adicional solicitada, se establecen las siguientes condiciones para que dicho proyecto se considere ambientalmente viable:

1. Determinación del caudal ecológico.-Se realizará un estudio que determinará cualitativa, cuantitativa y estacionalmente, los caudales ecológicos teóricos necesarios para la supervivencia de los ecosistemas de ribera de especial interés situados aguas abajo de la presa del Corumbel Bajo hasta la confluencia con el río Tinto y para la correspondiente contribución a los ecosistemas de interés en el río Tinto y fundamentalmente al paraje natural de las Marismas del Odiel, declarado ZEPA UE, Reserva de la Biosfera y Area de Importancia Internacional para las Aves. Dichos caudales se calcularán teniendo en consideración los aportes de los otros ríos y los aprovechamientos, concesiones existentes y posibles transferencias a otras cuencas. La determinación cuantitativa dependerá de la consecución de un caudal de nivel cualitativo conveniente, teniendo en cuenta la contaminación por retornos al sistema fluvial de los usos del agua derivada.

Del seguimiento llevado a cabo en el programa de vigilancia, se inferirá la corrección del valor teórico determinado en este estudio.

2. Medidas de control sobre la contaminación del embalse del Corumbel Bajo.

a) Debido a la localización de las obras sobre las colas del embalse del Corumbel Bajo, en la fase de construcción se instalarán balsas de decantación y sistemas de drenaje perimetral a las instalaciones de obra que eviten el transporte de contaminantes a los cursos fluviales y al embalse.

b) Por otra parte, se vigilará la calidad y la evolución de la misma en las aguas del embalse del Corumjoso y del Corumbel Bajo a lo largo de su explotación.

3. Ubicación y control de extracciones, escombreras y caminos de acceso.-Se delimitarán definitivamente, las zonas de extracción, así como las escombreras y vertidos, de manera que en ningún caso afecten al embalse del Corumbel Bajo, ni a su cuenca de alimentación directa, ni a zonas de cultivos.

Si las zonas de extracción o vertido de sobrantes se ubicaran fuera de la zona inundada del vaso, se deberán justificar medioambientalmente. Asimismo, se llevarán a cabo las medidas adecuadas para minimizar la producción de polvo, evitando el asfaltado de las pistas de acceso provisionales.

Se definirán planta y perfil de los caminos de acceso a las obras.

4. Mantenimiento de servicios y servidumbres.-Se asegurará, mediante las medidas adecuadas, la continuidad del servicio de la carretera a La Palma del Condado, a El Berrocal y a Paterna del Campo, así como de los caminos, vías pecuarias y servidumbres existentes.

5. Prevención de la erosión y recuperación, restauración e integración paisajística.

a) Se redactará un proyecto de recuperación ambiental en el que se tendrá en cuenta específicamente el área de la cerrada de ambas presas y sus estribos, la loma existente entre presas y las instalaciones allí previstas, las carreteras y los caminos mejorados y de obra, las escombreras y los vertederos, las canteras y las zonas de préstamo, las áreas utilizadas para el almacenamiento de materiales y para las instalaciones auxiliares, así como las orillas del embalse del Corumbel Bajo que queden descubiertas por el retroceso de la lámina de este embalse producido por la puesta en funcionamiento de las presas del Corumjoso. Este proyecto, tendrá carácter de proyecto de construcción y desarrollará, también con ese carácter, la siguiente relación de medidas correctoras recomendadas en el capítulo 7 del estudio de impacto: Restauración del paisaje de las cerradas, restauración de la zona de canteras, recuperación de suelo fértil, protección del cauce de desagüe del aliviadero, adecuación de las vías de comunicación, parque de maquinaria y deforestación del vaso.

b) En las labores de restauración se utilizarán especies vegetales que pertenezcan a alguna de las biocenosis presentes, de acuerdo con las indicaciones que a este respecto señala el estudio de impacto en su capítulo 7.

c) Las labores de deforestación del vaso del embalse, incluidas en el estudio de impacto, se complementarán con el tratamiento adecuado para el traslado de los pies de «Quercus suber» afectados a las zonas de revegetación próximas.

El proyecto de recuperación ambiental, establecido en los párrafos anteriores, así como las medidas preventivas y correctoras recomendadas en el estudio de impacto ambiental y en su información complementaria presentada posteriormente, se incorporarán al proyecto de construcción como un elemento ejecutivo más de éste, desarrollándose en la Memoria y sus anejos, en los planos, presupuestos y pliego de prescripciones.

