Visto el expediente de indulto de doña Josefa Ibáñez Vázquez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, en sentencia de fecha 30 de marzo de 2001, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 2.580.640 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de abril de 2002,
Vengo en conmutar a doña Josefa Ibáñez Vázquez la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 5 de abril de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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