<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20251218205601">
  <metadatos>
    <identificador>BOE-A-2002-15524</identificador>
    <origen_legislativo codigo="1">Estatal</origen_legislativo>
    <departamento codigo="4220">Ministerio de Educación, Cultura y Deporte</departamento>
    <rango codigo="1350">Orden</rango>
    <fecha_disposicion>20020724</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>ECD/1946/2002</numero_oficial>
    <titulo>Orden ECD/1946/2002, de 24 de julio, por la que se crea y regula el "Premio de Bibliografía de la Biblioteca Nacional" y se convoca el correspondiente al año 2002.</titulo>
    <diario codigo="BOE">Boletín Oficial del Estado</diario>
    <fecha_publicacion>20020731</fecha_publicacion>
    <diario_numero>182</diario_numero>
    <seccion>3</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>28406</pagina_inicial>
    <pagina_final>28407</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/boe/dias/2002/07/31/pdfs/A28406-28407.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20020801</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20080215</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>A</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
    <url_eli>https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946</url_eli>
  </metadatos>
  <metadata-eli>
    <rdf:RDF xmlns:rdf="http://www.w3.org/1999/02/22-rdf-syntax-ns#" xmlns:eli="http://data.europa.eu/eli/ontology#">
      <eli:LegalResource rdf:about="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946">
        <eli:jurisdiction rdf:resource="http://www.elidata.es/mdr/authority/jurisdiction/1/es"/>
        <eli:type_document rdf:resource="http://www.elidata.es/mdr/authority/resource-type/1/o"/>
        <eli:id_local rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#string">BOE-A-2002-15524</eli:id_local>
        <eli:date_document rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#date">2002-07-24</eli:date_document>
        <eli:number rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#string">ecd1946</eli:number>
        <eli:is_about rdf:resource="https://www.boe.es/legislacion/eli/materias/489"/>
        <eli:is_about rdf:resource="https://www.boe.es/legislacion/eli/materias/2256"/>
        <eli:is_about rdf:resource="https://www.boe.es/legislacion/eli/materias/5666"/>
        <eli:has_member>
          <eli:LegalResource rdf:about="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof">
            <eli:jurisdiction rdf:resource="http://www.elidata.es/mdr/authority/jurisdiction/1/es"/>
            <eli:type_document rdf:resource="http://www.elidata.es/mdr/authority/resource-type/1/o"/>
            <eli:id_local rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#string">BOE-A-2002-15524</eli:id_local>
            <eli:date_document rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#date">2002-07-24</eli:date_document>
            <eli:number rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#string">ecd1946</eli:number>
            <eli:is_about rdf:resource="https://www.boe.es/legislacion/eli/materias/489"/>
            <eli:is_about rdf:resource="https://www.boe.es/legislacion/eli/materias/2256"/>
            <eli:is_about rdf:resource="https://www.boe.es/legislacion/eli/materias/5666"/>
            <eli:version rdf:resource="http://www.elidata.es/mdr/authority/version/dof"/>
            <eli:is_member_of rdf:resource="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946"/>
            <eli:is_realized_by>
              <eli:LegalExpression rdf:about="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa">
                <eli:language rdf:resource="http://www.elidata.es/mdr/authority/language/spa"/>
                <eli:title rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#string">Orden ECD/1946/2002, de 24 de julio, por la que se crea y regula el "Premio de Bibliografía de la Biblioteca Nacional" y se convoca el correspondiente al año 2002.</eli:title>
                <eli:publisher_agent rdf:resource="https://www.boe.es"/>
                <eli:date_publication rdf:datatype="http://www.w3.org/2001/XMLSchema#date">2002-07-31</eli:date_publication>
                <eli:realizes rdf:resource="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof"/>
                <eli:is_embodied_by>
                  <eli:Format rdf:about="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa/html">
                    <eli:format rdf:resource="http://www.iana.org/assignments/media-types/text/html"/>
                    <eli:embodies rdf:resource="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa"/>
                  </eli:Format>
                </eli:is_embodied_by>
                <eli:is_embodied_by>
                  <eli:Format rdf:about="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa/pdf">
                    <eli:format rdf:resource="http://www.iana.org/assignments/media-types/application/pdf"/>
                    <eli:embodies rdf:resource="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa"/>
                  </eli:Format>
                </eli:is_embodied_by>
                <eli:is_embodied_by>
                  <eli:Format rdf:about="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa/xml">
                    <eli:format rdf:resource="http://www.iana.org/assignments/media-types/application/xml"/>
                    <eli:embodies rdf:resource="https://www.boe.es/eli/es/o/2002/07/24/ecd1946/dof/spa"/>
                  </eli:Format>
                </eli:is_embodied_by>
              </eli:LegalExpression>
            </eli:is_realized_by>
          </eli:LegalResource>
        </eli:has_member>
      </eli:LegalResource>
    </rdf:RDF>
  </metadata-eli>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="489" orden="1">Biblioteca Nacional</materia>
      <materia codigo="2256" orden="2">Cultura</materia>