6. Seguimiento y vigilancia.-Se realizará un programa en el que se detallará el proceso de seguimiento de las actuaciones y se describirá el tipo de informes y la frecuencia y período de su emisión. Los informes deberán remitirse a la Dirección General de Política Ambiental a través del órgano sustantivo que acreditará su contenido y conclusiones.

El programa incluirá la remisión de los siguientes informes:

Durante las obras: Informe mensual sobre el cumplimiento de la condición 2 relativa a las medidas de control sobre la contaminación del embalse del Corumbel Bajo.

Antes de la emisión del acta de recepción provisional de las obras: Informe sobre la ejecución del proyecto de recuperación ambiental al que se refiere la condición 5, apartados a), b) y c), relativa a la recuperación de la erosión, recuperación, restauración e integración paisajística.

Durante cinco años a partir de la emisión del acta de recepción provisional de las obras:

Informe técnico semestral, incluyendo al menos el análisis y diagnóstico de la calidad de las aguas embalsadas y su evolución, a que se refiere la condición 2.

Informe anual sobre el estado de los ecosistemas de ribera a que se refiere la condición 1, que se hayan considerado, analizando con especial interés el de las Marismas del Odiel; y sobre el estado de la contaminación de las aguas que les abastecen.

Estos informes determinarán la propuesta del caudal ecológico real a suministrar por los distintos embalses del sistema hidráulico, en función de la respectiva calidad del agua que embalsan.

Informe técnico sobre el progreso de la estabilidad del suelo y la vegetación en todas las zonas a que se refiere la condición 5, relativa a la prevención de la erosión y recuperación, restauración e integración paisajística, que tendrá una frecuencia semestral, enviándose el primero dentro de los tres meses siguientes a la emisión del acta de recepción provisional de la obra.

Se emitirá un informe especial cuando se presenten circunstancias o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de explotación.

Del examen de toda la documentación anterior por parte de la Dirección de Política Ambiental, podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de la presente declaración de impacto.

7. Documentación adicional.-La Dirección General de Obras Hidráulicas remitirá a la Dirección General de Política Ambiental, antes de que se proceda a embalsar las aguas, el estudio para la determinación teórica de los caudales ecológicos a que se refiere la condición 1.

La Dirección General de Obras Hidráulicas remitirá a la Dirección General de Política Ambiental antes de la aprobación del proyecto de construcción, un escrito certificando la incorporación al mismo de la documentación y prescripciones adicionales que esta declaración de impacto ambiental establece como necesarias en dicho proyecto, y un informe sobre su contenido y conclusiones.

La documentación referida es la siguiente:

Medidas a adoptar para controlar la contaminación del embalse del Corumbel Bajo, a que se refiere la condición 2, así como enumeración de los artículos del pliego de prescripciones técnicas del proyecto de construcción que obligan a su cumplimiento.

Delimitación de zonas y justificación medioambiental de la ubicación y control de extracciones y escombreras, caminos de acceso y medidas adoptadas para mitigar los efectos a que se refiere la condición 3, así como enumeración de los artículos del pliego de condiciones técnicas del proyecto de construcción que obligan a su cumplimiento.

Proyecto de recuperación ambiental y paisajística al que se refiere la condición 5 relativa a la prevención de la erosión y recuperación, restauración e integración paisajística.

Programa de seguimiento y vigilancia ambiental a que se refiere la condición 6

8. Definición contractual de las medidas correctoras.-Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de medidas correctoras, contempladas en el estudio de impacto ambiental y en estas condiciones, figurarán justificadas técnicamente en la Memoria y anejos correspondientes del proyecto de construcción, estableciendo su diseño, ubicación y dimensiones en el documento de planos del proyecto de construcción, sus exigencias técnicas en el documento pliego de prescripciones técnicas del proyecto de construcción y su definición económica en el documento de presupuesto del proyecto. También se valorarán los costes derivados del plan de vigilancia ambiental.

Madrid, 4 de noviembre de 1994.-El Director general de Política Ambiental, José Ramón González Lastra.

