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    <titulo>Orden PRE/1349/2014, de 25 de julio, por la que se modifican los anexos III y IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.</titulo>
    <diario codigo="BOE">Boletín Oficial del Estado</diario>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">Mediante el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. En el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, en el anexo III sobre aplicaciones exentas de la restricción del artículo 6.1, y en el anexo IV referido a las aplicaciones exentas de la restricción del uso de sustancias prohibidas específicas para los productos sanitarios y los instrumentos de vigilancia y control, se transponen, respectivamente, los anexos III y IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011.</p>
    <p class="parrafo">En uso de la facultad contenida en el artículo 5 de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, la Comisión Europea mediante actos delegados ha procedido a modificar los anexos III y IV para adaptarlos al progreso técnico mediante dieciséis Directivas Delegadas de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, cuya numeración va desde la 2014/1/UE hasta la 2014/16/UE y, más recientemente, mediante otras ocho Directivas Delegadas de la Comisión de 13 de marzo de 2014, de la 2014/69/UE a la 2014/76/UE.</p>
    <p class="parrafo">Procede, por tanto, la modificación de los anexos III y IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, para dar cumplimiento a la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de las veinticuatro directivas delegadas mencionadas. El Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, en la disposición final cuarta apartado primero, faculta a los Ministros de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de Industria, Energía y Turismo, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a dictar, conjunta o separadamente, según las materias de que se trate, y en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones que exija el desarrollo y aplicación del citado real decreto, y, en su segundo apartado, faculta a los mismos a introducir en los anexos cuantas modificaciones de carácter técnico fuesen precisas para mantener los anexos adaptados a las innovaciones técnicas que se produzcan y especialmente a lo dispuesto en la normativa comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">Dado que todas las directivas delegadas que se transponen comparten el carácter de innovación técnica previsto en la disposición final cuarta apartado segundo del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, se considera que el instrumento adecuado para su incorporación a nuestro ordenamiento es la orden ministerial.</p>
    <p class="parrafo">En la elaboración de esta orden se ha seguido el trámite de audiencia previsto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; se ha consultado a las comunidades autónomas y a las entidades representativas de los sectores afectados y se ha sometido el proyecto al trámite de participación pública en materia de medio ambiente establecido en el artículo 16 en conexión con el artículo 18.1.h) de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materias de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE). Asimismo, se ha recabado el preceptivo informe del Consejo Asesor de Medio Ambiente en virtud del artículo 19.2.a) de la Ley 27/2006, de 18 de julio.</p>
    <p class="parrafo">En su virtud, a propuesta de la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, del Ministro de Industria, Energía y Turismo, y de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:</p>
    <p class="articulo">Artículo único. Modificación del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.</p>
    <p class="parrafo">Los anexos III y IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, quedan modificados en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo_2">Uno. El anexo III queda modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo_2">1. Se añade un nuevo subapartado 1.g) con la siguiente redacción:</p>
    <p class="sangrado_2">«1.g) Para usos generales de alumbrado, &lt; 30W con una vida útil igual o superior a 20.000 h: 3,5 mg. Expira el 31 de diciembre de 2017.»</p>
    <p class="parrafo_2">2. Se añade un nuevo subapartado 4.g) que queda redactado como sigue:</p>
    <p class="sangrado_2">«4.g) Mercurio en tubos luminosos de descarga de fabricación artesanal utilizados en rótulos, dispositivos de iluminación decorativa o arquitectónica y especializada y creaciones de iluminación artística, sin sobrepasar las cantidades siguientes:</p>
