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    <titulo>Orden JUS/484/2003, de 19 de febrero, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Cuerpo de Notarios.</titulo>
    <diario codigo="BOE">Boletín Oficial del Estado</diario>
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      <materia codigo="942" orden="1">Colegios Notariales</materia>
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          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre</texto>
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      <alerta codigo="103" orden="1">Asociaciones profesionales</alerta>
      <alerta codigo="111" orden="2">Derecho Constitucional</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo_2">El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">La Sentencia del Tribunal Constitucional 67/1983, de 22 de julio, proclamó «el no discutido principio de unidad del Notariado» (FJ 2.º). No obstante, los Notarios, en su ordenación jerárquica, dependen del Ministerio de Justicia, de la Dirección General del Registro y del Notariado y de las Juntas Directivas de los Colegios Notariales (artículo 307 del Reglamento Notarial). A estos efectos, los Colegios Notariales se configuran como Corporaciones de Derecho Público que cuentan entre sus funciones primordiales la de colaboración con las diferentes Administraciones Públicas.</p>
    <p class="parrafo">En este sentido, los Notarios, los Colegios Notariales y el Consejo General del Notariado presentan especialidades en relación con el ejercicio de otras profesiones sujetas a colegiación, destacándose el carácter de funcionario público de sus colegiados y de Administración Pública dependiente de la Administración General del Estado, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado.</p>
    <p class="parrafo">Estas especialidades de la organización corporativa del Notariado han sido analizadas por la Sentencia del Tribunal Constitucional 87/1989, de 11 de mayo, en la que se afirma que los Colegios Notariales son «parte integrante de la organización notarial» y, por tanto, a efectos del cumplimiento de las funciones notariales son una «parte» más de la denominada Administración del Notariado. Esta imbricación de la organización corporativa del Notariado y su dependencia del Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, así como la sujeción jerárquica de los Notarios a los propios Colegios hace que surjan en el ámbito de la cesión de datos consecuencias prácticas esenciales.</p>
    <p class="parrafo">De este modo, a fin de dar cumplimiento a los mandatos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos, previo informe de la Agencia de Protección de Datos, dispongo:</p>
    <p class="articulo">Artículo 1.</p>
    <p class="parrafo">1. Se crean los ficheros automatizados de datos de carácter personal de los Colegios Notariales y el Consejo General del Notariado, que se incluyen y describen en el anexo I.</p>
    <p class="parrafo">2. Se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal propio del Consejo General del Notariado, que se incluye y describe en el anexo II.</p>
    <p class="parrafo">3. Se crean los ficheros de datos de carácter personal propios de los Colegios Notariales, que se incluyen y describen en el anexo III.</p>
    <p class="parrafo">4. Se crean los ficheros de datos de carácter personal de las Notarías, que se incluyen y describen en el anexo IV.</p>
    <p class="articulo">Artículo 2.</p>
    <p class="parrafo">Los responsables de los ficheros, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, facilitarán aquellos datos que sean solicitados por el Ministerio de Justicia para el cumplimiento de las funciones que tiene normativamente encomendadas.</p>
    <p class="articulo">Disposición final.</p>
    <p class="parrafo">La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».</p>
    <p class="parrafo_2">Madrid, 19 de febrero de 2003.</p>
    <p class="firma_ministro">MICHAVILA NÚÑEZ</p>
    <p class="parrafo_2">Ilma. Sra. Directora general de los Registros y del Notariado.</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO I</p>
    <p class="anexo_tit">Ficheros de los Colegios Notariales y el Consejo General del Notariado</p>
    <p class="parrafo_2">1. Fichero: Colegiados</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Registro y organización de los colegiados, prestaciones de garantía salarial, publicaciones, fines científicos, históricos o estadísticos.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Notarios colegiados y sus beneficiarios.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos.—Declaraciones, fichas de adscripción, documental o telemática.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos identificativos.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de información comercial.</p>
    <p class="parrafo">Datos académicos y profesionales.</p>
    <p class="parrafo">Datos económico-financieros y de seguros.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones y transferencias que se prevean a terceros países:</p>
    <p class="parrafo_2">Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público.</p>
    <p class="parrafo">Servicios públicos responsables de la producción de estadísticas oficiales.</p>
    <p class="parrafo_2">g) Responsable del fichero: La Secretaría del Consejo General del Notariado o del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Secretaría del Consejo General del Notariado o del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">2. Fichero: Quejas, demandas y sanciones profesionales</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Gestión sancionadora, procedimientos administrativos, procedimientos judiciales y prestación de servicios de certificación.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Profesionales colegiados, denunciantes e interesados.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos.—Declaraciones, fichas de adscripción, documental o telemática.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos relativos a la comisión de infracciones.</p>
    <p class="parrafo">Datos identificativos.</p>
    <p class="parrafo">Datos académicos y profesionales.</p>
    <p class="parrafo">Datos económicos-financieros.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones previstas:</p>
    <p class="parrafo_2">Órganos Jurisdiccionales.</p>
    <p class="parrafo">Administración Pública.</p>
    <p class="parrafo">Comunicaciones necesarias para la tramitación y ejecución de actuaciones.</p>
