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Documento BORME-C-2024-1831

HISPASAT, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AXESS NETWORKS SOLUTIONS, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 2352 a 2353 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1831

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "RDL 5/2023"), se hace público que el día 25 de abril de 2024, la Junta General Ordinaria y Universal de Hispasat, S.A. (la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de Axess Networks Solutions, S.L. Unipersonal (la "Sociedad Absorbida" y conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades"), aprobaron la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente (la "Fusión"), habiéndose aprobado, asimismo, el 12 de febrero de 2024, el proyecto de fusión por absorción por los respectivos órganos de administración de las Sociedades (el "Proyecto de Fusión").

La Fusión fue aprobada por la Junta Ordinaria y Universal de Accionistas de la Sociedad Absorbente y por el Socio Único de la Sociedad Absorbida en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión. A los efectos anteriores, se hace constar que, a la presente Fusión, le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en los artículos 9 y 53 del RDL 5/2023, dado que (i) la misma fue acordada por unanimidad; y (ii) se trata de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.

En consecuencia, no resulta de aplicación (i) la publicación o deposito de los documentos exigidos por el RDL 5/2023; (ii) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 3, 5 y 7 del artículo 40 del RDL 5/2023; (iii) la elaboración y/o aprobación de los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión; y (iv) el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente.

Sin perjuicio de lo anterior, los órganos de administración de las Sociedades, el 12 de febrero de 2024, elaboraron y aprobaron un informe de administradores en relación con el impacto sobre el empleo como consecuencia de la Fusión que fue dispuesto a disposición del comité de los trabajadores de las Sociedades.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas por las Sociedades y del Balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2023.

Por último, se hace constar que los acreedores de las Sociedades podrán ejercitar los derechos relativos al régimen de protección de los acreedores en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente anuncio de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del RDL 5/2023.

Madrid, 29 de abril de 2024.- El Consejero Delegado de Hispasat, S.A., y Administrador único de Axess Networks Solutions, S.L. Unipersonal, Miguel Ángel Panduro Panadero.

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