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    <titulo>Orden INT/3022/2004, de 14 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de premios a tesis doctorales y trabajos de investigación sobre protección civil.</titulo>
    <diario codigo="BOE">Boletín Oficial del Estado</diario>
    <fecha_publicacion>20040922</fecha_publicacion>
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      <materia codigo="7969" orden="">Dirección General de Protección Civil y Emergencias</materia>
      <materia codigo="5666" orden="">Premios</materia>
      <materia codigo="5778" orden="">Protección Civil</materia>
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        <anterior referencia="BOE-A-2003-20977" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>la Ley 38/2003, de 17 de noviembre</texto>
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          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>los apartados 3, 4 y el anexo, por Orden INT/775/2007, de 21 de marzo</texto>
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      <alerta codigo="126" orden="">Seguridad y Defensa</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">El articulo 1 de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, dispone que «La acción permanente de los poderes públicos en materia de protección civil, se orientará al estudio y prevención de las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública ya la protección y socorro de personas y bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan».</p>
    <p class="parrafo">Por otra parte, el Real Decreto 1599/2004, de 2 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, en su artículo 11.2, apartado n), establece que a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias le corresponde, entre otras funciones, el desarrollo de la investigación y estudios sobre aspectos sociológicos, jurídicos y económicos relevantes para las actividades de protección civil y emergencias. Esta función, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del citado artículo, se desarrolla fundamentalmente a través del Centro Europeo de Investigación Social de Situaciones de Emergencia –CEISE– integrado en la estructura orgánica de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.</p>
    <p class="parrafo">Para el mejor desempeño de dichas actividades de estudio e investigación aplicada a la protección civil, resulta conveniente promover iniciativas que redunden en una mayor participación del sector universitario y centros de investigación.</p>
    <p class="parrafo">Considerando que los premios a la elaboración de tesis doctorales y otros trabajos de investigación en el ámbito de la protección civil constituyen un incentivo adecuado para contribuir a la consecución de dichos objetivos.</p>
    <p class="parrafo">Considerando asimismo que estos premios suponen una disposición dineraria de las incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento, dispongo:</p>
    <p class="articulo">Primero. Aprobación de las bases reguladoras.</p>
    <p class="parrafo_2">Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de premios a tesis doctorales y trabajos de investigación sobre protección civil que figuran como anexo a la presente orden, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p>
    <p class="articulo">Segundo. Convocatorias.</p>
    <p class="parrafo">Se efectuarán convocatorias anuales para la concesión de los premios a que se refiere la presente Orden, siempre que exista crédito adecuado y suficiente, las cuales habrán de cumplir con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/ 2003, y ajustarse a lo previsto en las bases aprobadas en la presente Orden.</p>
    <p class="articulo">Tercero. Materias de las tesis y de los trabajos de investigación.</p>
    <p class="parrafo">Se alternarán en las convocatorias consecutivas las siguientes materias a las que deberán referirse las tesis y los trabajos de investigación:</p>
    <p class="parrafo_2">a) Ciencias experimentales, técnicas y de la salud.</p>
    <p class="parrafo">b) Humanidades, ciencias sociales y jurídicas.</p>
    <p class="parrafo_2">Siempre que los temas que se desarrollen puedan incluirse entre los que son objeto de las actividades de protección civil.</p>
    <p class="articulo">Cuarto. Aprobación de las convocatorias.</p>
    <p class="parrafo">Las convocatorias para la concesión de los premios a los que se refiere la presente Orden serán aprobadas por Resolución de la Subsecretaria del Ministerio del Interior.</p>
    <p class="articulo">Disposición final única. Entrada en vigor.</p>
    <p class="parrafo">La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.</p>
    <p class="parrafo_2">Madrid, 14 de septiembre de 2004.</p>
