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Documento BOE-A-2002-16507

Resolución de 29 de julio de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo de Colaboración, suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2002, páginas 30431 a 30432 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-16507

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo de Colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de julio de 2002.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler»

En Madrid, a 20 de mayo de 2002.

REUNIDOS

De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrada por Real Decreto 492/1999 de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 67, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado –Instituto de la Juventud–, según las competencias que le corresponden a tenor de lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.

Y el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín, como Consejero de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Que con fecha 11 de junio de 1998 se firmó la ampliación del Convenio de Colaboración, suscrito el 26 de abril de 1996 entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias para, conjuntamente, promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula Segunda del referido Convenio de ampliación se establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo, según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las acciones pactadas en la estipulación quinta del Convenio suscrito entre las dos partes el 26 de abril de 1996.

Segunda.

Para el año 2002, la distribución pormenorizada de las aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

1. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico 19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1.1 La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar: 180.303,63 euros. La prima para cada una de las pólizas será 95,59 euros.

1.2 La cobertura del seguro de Caución: 180.303,63 euros. La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta anual de cada contrato.

1.3 La realización de los Cursos de Formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del Programa: 76.028,03 euros.

Total de su aportación: 436.635,29 euros.

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas incorporadas al programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

2. La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, con cargo a la partida presupuestaria 2002.23.09.323A.229.88, asumirá los gastos que se produzcan en el desarrollo del programa «Bolsa de Vivienda Joven en las islas de Tenerife y Gran Canaria» hasta un máximo de 240.404,84 euros, cuantía que comprende los gastos que se produzcan por los siguientes conceptos:

Arrendamiento de local.

Mantenimiento y funcionamiento.

Personal y desplazamientos.

Horas de desplazamiento.

Gestión.

Publicidad e imprenta.

Impuestos locales.

Presupuesto de implantación.

Puntos de información en Santa Cruz de Tenerife y Los Llanos de Aridane.

Tercera.

El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 2002.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto anteriormente, las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas expresados, en dos ejemplares que hacen fe.–Por el Instituto de la Juventud, Elena Azpiroz Villar.–Por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, Marcial Morales Martín.

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