ANEXO I

Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto

Relación de consultados / Respuestas recibidas

ICONA / X

Delegación de Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía / -

Gobierno Civil de Huelva / X

Diputación Provincial de Huelva / X

Agencia de Medio Ambiente Junta de Andalucía / X

Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de Ordenación del Territorio / X

Confederación Hidrográfica del Guadiana / X

Ayuntamiento de La Palma del Condado (Huelva) / -

Ayuntamiento de El Alcor (Huelva) / -

Ayuntamiento de Paterna del Campo (Huelva) / X

ADENA / -

ADENAT / -

SEO / X

Centro de Edafología y Biología Aplicada. CSIC (Sevilla) / -

Centro de Estudios Territoriales y Urbanos. Junta de Andalucía / -

Instituto de Recursos Naturales y Agrobiología. CSIC (Sevilla) / X

Centro Nacional de Medios de Protección. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Sevilla) / -

Estación Biológica de Doñana / -

Coordinadora Ecologista (Huelva) / -

FAT / -

CODA / -

Asamblea Verde / -

Andalus / -

CEPA / -

El contenido medioambiental relevante y específico es el siguiente:

El ICONA expone que, independientemente de los resultados que se deriven del correspondiente estudio de impacto ambiental, no cabe formular en principio observaciones relevantes. Considera deseable la habilitación de los bordes y cola del embalse como albergue de vida silvestre.

La Diputación Provincial de Huelva participa que no hay ninguna sugerencia especial en cuanto a aspectos ambientales, señalando que en el caso de que el embalse afecte a las carreteras provinciales de La Palma del Condado a Berrocal o de Paterna del Campo a Berrocal se realicen las oportunas variantes para restablecer el servicio público.

La Agencia de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía considera que no existen condicionantes ambientales a resaltar en la realización del proyecto.

La Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Ordenación del Territorio, perteneciente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, expone sugerencias de carácter general indicando que afecta a un territorio de relieves suaves y suelos pobres, con usos muy extensivos en los que predominan las repoblaciones de eucaliptus, y que no se caracteriza en principio por un gran valor ambiental o por su fragilidad.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana expone que la presa se ubicará en la cola del embalse del Corumbel, y por ello no se puede crear ninguna afección al cauce de aguas abajo, excepto las mejoras derivadas del aumento de regulación.

La Sociedad Española de Ornitología (SEO) informa que la presa proyectada se situaría en la cabecera de una cuenca fluvial en cuya desembocadura se encuentra el paraje natural de Las Marismas del Odiel con dos reservas naturales en su interior. Y que este paraje natural ha sido declarado ZEPA CEE y Reserva de la Biosfera, formando parte, además, de una de las Areas de Importancia Internacional para las Aves inventariada por la SEO para la CEE. Asimismo, expone que, dado que los ecosistemas de estas marismas dependen de la dinámica del estuario y ésta de los ciclos de mezcla de aguas salinas de origen marino y dulces de origen fluvial, se debería tener en cuenta: a) Cómo afectaría la previsible reducción de los volúmenes de agua dulce que llegan al estuario a su salinidad, niveles y ciclos de inundación. b) Cómo afectarían esos cambios a los ecosistemas del paraje natural y por ende a sus poblaciones de aves. Por otra parte, indica que, dado el origen sedimentario de las Marismas del Tinto y el Odiel, y la rápida evolución de los procesos que las forman, se debería estudiar la influencia de la presa sobre los valores de sedimentación y arrastre del estuario del Tinto y Odiel, en particular sobre la conservación a medio y largo plazo del paraje natural, y, en consecuencia, que se deberían estudiar los valores del caudal ecológico necesario para garantizar la inocuidad de la retención de aguas en la cabecera de la cuenca sobre la conservación de las Marismas del Odiel.

Por las razones apuntadas expone que se debe considerar el impacto acumulado que producirían el aprovechamiento hidroeléctrico del río Odiel y en la zona de Peña de Hierro (Huelva), que supondría la construcción de seis presas en la cuenca Tinto-Odiel, sobre las marismas de su desembocadura. Por otra parte, indica que la Junta de Andalucía viene desarrollando un estudio para la recuperación de la ría de Huelva en colaboración con la DG XI de la Comisión de la Comunidad Europea.

Finalmente señala el impacto directo que la inundación parcial del valle del río Corumbel tendría sobre la avifauna local, destacando que en las cercanías existen importantes poblaciones de águila imperial («Aguila adalberti») y por ello esa inundación pudiera afectar a alguna pareja de esta especie.

Considera por todo ello que este caso es un buen ejemplo de la necesidad de abordar la EIA de Planes y Programas más allá de considerar tan sólo proyectos aislados. Y centrándose en este caso sería necesario realizar el estudio de impacto ambiental del plan hidrológico de cuenca que se establezca en aplicación de la vigente Ley de Aguas.

