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Documento BOE-A-2002-2788

Resolución de 25 de enero de 2002, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un Segundo Acuerdo entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas por el que se prorroga y modifica el Convenio de cooperación suscrito el 23 de junio de 1992 entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas, y su Addenda de 7 de diciembre de 1994, para actuaciones relativas a la Comisión Liquidadora del Patronato Provincial de Viviendas.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2002, páginas 5677 a 5679 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-2788

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de

Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran

Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas, el día 21 de diciembre de 2001,

un Segundo Acuerdo por el que se prorroga y modifica el Convenio de

cooperación suscrito el 23 de junio de 1992 entre el Ministerio de Obras

Públicas y Transportes, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo

Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas, y su Addenda

de 7 de diciembre de 1994, para actuaciones relativas a la Comisión

Liquidadora del Patronato Provincial de Viviendas y en cumplimiento de lo

establecido en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, procede la publicación de dicho Acuerdo que figura como

anexo de esta Resolución.

Madrid, 25 de enero de 2002.-El Director general, Fernando Nasarre

y de Goicoechea.

ANEXO

Segundo Acuerdo entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad

Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento

de Las Palmas por el que se prorroga y modifica el Convenio de

cooperación suscrito el 23 de junio de 1992 entre el Ministerio de Obras

Públicas y Transportes, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo

Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas, y su Addenda

de 7 de diciembre de 1994, para actuaciones relativas a la Comisión

Liquidadora del Patronato Provincial de Viviendas

Madrid, 21 de diciembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte: El excelentísimo señor don Francisco Álvarez-Cascos

Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en representación de la

Administración General del Estado, al amparo de lo dispuesto en la disposición

adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según

la redacción dada por la Ley 4/1999 de la misma, y previa autorización

otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica

en fecha 24 de septiembre de 2001 y por el Consejo de Ministros de fecha 23

de noviembre de 2001.

De otra: El excelentísimo señor don Antonio López Ojeda, Delegado

del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias, como parte firmante

del Convenio de fecha 23 de junio de 1992.

De otra: El excelentísimo señor don Antonio Ángel Castro Cordodez,

Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de la Comunidad Autónoma

de Canarias, en nombre y representación del Gobierno de Canarias, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1.K de la Ley Territorial 14/1990,

de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de

Canarias.

De otra: La ilustrísima señora doña María Eugenia Márquez Rodríguez,

Presidenta del Cabildo Insular de Gran Canaria, en nombre y

representación del Cabildo Insular de Gran Canaria, facultada para éste acto por

Acuerdo Plenario de dicha Institución de 30 de noviembre de 2001.

Y de otra: El ilustrísimo señor don José Manuel Soria López, Alcalde

del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en nombre y

representación del Ayuntamiento de Las Palmas, facultado para este acto en

virtud de Acuerdo Plenario de 30 de noviembre de 2001.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una

interviene con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este

Acuerdo y al efecto

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia

exclusiva que el artículo 149.1.11.a y 1.13.a de la Constitución Española atribuye

al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación

de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia exclusiva

en materia de Ordenación del Territorio Urbanismo y Vivienda, de

conformidad con lo previsto en el artículo 29.11 del Estatuto de Autonomía

de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto.

3. El Cabildo Insular de Gran Canaria actúa en virtud de las

competencias establecidas en el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de

abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones en

materia de Régimen Local y en el Estatuto de Autonomía de Canarias,

aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto.

4. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria es la Institución

que asume en el municipio las competencias recogidas en la Ley 7/1985,

de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, concretamente

en su artículo 25 cuyo apartado d) establece como competencias

municipales las relativas, entre otras, a la ordenación, gestión, ejecución y

disciplina urbanística, promoción y gestión de viviendas.

5. Con fecha 23 de junio de 1992 se suscribió un Convenio de

cooperación entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, la Comunidad

Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Gran Canaria y el

Ayuntamiento de Las Palmas, para financiar actuaciones de rehabilitación y

reposición de determinados grupos de viviendas promovidas por el

Patronato de Viviendas Francisco Franco, al amparo de la protección oficial,

y que dado el progresivo deterioro que sufrían, se consideró necesario

frenar el proceso de degradación y restituir a los usuarios las viviendas

en condiciones adecuadas de habitabilidad y seguridad. El importe del

citado Convenio ascendía a 8.500.000.000 de pesetas.

6. Con fecha 7 de diciembre de 1994 se suscribió una Addenda al

Convenio, modificando determinadas estipulaciones del mismo, al objeto

de conseguir una mayor agilidad en la tramitación de los pagos y para

la adopción de acuerdos que evitasen el retraso de las actuaciones,

manteniéndose la inversión y las restantes cláusulas del Convenio.

7. Mediante Acuerdo suscrito el 3 de noviembre de 1999, las partes

representadas, acordaron incrementar en 850 millones de pesetas la

financiación inicialmente convenida, estableciéndose el importe total del

Convenio en 9.350 millones de pesetas. Asimismo, se prorrogó la vigencia

del citado Convenio hasta el 31 de diciembre de 2001.