    <p class="sangrado_2">1.º 20 mg por par de electrodos + 0,3 mg por cm de longitud del tubo, pero no más de 80 mg, para aplicaciones de exterior y para aplicaciones de interior expuestas a temperaturas inferiores a 20 ºC,</p>
    <p class="sangrado">2.º 15 mg por par de electrodos + 0,24 mg por cm de longitud del tubo, pero no más de 80 mg, para todas las demás aplicaciones de interior.</p>
    <p class="sangrado_2">Expira el 31 de diciembre de 2018.»</p>
    <p class="parrafo_2">3. Se añade un nuevo apartado 41 con la siguiente redacción:</p>
    <p class="sangrado_2">«41. Plomo en pastas de soldadura y acabados de terminaciones de componentes eléctricos y electrónicos y acabados de circuitos impresos utilizados en módulos de encendido y otros sistemas eléctricos y electrónicos de control de motores, que, por razones técnicas, deben instalarse directamente sobre el cárter o el cilindro de los motores de combustión portátiles, o en el interior de dichos componentes (clases SH:1, SH:2, SH:3 de la Directiva 97/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1997, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna que se instalen en las máquinas móviles no de carretera). Expira el 31 de diciembre de 2018.»</p>
    <p class="parrafo_2">Dos. El anexo IV queda redactado como sigue:</p>
    <p class="anexo_num">«ANEXO IV</p>
    <p class="anexo_tit">Aplicaciones exentas de la restricción del artículo 6.1, específica para los productos sanitarios y los instrumentos de vigilancia y control</p>
    <p class="sangrado_2">Equipos que utilicen o detecten radiaciones ionizantes:</p>
    <p class="sangrado_2">1. Plomo, cadmio y mercurio en detectores de radiaciones ionizantes.</p>
    <p class="sangrado">2. Rodamientos de plomo en tubos de rayos X.</p>
    <p class="sangrado">3. Plomo en dispositivos de amplificación de radiaciones electromagnéticas: placa microcanal y placa capilar.</p>
    <p class="sangrado">4. Plomo en frita de vidrio de los tubos de rayos X e intensificadores de imagen y plomo en aglutinante de frita de vidrio para el ensamblaje de láseres de gas y tubos de vacío que conviertan las radiaciones electromagnéticas en electrones.</p>
    <p class="sangrado">5. Plomo en blindaje para radiaciones ionizantes.</p>
    <p class="sangrado">6. Plomo en objetos de prueba de rayos X.</p>
    <p class="sangrado">7. Cristales de difracción de rayos X de estearato de plomo.</p>
    <p class="sangrado">8. Fuente de isótopo radiactivo de cadmio para espectómetros portátiles de fluorescencia de rayos X.</p>
    <p class="sangrado_2">Sensores, detectores y electrodos:</p>
    <p class="sangrado_2">1a. Plomo y cadmio en electrodos selectivos de iones incluido el vidrio de electrodos de pH.</p>
    <p class="sangrado">1b. Ánodos de plomo en sensores electroquímicos de oxígeno.</p>
    <p class="sangrado">1c. Plomo, cadmio y mercurio en detectores de infrarrojos.</p>
    <p class="sangrado">1d. Mercurio en electrodos de referencia: cloruro de mercurio de bajo contenido en cloruro, sulfato de mercurio y óxido de mercurio.</p>
    <p class="sangrado_2">Otros:</p>
    <p class="sangrado_2">9. Cadmio en láseres de helio y cadmio.</p>
    <p class="sangrado">10. Plomo y cadmio en lámparas de espectroscopia de absorción atómica.</p>
    <p class="sangrado">11. Plomo en aleaciones como superconductor y conductor térmico en MRI.</p>
    <p class="sangrado">12. Plomo y cadmio en enlaces metálicos que permiten la creación de circuitos magnéticos superconductores en detectores de IRM, SQUID, RMN (resonancia magnética nuclear) o FTMS (espectrometría de masas con transformada de Fourier). Expira el 30 de junio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">13. Plomo en contrapesos.</p>
    <p class="sangrado">14. Plomo en materiales de cristales piezoeléctricos sencillos para transductores ultrasónicos.</p>
    <p class="sangrado">15. Plomo en soldaduras para unir a transductores ultrasónicos.</p>
    <p class="sangrado">16. Mercurio en condensadores de muy elevada precisión y puentes de medición de pérdidas y en interruptores y repetidores RF de alta frecuencia en instrumentos de vigilancia y control que no superen los 20 mg de mercurio por interruptor o repetidor.</p>
    <p class="sangrado">17. Plomo en soldaduras de desfibriladores portátiles de emergencia.</p>
    <p class="sangrado">18. Plomo en soldaduras de módulos de imágenes infrarrojas de alto rendimiento para detectar una gama comprendida entre 8 y 14 μm.</p>
