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Documento BOE-A-2002-7126

Resolución de 4 de abril de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, declarando días inhábiles los días 1 y 2 de abril de 2002, a efectos registrales, en los Registros de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife y Mercantil de su provincia.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2002, páginas 14168 a 14168 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-7126

TEXTO ORIGINAL

Mediante telefax de fecha 2 de abril de 2002, don Fernando Cabello de los Cobos y Mancha, ante la situación excepcional creada por las inundaciones padecidas en días anteriores en Santa Cruz de Tenerife y debido a los cortes producidos en la energía eléctrica y teléfonos, así como en los equipos informáticos, solicitan la declaración de días inhábiles en los Registros de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles.

Vistos el artículo 260 de la Ley Hipotecaria; el Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, sobre estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia; así como los artículos 360 y 488 del Reglamento Hipotecario.

I. El artículo 360 del Reglamento Hipotecario exige que la modificación del horario de apertura del Libro Diario se comunique a la Dirección General y se haga público mediante edicto fijado en lugar visible de la oficina.

II. Y el artículo 488 del Reglamento Hipotecario faculta a este centro directivo para dictar instrucciones en los casos de que por circunstancias extraordinarias no pudieran desempeñarse las funciones de los Registradores.

III. Se entiende justificada la solicitud, dada la situación excepcional creada por las inundaciones en Santa Cruz de Tenerife, y para evitar posibles pérdidas de prioridad en las presentaciones telefónicas practicadas a través de telefax o por vía telemática durante los días en que no hubo suministro de energía eléctrica, como fueron los día 1 y 2 de abril.

IV. Se estima conveniente dar la mayor difusión posible a esta Resolución, mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para salvaguardar la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario, como se hizo en el caso del traslado de los Registros de Barcelona (Resolución de 17 de marzo de 1999, «Boletín Oficial del Estado» del 25), Altea (Resolución de 25 de julio de 2001) y Mercantil de Madrid (Resolución de 7 de marzo de 2002).

En consecuencia, acuerdo:

Primero.

Declarar inhábiles los días 1 y 2 de abril de 2002, a efectos registrales, con relación a los Registros de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife y Registro Mercantil y de Bienes Muebles de su provincia.

Segundo.

Ordenar a sus titulares la exposición del traslado de esta Resolución en el tablón de anuncios de sus respectivos Registros.

Tercero.

Proceder a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de abril de 2002.–La Directora general, Ana López-Monis Gallego.

Sres. Registradores de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife y Registrador Mercantil y de Bienes Muebles de Tenerife.

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