8. La complejidad del proceso rehabilitador que se lleva a cabo en

los grupos afectados, ha retrasado la ejecución de las actuaciones y ha

requerido incluir operaciones de urbanización. Ambos hechos, implican

un incremento en el coste de las actuaciones que es necesario asumir

por las Instituciones en la proporción establecida para cada una de ellas,

de conformidad con la estipulación octava, párrafo cuarto, del citado

Convenio de 23 de junio de 1992.

9. Por ello, a propuesta de la Comisión Institucional de Seguimiento

establecida al efecto, en su reunión de 19 de octubre de 2001, las partes

firmantes del Convenio han estimado conveniente atender las actuaciones

pendientes con el incremento de financiación programado, prorrogando

la vigencia del Convenio hasta el año 2004.

En su virtud, las partes representadas acuerdan la ampliación del

Convenio referido de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El presente Acuerdo tiene como finalidad prorrogar la

vigencia del Convenio hasta el año 2004, así como incrementar la financiación

convenida en la cantidad de 3.554.945.000 pesetas, por lo que el importe

total del Convenio queda establecido en 12.904.945.000 pesetas.

Segunda.-Dicha inversión se desglosa:

SIGUE TABLA (Ver imagen página 5678)

Ministerio de Fomento

-Pesetas

Comunidad Autónoma

de Canarias

-Pesetas

Cabildo

de Gran Canaria

-Pesetas

Ayuntamiento

de Las Palmas

-Pesetas

Total

-Pesetas

Acuerdo de 3-11-1999 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.675.000.000 2.805.000.000 935.000.000 935.000.000 9.350.000.000

Ampliación de propuesta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.777.472.500 1.066.483.500 355.494.500 355.494.500 3.554.945.000

Total Convenio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.452.472.500 3.871.483.500 1.290.494.500 1.290.494.500 12.904.945.000

Inversión realizada a 31-12-2000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.318.725.068 2.407.959.901 633.252.162 873.492.466 8.233.429.597

Inversión pendiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.133.747.432 1.463.523.599 657.242.338 417.002.034 4.671.515.403

Tercera.-Las Administraciones intervinientes aportarán las cantidades pendientes que alcanzan la cifra de 4.671.515.403 pesetas (28.076.373,03 euros), distribuidas en las cuantías y anualidades que se detallan:

SIGUE TABLA (Ver imagen página 5679)

Resumen de las aportaciones

(En pesetas y euros)

Anualidad Ministerio de Fomento Comunidad Autónoma

de Canarias Cabildo de Gran Canaria Ayuntamiento de Las Palmas Total

2001 400.000.000 180.396.308 190.000.000 370.000.000 1.140.396.308

2.404.048,42 euros 1.084.203,66 euros 1.141.923,00 euros 2.223.744,79 euros 6.853.919,87 euros

2002 500.000.000 227.709.097 155.747.447 47.002.034 930.458.578

3.005.060,52 euros 1.368.559,24 euros 936.061,01 euros 282.487,91 euros 5.592.168,68 euros

2003 469.100.000 527.709.097 155.747.447 - 1.152.556.544

2.819.347,78 euros 3.171.595,53 euros 936.061,01 euros - 6.927.004,32 euros

2004 764.647.432 527.709.097 155.747.444 - 1.448.103.973

4.595.623,62 euros 3.171.595,55 euros 936.060,99 euros - 8.703.280,16 euros

Total 2.133.747.432 1.463.523.599 657.242.338 417.002.034 4.671.515.403

12.824.080,34 euros 8.795.953,98 euros 3.950.106,01 euros 2.506.232,70 euros 28.076.373,03 euros

La aportación del Ministerio de Fomento se efectuará con cargo al

Presupuesto de Gastos del Estado, programa 413A, concepto

presupuestario 784.

Las partes intervinientes deberán someterse al procedimiento

normativamente previsto, para reajustar las anualidades establecidas, a fin de

adecuarlas a las necesidades reales de ejecución y a las disponibilidades

presupuestarias que se puedan producir durante el desarrollo del

Convenio.

Cuarta.-Las partes para dar continuidad a las obligaciones asumidas

establecen a estos efectos una nueva previsión temporal que finalizará

el 31 de diciembre de 2004, plazo de vigencia que podrá ser prorrogado

por el tiempo que las partes acuerden, si llegado su término, existieran

razones que así lo exigiesen.

Quinta.-En todo lo que no se oponga al presente Acuerdo será de

aplicación lo establecido en el Convenio de 23 de junio de 1992, su Addenda

de 7 de diciembre de 1994 y Acuerdo de 3 de noviembre de 1999.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes

lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicado.-El Ministro

de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos Fernández.-El Delegado del

Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias, Antonio López Ojeda.-El

Consejero de Obras Públicas, Viviendas y Aguas, Antonio Ángel Castro

Cordobéz.-La Presidenta del Cabildo Insular de Gran Canaria, M.a Eugenia

Márquez Rodríguez.-El Alcalde del Ayuntamiento de Las Palmas, José

Manuel Soria López.

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