    <p class="sangrado">19. Plomo en cristal líquido sobre pantallas de silicio (LcoS).</p>
    <p class="sangrado">20. Cadmio en filtros de medida de rayos X.</p>
    <p class="sangrado">21. Cadmio en los revestimientos de fósforo de los intensificadores de imagen de rayos X hasta el 31 de diciembre de 2019 y en las piezas de repuesto para sistemas de rayos X comercializadas en la UE antes del 1 de enero de 2020.</p>
    <p class="sangrado">22. Acetato de plomo utilizado como marcador en marcos estereotácticos de cabeza para TC e IRM y en sistemas de posicionamiento de equipos de gammaterapia y terapia de partículas. Expira el 30 de junio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">23. Plomo como elemento de aleación en los cojinetes y superficies de contacto de los productos sanitarios expuestos a radiaciones ionizantes. Expira el 30 de junio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">24. Plomo en conexiones estancas a prueba de vacío entre el aluminio y el acero en intensificadores de imagen de rayos X. Expira el 31 de diciembre de 2019.</p>
    <p class="sangrado">25. Plomo en los revestimientos de superficie de los sistemas de conectores de clavijas que requieren conectores no magnéticos y se utilizan durante un período prolongado de tiempo a una temperatura inferior a -20 ºC en condiciones normales de funcionamiento y almacenamiento. Expira el 30 de junio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">26. Plomo en:</p>
    <p class="sangrado_2">a) soldaduras utilizadas en circuitos impresos,</p>
    <p class="sangrado">b) revestimientos de terminaciones de componentes eléctricos y electrónicos y de circuitos impresos,</p>
    <p class="sangrado">c) soldaduras para la conexión de hilos y cables,</p>
    <p class="sangrado">d) soldaduras para la conexión de transductores y sensores, que se emplean durante un período prolongado de tiempo a una temperatura inferior a -20 ºC en condiciones normales de funcionamiento y almacenamiento.</p>
    <p class="sangrado_2">Expira el 30 de junio de 2021.</p>
    <p class="sangrado_2">27. Plomo en:</p>
    <p class="sangrado_2">a) soldaduras,</p>
    <p class="sangrado">b) revestimientos de terminaciones de componentes eléctricos y electrónicos y de circuitos impresos,</p>
    <p class="sangrado">c) conexiones de cables eléctricos, pantallas y conectores cerrados</p>
    <p class="sangrado">utilizados en:</p>
    <p class="sangrado_2">1.º campos magnéticos situados en una esfera de 1 m de radio alrededor del isocentro del imán de los equipos médicos de imagen por resonancia magnética, incluidos los monitores de paciente diseñados para su uso dentro de esa esfera, o</p>
    <p class="sangrado">2.º campos magnéticos situados como máximo a 1 m de distancia de las superficies externas de los imanes ciclotrónicos y de los imanes para el transporte de los haces y el control de la dirección de estos, utilizados en terapia de partículas.</p>
    <p class="sangrado_2">Expira el 30 de junio de 2020.</p>
    <p class="sangrado_2">28. Plomo en soldaduras de montaje de detectores digitales de telururo de cadmio y telururo de cadmio-zinc en circuitos impresos. Expira el 31 de diciembre de 2017.</p>
    <p class="sangrado">29. Plomo en aleaciones, como superconductor o conductor térmico, utilizadas en cabezas frías de criorrefrigeradores y/o en sondas frías criorrefrigeradas y/o en sistemas de conexión equipotencial criorrefrigerados, en productos sanitarios (categoría 8) y/o en instrumentos industriales de vigilancia y control. Expira el 30 de junio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">30. Cromo hexavalente en dispensadores alcalinos utilizados para crear fotocátodos en los intensificadores de imagen de rayos X hasta el 31 de diciembre de 2019 y en piezas de repuesto de sistemas de rayos X comercializados en la UE antes del 1 de enero de 2020.</p>
    <p class="sangrado">31. Plomo, cadmio y cromo hexavalente en piezas de repuesto reutilizadas procedentes de productos sanitarios comercializados antes del 22 de julio de 2014 como parte de aparatos de la categoría 8 comercializados antes del 22 de julio de 2021, siempre que la reutilización se enmarque en sistemas de recuperación interempresas de circuito cerrado que puedan ser objeto de control, y que la reutilización de dichas piezas se notifique al consumidor. Expira el 21 de julio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">32. Plomo en soldaduras en los circuitos impresos de detectores y unidades de adquisición de datos para tomógrafos de emisión de positrones integrados en equipos de imagen por resonancia magnética. Expira el 31 de diciembre de 2019.</p>