    <p class="parrafo_2">g) Responsable del fichero: La Secretaría del Consejo General del Notariado o del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: La Secretaría del Consejo General del Notariado o del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Medio.</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO II</p>
    <p class="anexo_tit">Fichero propio del Consejo General del Notariado</p>
    <p class="parrafo_2">1. Fichero: Revocaciones y otras causas de extinción de poderes</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad y usos previstos: Servicio que ofrece el Consejo General del Notariado a los Notarios con la finalidad de consultar la base de datos de poderes revocados.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Notarios, poderdantes y apoderados.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de circunstancias sociales.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones previstas: No se prevén.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría General del Consejo General del Notariado.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse en la Notaría donde aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">2. Fichero: Archivo Complementario de Atributos de Firma Electrónica</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad y usos previstos: Servicio que ofrece el Consejo General del Notariado a los usuarios de firma electrónica, así como a los terceros de confianza que deban confiar en las mismas, dentro de la necesidad de validación electrónica de la representación de las personas jurídicas.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Poderdantes y apoderados que consientan expresamente en documento público que su ámbito de representación pueda venir publicitado por el Archivo a fin de que puedan resultar validados por los destinatarios sus certificados de firma electrónica.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Transmisión electrónica de datos/Internet, con firma electrónica, y con procedimiento cifrado.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de circunstancias sociales.</p>
    <p class="parrafo">Competencias de los apoderados y ámbitos definidos y preconstituidos de representación.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones previstas: Sistema abierto de consulta para cualquier corporación —financiera o no— que deba confiar en los certificados de firma electrónica avanzada.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría General del Consejo General del Notariado.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso serán abiertos para cualquier entidad que se haya previamente acreditado ante el Consejo General del Notariado.</p>
    <p class="parrafo">La rectificación y cancelación podrá articularse desde cualquier notaría —on line— en función de que se haya producido cualquier revocación o contingencia que pueda afectar al contenido del Archivo.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO III</p>
    <p class="anexo_tit">Ficheros propios de los colegios notariales</p>
    <p class="parrafo_2">1. Fichero: Actas de inmatriculación</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Tramitación de actas de notoriedad complementarias de títulos públicos de adquisición para la inmatriculación de fincas no inscritas en el Registro de la Propiedad.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Propietarios de fincas no inscritas en el Registro de la Propiedad.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Formularios, transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de circunstancias sociales.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas: Cesión de datos a los Notarios solicitantes para la realización del Acta de Inmatriculación.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">2. Fichero: Actas de reagrupación familiar</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Permitir la tramitación de permisos de residencia en España para extranjeros.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Extranjeros que desean obtener permiso de residencia en España.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Formularios, transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende: Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">f) Cesiones y transferencias de datos previstas: Al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para el ejercicio de las funciones que le son propias.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">3. Fichero: Parte testamentario</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Inscripción de actos y negocios jurídicos en el Registro de Actos de Última Voluntad.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Otorgantes de actos de última voluntad, cónyuge y padres de los otorgantes, Notario o funcionario autorizante del acto.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Formularios, transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas: Registro de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">4. Fichero: Parte ab intestato</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Inscripción de actos y negocios jurídicos en el Registro de Actos de Última Voluntad.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Difunto, herederos testamentarios, parientes del difunto, cónyuge, notario o funcionario autorizante del acto.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos del difunto: Formularios, transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas: Registro de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">5. Fichero: Índices</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Elaboración de liquidaciones de los Notarios al objeto de satisfacer las cuotas relativas a la Mutualidad Notarial, Colegio Notarial y Consejo General del Notariado, así como el tratamiento y obtención de los datos que deben remitirse a las Administraciones Públicas que, conforme a una norma con rango de Ley, tengan derecho a ello.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Personas que realicen actos o negocios jurídicos que deban ser incorporados al Libro Registro o al Protocolo Notarial.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones, formularios, transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de circunstancias sociales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de información comercial.</p>
    <p class="parrafo">Datos económico-financieros y de seguros.</p>
    <p class="parrafo">Datos de transacciones.</p>