ANEXO II

Descripción del proyecto y sus alternativas

El objeto del proyecto de la presa del Corumjoso es la construcción de dos presas en los ríos Corumbel y Corumjoso, aguas arriba de su confluencia en el embalse del Corumbel Bajo.

Las características principales de la actuación son:

Superficie de la cuenca drenada: 131 kilómetros cuadrados.

Aportaciones medias anuales: 21,8 hectómetros cúbicos.

Capacidad máxima: 29,6 hectómetros cúbicos.

Superficie máxima de embalse: 290 hectáreas.

Capacidad útil: 25,6 hectómetros cúbicos.

Presa tipo escollera con pantalla de hormigón.

Altura sobre cimientos: 51 metros.

Longitud de coronación:

Presa Corumbel: 365 metros.

Presa Tamujoso: 180 metros.

Las obras que se proyectan son:

Cuerpo de presa.

Dos desagües de fondo. Caudal máximo: 24 metros cúbicos/segundo.

Aliviaderos de labio libre.

Obras complementarias:

Caminos de acceso.

Variantes de caminos existentes.

Obras de fábrica.

Línea eléctrica.

ANEXO III

Resumen del estudio de impacto ambiental

Contenido

El estudio examina los factores tanto del medio físico (biótico y abiótico) como del socioeconómico (demografía, sectores económicos, estructura territorial) y del perceptual (paisaje), susceptibles de verse afectados por el proyecto. Este inventario va acompañado de una cartografía temática, presentándose un total de tres mapas, algunos croquis y un reportaje fotográfico.

Los datos climáticos aportados otorgan la clasificación de clima mediterráneo, con duración media del período seco de cuatro meses, desde mediados de mayo a principios de septiembre; no se registra un período de posibles heladas, ni tampoco un período frío, siendo por lo general la temperatura mayor de 6 ºC.

El factor hidrológico cuenta con la descripción de parámetros morfométricos de los ríos Corumbel y Tamujoso, así como el estudio del régimen hidrológico con cálculos de caudales de escorrentía y caudal sólido. Desde el punto de vista hidrogeológico, no se han detectado prácticamente acuíferos, salvo en la zona sur, donde la impermeabilidad de las margas y la presencia de zonas calizas, sí hacen que existan varias fuentes o manantiales.

El apartado de vegetación describe las series de vegetación potencial, encuadrando la zona en la Región Mediterránea, Luso-Extremadurense, Sector Mariánico-Monchiquense. La descripción hace especial hincapié en la vocación forestal de la zona, dedicada preferentemente a la producción de «Eucaliptus globulus». Destacan además por su extensión las superficies de matorral y las dehesas de «Quercus suber» y «Quercus ilex», junto a algunas manchas de olea europea. Describe también una importante superficie de cultivo agrícola en la margen izquierda del río Tinto; tierras éstas dedicadas en su mayoría al cultivo de cereales de secano.

El inventario sobre la fauna describe las potenciales poblaciones animales presentes en el área, en base a los importantes retazos de vegetación climática que todavía perduran en la zona. Así, hace mención de varias especies singulares en peligro de extinción, como el lince ibérico y el aguila imperial.

El estudio dice que los elementos naturales y la ausencia de edificaciones conforman un paisaje siempre verde, dado el carácter perenne de las especies vegetales presentes, con una gran riqueza de matices (distintos tonos de verde de la vegetación y ocres y pardos en los que el suelo queda al descubierto); junto a ello, el relieve conforma un paisaje ondulado, con cuencas visuales reducidas, aportando variación entre las laderas y los fondos de valle.

En cuanto al medio socioeconómico, el estudio realiza un análisis poblacional (evolución, densidad y distribución espacial) de los términos municipales afectados por la obra (La Palma del Condado, Paterna del Campo, Escacena del Campo, Villalba del Alcor). Asimismo, se lleva a cabo un análisis del sector primario, detallando la importancia del subsector agrícola, ganadero y silvoforestal.

Se hace mención también al uso social del entorno, así como a los valores culturales e infraestructuras (incluyendo caminos, cañadas, carreteras y ferrocarril).

El estudio presenta la identificación de impactos mediante una matriz de acciones factores que genera una lista genérica de impactos, que se constituye en lista de referencia para la valoración de impactos.