    <p class="sangrado">33. Plomo en soldaduras sobre circuitos impresos, con componentes electrónicos montados, utilizados en productos sanitarios móviles de las clases IIa y IIb de la Directiva 93/42/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa a los productos sanitarios, distintos de los desfibriladores portátiles de emergencia. Expira el 30 de junio de 2016 para los productos de la clase IIa y el 31 de diciembre de 2020 para los productos de la clase IIb.</p>
    <p class="sangrado">34. Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas de fotoféresis extracorpórea que contengan fósforos del tipo BSP (BaSi<sub>2</sub>O<sub>5</sub>:Pb). Expira el 22 de julio de 2021.</p>
    <p class="sangrado">35. Mercurio en lámparas fluorescentes de cátodo frío, a razón de 5 mg por lámpara como máximo, para pantallas de cristal líquido utilizadas en los instrumentos industriales de vigilancia y control introducidos en el mercado antes del 22 de julio de 2017. Expira el 21 de julio de 2024.</p>
    <p class="sangrado">36. Plomo utilizado en sistemas de conectores de pines distintos de los del tipo C-press que se ajustan a las normas y destinados a instrumentos industriales de vigilancia y control. Expira el 31 de diciembre de 2020. Podrá utilizarse después de esa fecha en piezas de repuesto para instrumentos industriales de vigilancia y control comercializados antes del 1 de enero de 2021.</p>
    <p class="sangrado">37. Plomo en electrodos de platino platinizados utilizados para mediciones de la conductividad, siempre que se cumpla al menos una de las condiciones siguientes:</p>
    <p class="sangrado_2">a) mediciones de amplia gama con una gama de conductividad que cubra más de 1 orden de magnitud (por ejemplo, entre 0,1 mS/m y 5 mS/m) en aplicaciones de laboratorio de concentraciones desconocidas,</p>
    <p class="sangrado">b) mediciones de soluciones que requieran una precisión de ± 1 % de la gama de muestra y una gran resistencia a la corrosión del electrodo, para cualquiera de lo siguiente:</p>
    <p class="sangrado_2">1.º soluciones con una acidez &lt; pH 1,</p>
    <p class="sangrado">2.º soluciones con una alcalinidad &gt; pH 13,</p>
    <p class="sangrado">3.º soluciones corrosivas que contengan gas halógeno,</p>
    <p class="sangrado_2">c) mediciones de conductividad por encima de 100 mS/m que deban llevarse a cabo con instrumentos portátiles.</p>
    <p class="sangrado_2">Expira el 31 de diciembre de 2018.</p>
    <p class="sangrado_2">38. Plomo en soldaduras en una interfaz de elementos dieléctricos apilados de área extensa con más de 500 conexiones por interfaz utilizados en detectores de rayos X de sistemas de tomografía computerizada y de radiografía. Expira el 31 de diciembre de 2019. Tras esa fecha, podrá utilizarse en piezas de repuesto para sistemas de tomografía computerizada y de radiografía comercializados antes del 1 de enero de 2020.</p>
    <p class="sangrado">39. Plomo en placas de microcanales (MCP) utilizadas en equipos cuando esté presente al menos una de las propiedades siguientes:</p>
    <p class="sangrado_2">a) un tamaño compacto del detector de electrones o iones, si el espacio del detector se limita a un máximo de 3 mm/MCP (espesor del detector + espacio para la instalación de la MCP), un máximo de 6 mm en total, y es científica y técnicamente imposible un diseño alternativo que ofrezca más espacio para el detector,</p>
    <p class="sangrado">b) una resolución espacial bidimensional para detectar electrones o iones, con aplicación de al menos una de las condiciones siguientes:</p>
    <p class="sangrado_2">1.º un tiempo de respuesta inferior a 25 ns,</p>
    <p class="sangrado">2.º un área de detección de muestras superior a 149 mm<sup>2</sup>,</p>
    <p class="sangrado">3.º un factor de multiplicación superior a 1,3 × 10<sup>3</sup>,</p>
    <p class="sangrado_2">c) un tiempo de respuesta inferior a cinco ns para detectar electrones o iones,</p>
    <p class="sangrado">d) un área de detección de muestras superior a 314 mm<sup>2</sup> para detectar electrones o iones,</p>
    <p class="sangrado">e) un factor de multiplicación superior a 4,0 × 107.</p>
    <p class="sangrado_2">La exención expira en las fechas siguientes:</p>
    <p class="sangrado_2">1.º 21 de julio de 2021 para productos sanitarios e instrumentos de vigilancia y control,</p>
    <p class="sangrado">2.º 21 de julio de 2023 para productos sanitarios de diagnóstico in vitro,</p>
