Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-280107

Resolución de esta Delegación Provincial de Sevilla la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita, así como la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2002, páginas 9926 a 9927 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2002-280107

TEXTO

Visto el expediente incoado en esta Delegación

Provincial por "Eléctrica Santa Clara, Sociedad

Limitada", en solicitud de autorización y declaración

en concreto de utilidad pública de la instalación

eléctrica que se reseña a continuación, y cumplidos

los trámites reglamentarios ordenados en la sección

1.a del capítulo II del título VII del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan

las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimiento de

autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico;

artículo 5.1 del Decreto 194/1990, de 19 de junio,

por el que se establecen normas protección de la

Avifauna para instalaciones eléctricas de alta tensión

con conductores no aislados, y el Decreto 153/1996,

de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento

de Informe Ambiental de la Comunidad de

Andalucía.

Vistas las alegaciones formuladas por la siguiente

afectada: Doña Gloria Arcos Sanz, en las que en

síntesis aducen la problemática de la proximidad

de la población al caserío existente, tanto en materia

de seguridad como en las molestias que el futuro

mantenimiento y conservación de la citada

instalación causaría, así como el impacto visual debido

a la elevación sobre el terreno del apoyo a colocar.

Que en absoluto pueden ser estimadas, por cuanto:

Primero.-La instalación proyectada cumple con

las distancias reglamentariamente exigidas según lo

establecido en el artículo 35.2 del Reglamento de

Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, en lo

que a distancias de seguridad a edificaciones se

refiere.

Segundo.-La traza de la línea cumple con lo

estipulado en el artículo 161 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan

las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el

artículo 57 de la Ley 54/97, de 27 de noviembre,

del Sector Eléctrico.

Tercero.-Con relación al impacto visual aducido,

con fecha 30 de abril de 2002 fue emitido informe

ambiental favorable por la Comisión

Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente de Sevilla,

en cumplimiento de lo establecido en el Decreto

153/1996, de 30 de abril, por el que se aprueba

el Reglamento de Informe Ambiental.

Cuarto.-No se ha presentado por el peticionario

variante alguna al trazado de la instalación eléctrica

en cuestión.

Visto, asimismo, que el resto de afectados no ha

presentado alegaciones dentro de los plazos

reglamentariamente establecidos, o bien han convenido

libremente con el peticionario, en virtud de lo

establecido en el artículo 151 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan

las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de la

Sección correspondiente y de acuerdo con el Real

Decreto 1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso

de competencias, funciones y servicios a la Junta

de Andalucía en materia de industria y energía, y

la Resolución de 17 de enero de 2001, de la

Dirección General de Industria, Energía y Minas, por

la que se delegan determinadas competencias en

materia de instalaciones eléctricas en las

Delegaciones Provinciales de esa Consejería, ha resuelto:

Primero.-Autorizar el establecimiento de la

instalación referenciada, cuyas características

principales se describen a continuación:

Peticionario: "Eléctrica Santa Clara, Sociedad

Limitada".

Domicilio: Calle Pilar, 1, Las Navas de la

Concepción (Sevilla).

Posición de salida en subestación:

Tipo: Interior.

Celda de medida:

Tres transformadores de tensión 22:V3/0,11:V3

100 VA, clase 0,2.

Celda de línea:

Interruptor tripolar SF6 sobre carro extraíble, 630

A, 16 KA.

T r e s t r a n s f o r m a d o r e s d e i n t e n s i d a d

125-800/5-5,30 VA, clase 0,2.

Un transformador de intensidad toroidal 20/1 A.

Protecciones de sobreintensidad para 3F+T,

protección ultrasensible para faltas a tierra y

reenganchador R+L+RL.

Equipo de medida: Tipo 1 (de acuerdo con RPM

e ITCs).

Presupuesto, en euros: 15.815,48.

Línea eléctrica subterránea:

Origen: Subestación de San Nicolás del Puerto.

Final: Apoyo número 1 de la línea aérea

proyectada.

Término municipal afectado: San Nicolás del

Puerto (Sevilla).

Longitud en kilómetros: 0,06.

Tensión de servicio: 15 (20) KV.

Conductores: 3(1 ^ 150) mm2 Al RHZ1 12/20

KV.

Presupuesto, en euros: 5.770,19.

Línea eléctrica aérea:

Origen: LS de salida s.e. San Nicolás del Puerto.

Final: Apoyo número 80 en Las Navas de la

Concepción.

Términos municipales afectados: San Nicolás del

Puerto, Alanís de la Sierra, Constantina y Las Navas

de la Concepción (Sevilla).

Longitud en kilómetros: 20,854.

Apoyos tipo: Acero galvanizado.

Montaje: Tresbolillo.

Aislamiento: Elastomérico.

Conductores: Al-Ac LA-110 (3 ^ 116,4 mm2).

Presupuesto, en euros: 361.148,30.

Finalidad de la instalación: Distribución de

energía eléctrica.

Referencia: R.A.T: 101581. Exp.: 225537.

Segundo.-Declarar en concreto la utilidad

pública, implicando ésta la urgente ocupación, según lo

establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,

y a los efectos señalados en el capítulo V del título

VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

por el que se regulan las actividades de transporte,

distribución, comercialización, suministro y

procedimientos de autorización de instalaciones de

energía eléctrica.

Con las condiciones especiales siguientes:

Primero.-Esta instalación no podrá entrar en

servicio mientras no cuente el peticionario de la misma

con la aprobación de su proyecto de ejecución,

pre

vio cumplimiento de los trámites que se señalan

en la sección 2.a del capítulo II del título VII del

citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Segundo.-Esta autorización se otorga a reserva

de las demás licencias o autorizaciones necesarias

de otros organismos, y sólo tendrá validez de las

competencias atribuidas a esta Delegación

Provincial.

Tercero.-La Administración dejará sin efecto la

presente Resolución en cualquier momento en que

se observe el imcumplimiento de las condiciones

impuestas en ella. En tales supuestos, la

Administración, previo el oportuno expediente, acordará la

anulación de la autorización con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se

deriven, según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, podrá interponer recurso

de alzada ante la Dirección General de Industria,

Energía y Minas en el plazo de un mes, contado

a partir del día de su notificación, de conformidad

con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley

4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de octubre de 2002.-El Delegado

provincial, Antonio Rivas Sánchez.-50.152.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid