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Documento BORME-C-2024-1832

INTERNATIONAL AUTOMOTIVE INNOVATION, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUTOMOTIVE INTERNATIONAL ENTERPRISE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA )

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 2354 a 2355 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1832

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que mediante Decisión del Socio único de las entidades INTERNATIONAL AUTOMOTIVE INNOVATION, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") y AUTOMOTIVE INTERNATIONAL ENTERPRISE, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") ambas de fecha 12 de abril de 2024, se adoptó el acuerdo de fusión por absorción de la entidad AUTOMOTIVE INTERNATIONAL ENTERPRISE, S.L.U. que transmitirá, en bloque, todo su patrimonio social a la mercantil INTERNATIONAL AUTOMOTIVE INNOVATION, S.L.U., la cual lo adquirirá en su integridad por sucesión universal, produciéndose, como consecuencia de lo anterior, la disolución sin liquidación de la sociedad AUTOMOTIVE INTERNATIONAL ENTERPRISE, S.L.U., y la extinción de la misma, todo ello de conformidad con los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito y formulado, con fecha 05 de marzo de 2024, por el administrador único de ambas sociedades intervinientes en la fusión.

De conformidad con lo establecido en el art. 34.1 del RDL 5/2023, la Sociedad Absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de la Sociedad Absorbida y las operaciones de ésta se considerarán realizadas por cuenta de aquélla, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2024.

La fusión por absorción acordada es una fusión gemelar, esto es, una fusión especial sometida al régimen del artículo 56.1 del RDL 5/2023, el cual regula los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas por los mismos socios en idéntica proporción, llevándose a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el 53.1 del RDL 5/2023, y en consecuencia, no procede establecer el tipo de canje de las participaciones sociales, ni tampoco ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

Dicha fusión fue aprobada sobre los balances de fusión de cada una de las sociedades participantes en la fusión, cerrados ambos el día 31 de diciembre de 2023, habiendo sido debidamente aprobados por el socio único de las sociedades intervinientes.

De conformidad con lo previsto en el art. 10.1 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance presentado, así como el derecho de protección de los acreedores conforme se recoge en el art. 13 RDL 5/2023.

Madrid, 26 de abril de 2024.- Administrador único de Automotive International Enterprise, Sociedad Limitada Unipersonal e International Automotive Innovation, Sociedad Limitada Unipersonal, Pablo Alberto Pérez Retamero.

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