    <p class="firma_ministro">ALONSO SUÁREZ</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO</p>
    <p class="anexo_tit">Bases reguladoras para la concesión de premios a tesis doctorales y trabajos de investigación sobre Protección Civil</p>
    <p class="articulo">Primera. Objeto de los premios.</p>
    <p class="parrafo_2">Subvencionar a los autores de tesis doctorales y trabajos de investigación, relativos a protección civil, que, reuniendo los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria pública, hayan sido seleccionados de acuerdo con los procedimientos establecidos en estas bases reguladoras.</p>
    <p class="parrafo">Todo ello, con la finalidad de promover y estimular la investigación aplicada al ámbito de la protección civil en las universidades y centros de investigación, tanto de carácter público como privado.</p>
    <p class="articulo">Segunda. Requisitos que deben reunir las personas que concurran.</p>
    <p class="parrafo">Podrán optar a los premios las personas físicas, de nacionalidad española o de cualquiera de los países que conforman la Comunidad Iberoamericana o de los Estados miembros de la Unión Europea, que hayan realizado y aprobado su tesis doctoral en una Universidad española, en el periodo que figure en la correspondiente convocatoria.</p>
    <p class="parrafo">Podrán optar asimismo los autores de trabajos de investigación, finalizados dentro del periodo establecido en la convocatoria, dirigidos por un doctor, que hayan producido resultados cuya utilidad, aplicabilidad, difusión e impacto sean objetivamente evaluables. No podrán concurrir, por tanto, trabajos en fase de desarrollo, ni simples proyectos de investigación.</p>
    <p class="parrafo">De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, no podrán concurrir a las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.</p>
    <p class="parrafo">La temática de estas tesis y trabajos de investigación deberá versar sobre las materias que se especifiquen en la convocatoria correspondiente.</p>
    <p class="articulo">Tercera. Presentación de solicitudes.</p>
    <p class="parrafo">Para poder optar a los premios los autores de las tesis o trabajos de investigación deberán presentar una solicitud, según modelo adjunto, en el registro de la sede de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (calle Quintiliano, 21, 28002 Madrid), o en cualquiera de los lugares a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del periodo que se establezca en la convocatoria.</p>
    <p class="parrafo">Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:</p>
    <p class="parrafo_2">a) Instancia dirigida al Director General de Protección Civil y Emergencias, indicando: «Premios de Investigación sobre Protección Civil para tesis doctorales y otros trabajos de investigación.»</p>
    <p class="parrafo">b) Certificación académica relativa a la fecha de presentación y calificación obtenida por la tesis doctoral o certificación, firmada por el director del trabajo de investigación, relativa a las fechas de comienzo y terminación del mismo, en la que asimismo se haga constar su valoración acerca de la metodología empleada y el grado de innovación de los resultados obtenidos.</p>
    <p class="parrafo">c) Dos copias de la tesis o del trabajo de investigación, en soporte papel.</p>
    <p class="parrafo">d) Memoria explicativa de la tesis doctoral o del trabajo de investigación, de diez folios como máximo, en la que se expongan los objetivos, metodologías y conclusiones, así como una valoración acerca de su interés para la protección civil y la gestión de riesgos catastróficos.</p>
    <p class="parrafo">e) Una copia en soporte electrónico CD, que incluya la tesis, la memoria explicativa, el resumen y las palabras clave, con el siguiente tratamiento de textos:</p>
    <p class="parrafo_2">Una primera versión en Microsoft Word 6.0, Word 2000 o Latex.</p>
    <p class="parrafo">Una segunda versión del mismo archivo en formato PDF. Tipo de letra: Times New Roman.</p>
    <p class="parrafo">Tamaño de puntos de 12 pt., con excepción del abstract y palabras clave que será de 10 pt.</p>
    <p class="parrafo">Gráficos e ilustraciones en fichero independiente del texto.</p>
    <p class="parrafo">Márgenes: Todos a 3 cm.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Justificante de no estar incurso en ninguna de las causas de imposibilidad para concurrir a la obtención de la subvención establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, en cualquiera de las formas establecidas en el apartado 7 del citado artículo.</p>
    <p class="articulo">Cuarta. Órganos competentes para instrucción y resolución del procedimiento.</p>
