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Documento BOE-A-1979-683

Orden de 1 de diciembre de 1978 por la que se concede a «Demag Equipos Industriales, Sociedad Anónima», de Coslada (Madrid), la importación temporal de unos motores eléctricos para su reexportación a Marruecos, con el consiguiente beneficio comercial.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 1979, páginas 574 a 574 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-683

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: «Demag Equipos Industriales, S. A.», de Costada (Madrid), ha solicitado de este Ministerio la importación temporal de uros motores eléctricos para su reexportación a Marruecos, con el consiguiente beneficio comercial.

Considerando que la importación temporal solicitada reúne los caracteres de un caso no incluido expresamente en la disposición 4.ª del Arancel de Aduanas y que su concesión debe hacerse por Orden ministerial expresa,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le están conferidas por las disposiciones legales vigentes y de conformidad con lo informado y propuesto por la Dirección Generad de Exportación, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se autoriza a «Demag Equipos Industriales, Sociedad Anónima», de Costada (Madrid), a importar temporalmente unos motores eléctricos, comprendidos en la licencia de importación temporal número 8-389953, para su reexportación a Marruecos, con el consiguiente beneficio comercial.

Segundo.

El despacho se hará por la Aduana de entrada de la mercancía con cumplimiento de las formalidades existentes para las importaciones temporales.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 1 de diciembre de 1078.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación. 

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