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    <titulo>Orden TED/430/2023, de 27 de abril, por la que se delega y aprueba la delegación de competencias en la Abogacía General del Estado, de la gestión administrativa, contable, presupuestaria y financiera de los gastos y las contrataciones que sean precisos para la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el extranjero vinculados a este tipo de materias.</titulo>
    <diario codigo="BOE">Boletín Oficial del Estado</diario>
    <fecha_publicacion>20230428</fecha_publicacion>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="7945" orden="">Abogacía General del Estado Dirección del Servicio Jurídico del Estado</materia>
      <materia codigo="2290" orden="">Delegación de atribuciones</materia>
      <materia codigo="9633" orden="">Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico</materia>
      <materia codigo="3867" orden="">Secretaría de Estado de Energía</materia>
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        <anterior referencia="BOE-A-2022-22685" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el art. 102 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre</texto>
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          <texto>el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre</texto>
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      <alerta codigo="121" orden="">Organización de la Administración</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, establece en su artículo 102 que «el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Justicia, a través de la Abogacía General del Estado, articularán las medidas jurídicas necesarias para que este órgano asuma la gestión administrativa, contable, presupuestaria y financiera de los gastos y las contrataciones que sean precisos para la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el extranjero vinculados a este tipo de materias».</p>
    <p class="parrafo">Para dar cumplimiento a este mandato es preciso que se deleguen en la persona titular de la Dirección Adjunta de Medios Personales y Materiales de la Abogacía General del Estado las competencias precisas para el desarrollo de la indicada gestión que, en la actualidad, corresponden al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y a la Secretaría de Estado de Energía, en la medida en que estos son los órganos superiores con responsabilidades en las materias a las que se refiere el citado artículo 102.</p>
    <p class="parrafo">En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente delegación de competencias cuenta con la previa aprobación de la Vicepresidenta tercera del Gobierno y Ministra de Transición Ecológica y para el Reto Demográfico en lo relativo a la delegación que efectúa la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en materia celebración de los contratos, encargos, encomiendas de gestión o convenios que fueran precisos para la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el extranjero vinculados a este tipo de materias y de la Ministra de Justicia.</p>
    <p class="parrafo">En su virtud, de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, dispongo:</p>
    <p class="articulo">Primero. Delegación de competencias.</p>
    <p class="parrafo">1. Se delegan las competencias de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la persona titular de la Dirección Adjunta de Medios Personales y Materiales de la Abogacía General del Estado, relativas a la gestión de los medios en materia de arbitrajes internacionales sobre energías renovables para la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el extranjero vinculados a este tipo de materias:</p>
    <p class="parrafo_2">a) La competencia para la autorización de las indemnizaciones por razón del servicio a abonar al personal al servicio de la Administración General del Estado como consecuencia de la llevanza de los procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales a los que se refiere esta delegación de competencias.</p>
    <p class="parrafo">b) La competencia para acordar la aprobación, compromiso, reconocimiento de la obligación y propuesta de pago a las instituciones arbitrales y a los árbitros, de las cantidades que les fueran debidas en concepto de honorarios, gastos administrativos de la institución arbitral, tasas o cualesquiera otros.</p>
    <p class="parrafo">c) La competencia para acordar la aprobación, compromiso, reconocimiento de la obligación y propuesta de pago de cualquier otro gasto que fuera preciso para la correcta llevanza de los procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales a los que se refiere esta delegación de competencias.</p>
    <p class="parrafo">d) La competencia para autorizar el gasto y el pago con cargo a los anticipos de caja fija y libramientos a justificar, de los gastos precisos para llevar a cabo los procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales a los que se refiere esta delegación de competencias, así como la autorización de la reposición de fondos e imputación al presupuesto de los gastos realizados, siempre dentro del límite de consignación presupuestaria específica que en cada momento se señale.</p>
    <p class="articulo">Segundo. Aprobación de la delegación de competencias de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía.</p>
    <p class="parrafo">Se aprueba la delegación que efectúa la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, en la persona titular de la Dirección Adjunta de Medios Personales y Materiales de la Abogacía General del Estado de la competencia para la celebración de los contratos, encargos, encomiendas de gestión o convenios que fueran precisos para la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el extranjero vinculados a este tipo de materias.</p>
    <p class="articulo">Tercero. No sometimiento de las delegaciones a límite de importe de gasto.</p>
    <p class="parrafo">Las delegaciones previstas en los apartados primero y segundo anteriores, no están sometidas a límite alguno en razón del importe de los gastos.</p>
    <p class="articulo">Cuarto. Disposición interpretativa.</p>
    <p class="parrafo">Las delegaciones de competencias efectuadas por los distintos órganos superiores y directivos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico mediante la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, de delegación de competencias y sus modificaciones posteriores, continuarán siendo válidas y eficaces respecto de aquellas materias que no sean objeto de esta Orden.</p>
    <p class="articulo">Quinto. Eficacia.</p>
    <p class="parrafo">Esta Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».</p>
    <p class="parrafo_2">Madrid, 27 de abril de 2023.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.</p>
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