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Documento BOE-A-2002-7125

Resolución de 14 de marzo de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se convoca el II Premio Internacional «Reina Sofía» de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2002, páginas 14167 a 14168 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2002-7125

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional, promueve desde el año 2001 la creación del Premio Internacional «Reina Sofía» de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural, destinado a reconocer una obra, una iniciativa o una trayectoria profesional que se hubiera destacado en este ámbito debido a su calidad o a su impacto beneficioso en el desarrollo de la zona geográfica en que hubiera sido realizada, particularmente cuando ésta se encuentre en el área iberoamericana.

La cooperación española viene realizando en los últimos años una intensa y fructífera labor en la conservación y restauración del patrimonio cultural, habitualmente en colaboración con instituciones públicas y privadas de los países de Iberoamérica. Con el deseo de difundir ese esfuerzo entre la opinión pública y fomentar una mayor conciencia de las autoridades y los ciudadanos hacia la influencia que la Conservación del Patrimonio Cultural ejerce sobre el desarrollo integrado de las sociedades, se creó el Premio Reina Sofía de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.

La denominación del Premio, unido al de Su Majestad la Reina, contribuye a su prestigio como símbolo de la especial cooperación internacional española en relación con el Patrimonio Cultural.

En virtud de lo anterior se convoca el II Premio Internacional «Reina Sofía» de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural, que se regirá por las siguientes bases:

Primera.

Se convoca el II Premio Internacional «Reina Sofía de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural, para el año 2002.

Segunda.

El II Premio «Reina Sofía» de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural estará dotado con 36.000 euros. Constará, además, de una escultura especialmente diseñada para el premio y de una placa conmemorativa. Se financiará con cargo al capítulo IV, concepto 486 ó 496 del programa 134 A del presupuesto de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Tercera.

Podrán ser propuestos como candidatos al II Premio Internacional «Reina Sofía» de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural, cualquier obra, institución o profesional que haya destacado de forma relevante en el campo de la Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural en países pertenecientes a la comunidad iberoamericana, excluida España.

Cuarta.

Podrán proponer candidaturas al Premio las instituciones y personas vinculadas con la conservación y restauración del patrimonio cultural iberoamericano así como los miembros designados para formar parte del Jurado.

Quinta.

Las propuestas se realizarán mediante escrito dirigido a la Secretaría del Jurado, razonando los méritos y circunstancias que avalan las mismas. Deberán incluir, en la medida de lo posible, cuanta documentación gráfica (planos, memorias, fotografías, vídeos, maquetas, notas u otros) se considere de utilidad para valorar la calidad de las propuestas.

La candidatura, junto con los méritos y circunstancias que justifiquen la propuesta, deberá hacer constar la siguiente información:

1. Cuando se refiere a una obra: Denominación, localización, descripción física y geográfica y fecha de realización de la intervención.

2. Cuando se refiere a una institución: identificación del titular o titulares de la obra y datos respecto a la personalidad física o jurídica de su propietario.

3. Cuando se refiere a una persona o personas que hayan intervenido: currículum sobre su actividad profesional.

Sexta.

Las propuestas de candidaturas, salvo aquellas efectuadas directamente por los miembros del Jurado, deberán hacerse llegar a la Secretaría del II Premio «Reina Sofía» de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural, en la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

La presentación de propuestas puede realizarse:

En las Representaciones Diplomáticas o Consulares españolas en el extranjero.

En el registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional. Avenida de los Reyes Católicos, 4. 28040 Madrid (España).

En la mencionada Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas. Pza. Marqués de Salamanca, 8. 28006 Madrid (España).

Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima.

El plazo de presentación de candidaturas concluirá el 30 de Mayo de 2002, salvo para las propuestas que sean efectuadas por los miembros del Jurado, quienes podrán realizarlas en el momento de su reunión.

Octava.

El Jurado será designado por el Ministro de Asuntos Exteriores. Estará presidido por el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, o la persona en quien él delegue, e integrado por los siguientes miembros:

Cinco personas a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores. Todos ellos con especial vinculación a la conservación y restauración del patrimonio cultural y preferiblemente relacionados con Iberoamérica.

Dos personas a propuesta del Presidente de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, por su especial vinculación con la conservación y restauración del patrimonio cultural y preferiblemente relacionadas con Iberoamérica.

El Director del Instituto del Patrimonio Histórico Español del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El Director General de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores, que ejercerá las funciones de Secretario del Jurado.

El Jurado en sus deliberaciones podrá ser asistido, en todo o en parte, por aquellos asesores técnicos que se consideren convenientes, previa invitación de su Presidente.

Novena.

Las deliberaciones del Jurado serán secretas. En caso de votaciones, solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros del Jurado presentes, no admitiéndose la delegación de voto. El Premio se otorgará por mayoría simple de los miembros del Jurado y no podrá ser declarado desierto, ni podrá otorgarse a más de una obra o trayectoria profesional.

Décima.

El fallo del Jurado deberá ser razonado, debiendo primar como criterio de valoración el que la obra, institución o la trayectoria profesional hayan destacado por su calidad y por su beneficioso impacto en la promoción del lugar en la que ésta se haya desarrollado.

El Jurado deberá especificar en su fallo si el importe de 36.000 euros irá destinado al titular de la obra premiada, a la institución o persona promotora de la intervención o al profesional o equipo responsable de la ejecución. Podrá también el Jurado establecer un reparto proporcional entre todos ellos.

Undécima.

La institución o profesional galardonados podrán proponer a una persona que esté iniciando su especialización profesional en Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural, para disfrutar de una beca en España. Esta beca tendrá la duración de un curso académico.

Duodécima.

La relación nominal de los miembros del Jurado y el fallo emitido por el mismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Decimotercera.

La aceptación del Premio implicará la autorización para publicar los trabajos y la documentación presentada en relación con la obra o trayectoria galardonada, así como para divulgarla por otros medios.

No se devolverá la documentación que acompañe las propuestas de candidaturas al Premio, salvo que los proponentes así lo soliciten por escrito.

Decimocuarta.

La Resolución por la que se hará pública la concesión del Premio, pone fin a la vía administrativa. Según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer Recurso de Reposición ante el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación. Igualmente se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados Centrales de esta jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, no pudiendo interponer simultáneamente ambos recursos, conforme a lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio y a la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 14 de mazo de 2002.‒El Secretario de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Miguel Ángel Cortés Martín.

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