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Documento BOE-A-2014-4783

Orden AAA/729/2014, de 28 de abril, por la que se modifica la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2014, páginas 34984 a 34985 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-4783
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/04/28/aaa729

TEXTO ORIGINAL

La Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre (BOE de 2 de octubre), modificada puntualmente por la Orden AAA/1257/2013, de 26 de junio (BOE de 4 de julio), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español. Dichas subvenciones vienen siendo objeto de concesión cada año mediante la correspondiente orden de convocatoria por este ministerio.

El 26 de junio de 2013, la Comisión, el Consejo y el Parlamento de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo político sobre la reforma de la Política Agrícola Común (PAC) para el período 2014-2020, que cristalizó posteriormente en la aprobación por el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea en los siguientes reglamentos publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea el 20 de diciembre de 2013: Reglamento 1305/2013, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader); Reglamento 1306/2013, de 17 de diciembre, sobre financiación, gestión y seguimiento de la PAC; Reglamento 1307/2013, de 17 de diciembre, sobre pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en la PAC; y Reglamento 1308/2013, de 17 de diciembre, que crea la Organización Común de Mercados de los productos agrarios, promoviendo la creación de organizaciones de productores e interprofesionales a través de normas específicas en materia de derecho de la competencia.

Comoquiera que las organizaciones profesionales agrarias más representativas a nivel estatal tienen, entre otros cometidos, los de ejercer actividades de defensa de todos los intereses agrarios sin limitación alguna, teniendo legitimidad social para servir con eficiencia las funciones de intermediación e interlocución con los poderes públicos, y participar, a través de los órganos colegiados de la Administración General del Estado y de la Unión Europea, en el debate de las orientaciones de la política agraria y alimentaria nacional y de la PAC, desde una perspectiva integral, es por lo que vienen recibiendo ayudas de este ministerio, a través de las correspondientes órdenes de convocatoria de subvenciones para estas entidades.

Con la nueva reforma de la PAC, aprobada para el período 2014-2020, se incrementarán las actividades de las organizaciones profesionales agrarias más representativas a nivel estatal, en el sentido de dar publicidad a la nueva reforma, fomentar las mejoras que introducen y solventar las dudas e interpretaciones que se puedan dar en el mundo rural y entre sus asociados, como interlocutores que son con las distintas Administraciones Públicas y de la Unión Europea, lo cual requerirá un mayor esfuerzo financiero por parte de ellas y la necesidad de potenciar las ayudas que reciben de este ministerio.

Por todo ello, se procede a modificar el artículo 3, apartados 1 y 3 de la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, en la redacción dada por la Orden AAA/1257/2013, de 26 de junio, para eliminar la limitación que impide financiar con mayor dotación presupuestaria las actividades que realizan dichas entidades agrarias de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.

Se modifica el artículo 3 sobre cuantía y criterios de distribución de la citada Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, en los siguientes términos:

Uno. En el artículo 3.1, el inciso que señala: «Hasta un máximo del 75 por 100 del total del crédito inicial», queda modificado con la siguiente redacción: «Hasta un máximo del 75 por ciento del total del crédito».

Dos. En el artículo 3.3, el inciso que señala: «Hasta un máximo del 80 por 100 del crédito inicial», queda modificado con la siguiente redacción: «Hasta un máximo del 80 por ciento del total del crédito».

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de abril de 2014.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/04/2014
  • Fecha de publicación: 06/05/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 07/05/2014
Referencias anteriores
Materias
  • Administración General del Estado
  • Agrupaciones de productores agrarios
  • Industria agraria
  • Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
  • Representación
  • Subvenciones
  • Unión Europea

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