    <p class="sangrado">3.º 21 de julio de 2024 para instrumentos industriales de vigilancia y control.</p>
    <p class="sangrado_2">40. Plomo en cerámica dieléctrica de condensadores con una tensión nominal inferior a 125 V CA o 250 V CC para instrumentos industriales de vigilancia y control. Expira el 31 de diciembre de 2020. Podrá utilizarse después de esa fecha en piezas de repuesto para instrumentos industriales de vigilancia y control introducidos en el mercado antes del 1 de enero de 2021.»</p>
    <p class="articulo">Disposición final primera. Incorporación del derecho de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Mediante esta orden se transponen al ordenamiento jurídico interno las siguientes directivas delegadas de la Comisión Europea:</p>
    <p class="parrafo_2">a) Directiva Delegada 2014/1/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo como elemento de aleación en los cojinetes y superficies de contacto de los productos sanitarios expuestos a radiaciones ionizantes</p>
    <p class="parrafo">b) Directiva Delegada 2014/2/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el cadmio en los revestimientos de fósforo de los intensificadores de imagen de rayos X hasta el 31 de diciembre de 2019 y en las piezas de repuesto para sistemas de rayos X comercializadas en la UE antes del 1 de enero de 2020.</p>
    <p class="parrafo">c) Directiva Delegada 2014/3/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el acetato de plomo utilizado como marcador en marcos estereotácticos de cabeza para TC (tomografía computarizada) e IRM y en sistemas de posicionamiento de equipos de gammaterapia y terapia de partículas.</p>
    <p class="parrafo">d) Directiva Delegada 2014/4/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en conexiones estancas a prueba de vacío entre el aluminio y el acero en intensificadores de imagen de rayos X.</p>
    <p class="parrafo">e) Directiva Delegada 2014/5/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en soldaduras utilizadas en circuitos impresos, revestimientos de terminaciones de componentes eléctricos y electrónicos y de circuitos impresos, soldaduras para la conexión de hilos y cables y soldaduras para la conexión de transductores y sensores que se emplean durante un período prolongado de tiempo a una temperatura inferior a –20 ºC en condiciones normales de funcionamiento y almacenamiento.</p>
    <p class="parrafo">f) Directiva Delegada 2014/6/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en los revestimientos de superficie de los sistemas de conectores de clavijas que requieren conectores no magnéticos y se utilizan durante un período prolongado de tiempo a una temperatura inferior a –20 ºC en condiciones normales de funcionamiento y almacenamiento.</p>
    <p class="parrafo">g) Directiva Delegada 2014/7/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en soldaduras, revestimientos de terminaciones de componentes eléctricos y electrónicos y de circuitos impresos, conexiones de cables eléctricos, pantallas y conectores cerrados utilizados en a) campos magnéticos situados en una esfera de 1 m de radio alrededor del isocentro del imán de los equipos médicos de imagen por resonancia magnética, incluidos los monitores de paciente diseñados para su uso dentro de esa esfera, o b) campos magnéticos situados como máximo a 1 m de distancia de las superficies externas de los imanes ciclotrónicos y de los imanes para el transporte de los haces y el control de la dirección de estos, utilizados en terapia de partículas.</p>
    <p class="parrafo">h) Directiva Delegada 2014/8/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en soldaduras de montaje de detectores digitales de telururo de cadmio y telururo de cadmio-zinc en circuitos impresos.</p>
    <p class="parrafo">i) Directiva Delegada 2014/9/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo y el cadmio en enlaces metálicos que permiten la creación de circuitos magnéticos superconductores en detectores de IRM, SQUID, RMN (resonancia magnética nuclear) o FTMS (espectrometría de masas con transformada de Fourier).</p>
    <p class="parrafo">j) Directiva Delegada 2014/10/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en aleaciones, como superconductor o conductor térmico, utilizadas en cabezas frías de criorrefrigeradores y/o en sondas frías criorrefrigeradas y/o en sistemas de conexión equipotencial criorrefrigerados, en productos sanitarios (categoría 8) y/o en instrumentos industriales de vigilancia y control.</p>