El estudio establece como alteraciones negativas de mayor importancia las siguientes:

La alteración de la geomorfología de las cerradas. El deterioro temporal de la calidad del agua y del paisaje durante la ejecución de las obras.

La pérdida de suelo fértil en las zonas afectadas.

La destrucción de pequeñas manchas de vegetación autóctona.

Para minimizar los impactos generados, el estudio propone una serie de medidas correctoras, minimizadoras y compensatorias, entre las que destacan:

Restauración de las zonas afectadas:

Protección de cauces y taludes.

Integración paisajística de las estructuras.

Creación de cubiertas vegetales.

Plan de desmantelamiento.

Recuperación del suelo fértil.

Deforestación del vaso.

Adecuación de vías de comunicación y reposición de infraestructuras afectadas.

Para que sea efectiva la aplicación de las medidas correctoras propuestas, el estudio propone un plan de vigilancia ambiental que tendrá en cuenta los siguientes elementos:

Fase de construcción:

Calidad físico-química del agua.

Emisión de polvo.

Tráfico de maquinaria.

Fase de explotación:

Calidad del agua.

Estabilidad de taludes.

Funcionamiento del embalse: Ciclos, caudales, sedimentos. Seguimiento de los terrenos revegetados.

Análisis del contenido

El estudio sólo analiza la solución propuesta por el proyecto. La actuación se analiza en sí misma, sin considerar la sinergia de todas las actuaciones hidrológicas en las que se enmarca este proyecto, pese a que ya en la fase de consultas la SEO recomendaba su inclusión en el estudio.

Aunque el estudio incluye una completa relación de medidas correctoras recomendadas, en su capítulo 7 (restauración del paisaje de las cerradas, restauración zona de canteras, recuperación de suelo fértil, protección cauce desagüe de aliviadero, adecuación vías de comunicación, parque de maquinaria y deforestación del vaso) estas recomendaciones no se recogen en el proyecto, ni en su Memoria, ni en sus planos, ni en sus pliegos, ni en sus presupuestos.

ANEXO IV

Resumen de la información pública del estudio de impacto ambiental

El Ayuntamiento de Villalba del Alcor (Huelva).-Dado que tras las obras de la construcción de la presa, la carretera de Villalba del Alcor a El Berrocal se encontrará mucho más deteriorada de lo que está ahora, debido al elevado tránsito de maquinaria pesada, solicita que el proyecto considere la mejora del firme de Villalba del Alcor hasta la presa que, en la actualidad, sólo es transitada por maquinaria agrícola.

ANEXO V

Resumen de la información complementaria

En la información complementaria se manifiesta que el objetivo de este embalse, junto con el del Corumbel Bajo, ya construido, es garantizar el suministro de agua potable a la Comarca del Condado, mancomunidad de más de 60.000 habitantes, que tiene construida la estación de tratamiento de agua potable por la Junta de Andalucía, teniendo prevista la construcción de otra estación de tratamiento para una ampliación de la mancomunidad.

Por otra parte, con la aportación de recursos superficiales regulados del conjunto Corumbel-Corumjoso, se contribuirá a mejorar el acuífero 27.

Desde el punto de vista hidrogeológico se completa la información sobre aguas subterráneas con la correspondiente representación gráfica de acuíferos.

Se ha realizado una cartografía a escala 1:10.000 de los suelos presentes en el entorno del vaso, así como una descripción de éstos según la clasificación básica de los suelos españoles.

Se describen las formaciones vegetales presentes en el vaso del embalse y su entorno, con datos de cobertura y superficie de las distintas comunidades. A ellas se han asociado las poblaciones faunísticas presentes en los distintos hábitat de la zona, con especial consideración para las especies con cierta relevancia ecológica. Todo ello se acompaña de su correspondiente cartografía a escala 1:10.000.

Se citan y cartografían (1:50.000) las vías pecuarias más próximas al área de actuación. Asimismo, se incluye información sobre los yacimientos arqueológicos inventariados en los términos municipales afectados, cartografiándose a escala 1:50.000 y con más detalle a escala 1:10.000.

Para la identificación de impactos se ha realizado una matriz de causa-efecto, a partir de la lista pormenorizada de los factores ambientales que sufren impacto debido a las distintas acciones de proyecto.

Tan sólo el factor «propiedad del suelo» ha sido valorado como impacto severo, el resto son considerados moderados y compatibles.

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