    <p class="parrafo_2">Los órganos competentes para la instrucción serán la Dirección General de Protección Civil y Emergencias y para la resolución del procedimiento la Subsecretaria del Ministerio del Interior por delegación del Ministro del Interior, de acuerdo con la Orden INT/2992/2002, de 21 de noviembre, por la que se delegan determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades.</p>
    <p class="articulo">Quinta. Órgano competente para la valoración de las tesis y trabajos de investigación presentados.</p>
    <p class="parrafo">Las tesis doctorales y los trabajos de investigación serán valorados por un Jurado que tendrá la siguiente composición:</p>
    <p class="parrafo_2">Presidenta: La Subsecretaria del Ministerio del Interior.</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente: La Directora General de Protección Civil y Emergencias.</p>
    <p class="parrafo">Vocales:</p>
    <p class="parrafo_2">a) La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior o persona en quien delegue.</p>
    <p class="parrafo">b) Tres Catedráticos o Profesores universitarios en alguna de las disciplinas se establezcan en cada convocatoria.</p>
    <p class="parrafo">c) Tres investigadores, con el grado académico de doctor, que presten sus servicios en centros públicos de investigación.</p>
    <p class="parrafo">d) Cuatro representantes de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.</p>
    <p class="parrafo_2">Los vocales de los grupos b), c), y d) serán designados por la Presidenta del Jurado, a propuesta del Vicepresidente.</p>
    <p class="parrafo">Como Secretario, sin voto, actuará un funcionario de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias designado por el Vicepresidente.</p>
    <p class="parrafo">Los premios o alguno de ellos podrán declararse desiertos si el Jurado considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para ser galardonadas.</p>
    <p class="parrafo">El fallo del Jurado deberá tener lugar en el plazo máximo de treinta días naturales a partir de la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.</p>
    <p class="articulo">Sexta. Criterios objetivos de valoración de las tesis y trabajos de investigación.</p>
    <p class="parrafo">El procedimiento de concesión de la subvención será en concurrencia competitiva.</p>
    <p class="parrafo">El Jurado valorara los trabajos ateniéndose a los criterios siguientes:</p>
    <p class="parrafo_2">El estudio y tratamiento de nuevas temáticas en materia de protección civil.</p>
    <p class="parrafo">La facilidad para su aplicación práctica. El interés científico del trabajo.</p>
    <p class="parrafo">La calificación académica obtenida en el caso de tesis doctorales.</p>
    <p class="parrafo">Los anteriores criterios se valoraran conjuntamente teniendo cada uno de ellos la misma ponderación en la valoración final.</p>
    <p class="articulo">Séptima. Resolución y notificación.</p>
    <p class="parrafo">Una vez aprobado el fallo del jurado, se dictara por la Subsecretaria del Ministerio del Interior resolución motivada de concesión de los premios.</p>
    <p class="parrafo">Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y se notificara además a los solicitantes.</p>
    <p class="articulo">Octava. Cuantías de los premios.</p>
    <p class="parrafo">La cuantía total y las individuales se determinaran cada año en la correspondiente convocatoria, siempre que haya crédito adecuado y suficiente.</p>
    <p class="articulo">Novena. Compatibilidad con otras subvenciones.</p>
    <p class="parrafo">Los premios objeto de las presentes bases reguladoras serán compatibles con cualquier otro premio o subvención concedidos a los autores tanto por entidades públicas como privadas.</p>
    <p class="articulo">Décima. Propiedad intelectual de los trabajos premiados y divulgación de los mismos.</p>
    <p class="parrafo">Los autores de las tesis doctorales o trabajos de investigación premiados deberán autorizar al Ministerio del Interior la publicación de las mismas en los seis meses siguientes al de adjudicación de los premios en la forma y número de ejemplares que el citado Departamento estime oportuno, debiendo citarse en los ejemplares publicados el nombre del autor y la concesión del premio, sin que ello implique cesión o limitación alguna de los derechos de propiedad intelectual que corresponden a los autores de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.</p>
    <p class="parrafo">Toda publicación de parte o de la totalidad del trabajo deberá mencionar expresamente el nombre del autor y que ha sido galardonado con uno de los Premios a Tesis Doctorales o Trabajos de Investigación sobre Protección Civil.</p>
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