    <p class="parrafo">k) Directiva Delegada 2014/11/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el cromo hexavalente en dispensadores alcalinos utilizados para crear fotocátodos en los intensificadores de imagen de rayos X hasta el 31 de diciembre de 2019 y en piezas de repuesto de sistemas de rayos X comercializados en la UE antes del 1 de enero de 2020.</p>
    <p class="parrafo">l) Directiva Delegada 2014/12/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en soldaduras en los circuitos impresos de detectores y unidades de adquisición de datos para tomógrafos de emisión de positrones integrados en equipos de imagen por resonancia magnética.</p>
    <p class="parrafo">m) Directiva Delegada 2014/13/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en soldaduras sobre circuitos impresos, con componentes electrónicos montados, utilizados en productos sanitarios móviles de las clases IIa y IIb de la Directiva 93/42/CEE del Consejo, de 14 de junio 1993, distintos de los desfibriladores portátiles de emergencia.</p>
    <p class="parrafo">n) Directiva Delegada 2014/14/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para la utilización de 3,5 mg de mercurio por lámpara en lámparas fluorescentes compactas de casquillo único para usos generales de alumbrado de menos de 30 W con una vida útil igual o superior a 20.000 horas.</p>
    <p class="parrafo">ñ) Directiva Delegada 2014/15/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo, cadmio y cromo hexavalente en piezas de repuesto reutilizadas, procedentes de productos sanitarios comercializados antes del 22 de julio de 2014 y utilizadas como parte de aparatos de la categoría 8 comercializados antes del 22 de julio de 2021, siempre que la reutilización se enmarque en sistemas de recuperación interempresas de circuito cerrado que puedan ser objeto de control, y que la reutilización de dichas piezas se notifique al consumidor.</p>
    <p class="parrafo">o) Directiva Delegada 2014/16/UE de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo empleado como activador en el polvo fluorescente de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas de fotoféresis extracorpórea que contengan fósforos del tipo BSP (BaSi<sub>2</sub>O<sub>5</sub>:Pb).</p>
    <p class="parrafo">p) Directiva Delegada 2014/69/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en cerámica dieléctrica de condensadores con una tensión nominal inferior a 125 V CA o 250 V CC para instrumentos industriales de vigilancia y control.</p>
    <p class="parrafo">q) Directiva Delegada 2014/70/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en placas de microcanales (MCP).</p>
    <p class="parrafo">r) Directiva Delegada 2014/71/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en soldaduras en una interfaz de elementos dieléctricos apilados de área extensa.</p>
    <p class="parrafo">s) Directiva Delegada 2014/72/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en pastas de soldadura y acabados de terminaciones de componentes eléctricos y electrónicos y acabados de circuitos impresos utilizados en módulos de encendido y otros sistemas eléctricos y electrónicos de control de motores.</p>
    <p class="parrafo">t) Directiva Delegada 2014/73/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo en electrodos de platino platinizados utilizados en mediciones de la conductividad.</p>
    <p class="parrafo">u) Directiva Delegada 2014/74/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el plomo utilizado en sistemas de conectores de pines distintos de los del tipo C-press que se ajustan a las normas y destinados a instrumentos industriales de vigilancia y control.</p>
    <p class="parrafo">v) Directiva Delegada 2014/75/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el mercurio contenido en lámparas fluorescentes de cátodo frío (CCFL), a razón de 5 mg por lámpara como máximo, para pantallas de cristal líquido (LCD) con retroiluminación utilizadas en los instrumentos industriales de vigilancia y control introducidos en el mercado antes del 22 de julio de 2017.</p>
    <p class="parrafo">w) Directiva Delegada 2014/76/UE de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, en lo relativo a una exención para el mercurio contenido en los tubos luminosos de descarga de fabricación artesanal (HLDT) utilizados en rótulos, dispositivos de iluminación decorativa o arquitectónica y especializada, y creaciones de iluminación artística.</p>
    <p class="articulo">Disposición final segunda. Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».</p>
    <p class="parrafo_2">Madrid, 25 de julio de 2014.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.</p>
  </texto>
</documento>
