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Documento BOE-A-2002-16290

Resolución de 8 de julio de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Reconstrucción del azud de El Portal en el río Guadalete», de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2002, páginas 29753 a 29754 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-16290

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de Evaluación de Impacto Ambiental, y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

Para proceder a su evaluación de impacto ambiental, con fecha 3 de julio de 2002, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente de la actuación reconstrucción del azud de El Portal en el río Guadalete, en el que se incluía el informe ambiental que sobre dicha actuación ha formulado la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Una vez examinado el expediente, se realizan las siguientes consideraciones:

1. El proyecto tiene por objeto: a) Reconstruir el azud existente manteniendo su cota actual y dotándole de seis compuertas en una longitud de 70 metros. b) Construir unas motas para protección de avenidas de 900 metros en la margen izquierda y 4.341 metros en la margen derecha. c) Dragado del cauce del río 1.000 metros aguas arriba del azud, con objeto de alcanzar la cota 2,93 metros, utilizándose el material extraído en la construcción de las motas.

2. Debido a que la actuación está incluido en el anexo II de la Ley 7/1994, de Protección Ambiental de la Junta de Andalucía, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se dirigió a la Delegación de Cádiz para iniciar el procedimiento de Informe Ambiental regulado en el Decreto 153/1996, de la Consejería de Medio Ambiente de dicha Junta. Recibido el expediente, fue sometido al trámite de información pública mediante anuncio insertado en el "Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz", de fecha 26 de febrero de 2000, y la Comisión Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente de Cádiz en la sesión de 25 de enero de 2002 acuerda emitir un informe ambiental favorable del proyecto reconstrucción del azud de El Portal en el río Guadalete.

Analizado la totalidad del expediente y considerando los criterios del anexo III de la Ley 6/2001, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto reconstrucción del azud de El Portal en el río Guadalete. No obstante se deberán cumplir las condiciones formuladas en el Informe Ambiental emitido por la Comisión Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente de Cádiz. Así mismo, el promotor deberá remitir a la Secretaría General de Medio Ambiente, con anterioridad al inicio de las obras y para su aprobación, un programa de vigilancia ambiental.

Madrid, 8 de julio de 2002.–La Secretaia general, Carmen Martorell Pallás.

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