    <p class="parrafo">Datos requeridos por las Administraciones Públicas.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas: Administraciones Públicas que de conformidad con una norma con rango de Ley tengan derecho a ello.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">6. Fichero: Catastro</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Comunicación al Catastro Inmobiliario de la variación de datos de bienes inmuebles urbanos por transmisión de dominio.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Adquirentes y transmitentes de inmuebles.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones, formularios, transmisión electrónica de datos/Internet.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de circunstancias sociales.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas: Administración competente en materia catastral.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: La Secretaría del Colegio Notarial correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO IV</p>
    <p class="anexo_tit">Ficheros de las Notarías</p>
    <p class="parrafo_2">1. Fichero: Protocolo y documentación notarial</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Permitir la realización efectiva de las funciones públicas propias de la actividad notarial. Ejecución periódica de procesos informáticos para la emisión del protocolo, el libro registro y el resto de la documentación notarial.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Personas que realicen actos o negocios jurídicos que deban ser incorporados al Libro Registro o al Protocolo Notarial.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones, formularios, transmisión electrónica de datos/Internet, acompañados de la documentación y acreditaciones oportunas.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de circunstancias sociales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de información comercial.</p>
    <p class="parrafo">Datos económicos financieros y de seguros.</p>
    <p class="parrafo">Datos de transacciones.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas:</p>
    <p class="parrafo_2">A los órganos del Ministerio de Hacienda, para el cumplimiento de los fines que le encomienda el ordenamiento jurídico.</p>
    <p class="parrafo">A los órganos del Ministerio de Economía, para el cumplimiento de los fines que le encomienda el ordenamiento jurídico.</p>
    <p class="parrafo">A la Administración de las Comunidades Autónomas, para el cumplimiento de los fines que le encomienda el ordenamiento jurídico.</p>
    <p class="parrafo">A la Administración de las Entidades Locales, para el cumplimiento de los fines que le encomienda el ordenamiento jurídico.</p>
    <p class="parrafo">Al Consejo General del Notariado y a los Colegios Notariales, para el desarrollo de las funciones que le son propias.</p>
    <p class="parrafo">A los órganos rectores del Mercado de Valores, para el desarrollo de las funciones que le son propias.</p>
    <p class="parrafo">A los órganos del Ministerio de Justicia, para el cumplimiento de los fines que le encomienda el ordenamiento jurídico.</p>
    <p class="parrafo_2">g) Responsable del fichero automatizado: La Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, sin perjuicio de la responsabilidad directa que, en la gestión y custodia del fichero, pudiera corresponder a cada Notario.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">2. Fichero: Administración y organización de la Notaría</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Tiene como finalidad la llevanza y gestión eficiente de los clientes de la Notaría, respondiendo a las necesidades concretas y legítimas de cada Notaría.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Clientes de la Notaría.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones, formularios, transmisión electrónica de datos.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo">Datos económicos-financieros.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas: A los órganos del Ministerio de Hacienda, para el cumplimiento de los fines tributarios que le encomienda el ordenamiento jurídico.</p>
    <p class="parrafo">g) Responsable del fichero automatizado: El Notario correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse, cuando proceda, en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Básico.</p>
    <p class="parrafo_2">3. Fichero: Personal de la Notaría</p>
    <p class="parrafo_2">a) Finalidad del fichero y usos previstos: Tiene como finalidad la gestión del personal de la Notaría, respondiendo a las necesidades concretas y legítimas de cada Notaría.</p>
    <p class="parrafo">b) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que se encuentren obligadas a suministrarlos: Personal vinculado a la Notaría.</p>
    <p class="parrafo">c) Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones y formularios.</p>
    <p class="parrafo">d) Estructura básica del fichero: Sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">e) Tipos de datos que comprende:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de carácter identificativo.</p>
    <p class="parrafo">Datos de características personales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de detalle de empleo.</p>
    <p class="parrafo">Datos económicos financieros.</p>
    <p class="parrafo">Cabe la posibilidad de que existan datos de salud.</p>
    <p class="parrafo">Datos relativos a la pertenencia o afiliación a organizaciones sindicales.</p>
    <p class="parrafo">Datos de salud:</p>
    <p class="parrafo_2">Datos de bajas y altas por motivos médicos.</p>
    <p class="parrafo">Datos de minusvalías.</p>
    <p class="parrafo_2">f) Cesiones de datos previstas:</p>
    <p class="parrafo_2">A los órganos del Ministerio de Trabajo para el cumplimiento de los fines que le encomienda el ordenamiento jurídico,</p>
    <p class="parrafo">A los órganos del Ministerio de Hacienda para el cumplimiento de los fines tributarios que le encomienda el ordenamiento jurídico,</p>
    <p class="parrafo">A las Entidades Bancarias para la prestación de los servicios encomendados.</p>
    <p class="parrafo_2">g) Responsable del fichero automatizado: El Notario correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">h) Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse en la Notaría donde se aportaron los datos de carácter personal.</p>
    <p class="parrafo">i) Nivel de seguridad: Alto, al disponer de datos de salud y/o afiliación sindical.</p>
  </texto>
</documento>