      <materia codigo="5666" orden="3">Premios</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="BOE-A-2002-12971" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="BOE-A-2008-2655" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Orden CUL/329/2008, de 28 de enero</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="BOE-A-2003-11478" orden="1">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>, por Orden ECD/1492/2003, de 2 de junio</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">La Biblioteca Nacional quiere mantener la tradición de la convocatoria de los premios de bibliografía que dio tan fecundos frutos en su etapa primera, a lo largo de la segunda mitad del siglo XIX y la primera del XX.</p>
    <p class="parrafo">Durante casi un siglo, esta experiencia en la que la Biblioteca Nacional impulsó directamente la labor bibliográfica, premiando a los autores de los mejores repertorios, permitió que se elaborara una colección de bibliografías que todavía hoy, por su rigor y su importancia, son de consulta habitual y provechosa.</p>
    <p class="parrafo">La Biblioteca Nacional, con esta iniciativa, quiere que a los nombres señeros de Tomás Muñoz y Romero, Cayetano Alberto de la Barrera, Mariano Aguiló y Fuster, Vicente Barrantes, Atanasio López, Francisco Escudero y Perosso, Manuel Jiménez Catalán, Agustín Millares, Leopoldo Martínez Reguera o Manuel Serrano y Sanz, entre otros muchos, se unan ahora los de los bibliógrafos actuales que, con criterios quizá algo diferentes pero con el mismo entusiasmo que los antiguos, están redactando repertorios igualmente valiosos y deben tener un incentivo en su trabajo.</p>
    <p class="parrafo">En base a lo expuesto y, de acuerdo con las competencias y funciones conferidas al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica y con lo previsto, para la concesión de subvenciones públicas, en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria, dispongo:</p>
    <p class="parrafo">Primero. Creación del premio, ámbito y objeto.</p>
    <p class="parrafo">1. Se crea el "Premio de Bibliografía de la Biblioteca Nacional", destinado a distinguir los mejores trabajos que concurran a la convocatoria que deberán referirse a la bibliografía hispánica en cualquiera de sus aspectos y bajo cualquier objetivo.</p>
    <p class="parrafo">2. Podrán concurrir al premio autores de cualquier nacionalidad.</p>
    <p class="parrafo">3. Se convocará con carácter anual por Resolución del Director general del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional.</p>
    <p class="parrafo">Segundo. Dotación económica.</p>
    <p class="parrafo">1. El importe del premio será de 6.000 euros.</p>
    <p class="parrafo">2. El premio podrá declararse desierto en el caso de que el jurado estime que ninguno de los trabajos presentados cumpla los requisitos o las condiciones de calidad exigibles.</p>
    <p class="parrafo">Tercero. Los trabajos.</p>
    <p class="parrafo">1. Los trabajos podrán estar redactados en cualquiera de las lenguas oficiales de España o en las europeas de mayor difusión entre la comunidad científica hispana.</p>
    <p class="parrafo">2. Los trabajos presentados deberán ser inéditos y no haber sido premiados en otros concursos.</p>
    <p class="parrafo">3. Se presentarán dos originales copiados sobre papel.</p>
    <p class="parrafo">4. En los trabajos no figurará ningún dato personal, debiendo constar únicamente su título o un lema.</p>
    <p class="parrafo">Junto al trabajo se presentará un sobre cerrado dentro del cual figurarán los datos del autor y el título del trabajo.</p>
    <p class="parrafo">5. Los autores que deseen concurrir al Premio deberán dirigirse al Director General del Organismo autónomo Biblioteca Nacional y presentar el trabajo en el Registro General del Organismo autónomo Biblioteca Nacional, paseo de Recoletos, 20, 28001 Madrid, o emplear cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).</p>
    <p class="parrafo">6. El plazo de presentación de los originales finalizará el 15 de septiembre del año de la convocatoria.</p>
    <p class="parrafo">Cuarto. El jurado.</p>
    <p class="parrafo">1. El jurado será designado por el Director general del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional y estará compuesto por un Presidente que será el Director general del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional o persona en quien delegue y seis vocales, tres designados entre funcionarios de la Biblioteca Nacional y los otros tres entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Bibliografía, actuando como Secretario uno de los funcionarios de la Biblioteca Nacional.</p>
    <p class="parrafo">2. El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.</p>
    <p class="parrafo">3. El jurado elevará propuesta al Director general del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional para el fallo del premio.</p>
    <p class="parrafo">4. La resolución del Director general del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional se hará pública, mediante su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", con anterioridad al 15 de diciembre de cada año y dará a conocer la fecha y el lugar donde se realizará la entrega del premio.</p>
    <p class="parrafo">Quinto. Obligaciones del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional.</p>
    <p class="parrafo">1. Las personas que intervengan en el proceso de organización, valoración o concesión del premio guardarán confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se efectúen a las candidaturas que se presenten.</p>
    <p class="parrafo">2. Los trabajos no premiados serán devueltos, a petición de los autores, una vez les haya sido notificada la decisión del jurado, en un plazo no superior a dos meses. Finalizado este plazo podrá procederse a su destrucción.</p>
    <p class="parrafo">3. El Organismo Autónomo Biblioteca Nacional facilitará información sobre la convocatoria en la Biblioteca Nacional (paseo de Recoletos, 20, 28071 Madrid), teléfono 91 580 78 32 ; por correo electrónico: bib@bne.es.y a través de la página de Internet: http://www.bne.es donde también se expondrán las bases de la convocatoria del premio y se hará pública la composición del jurado y el fallo.</p>
    <p class="parrafo">4. Por la Gerencia del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional se llevará a cabo la tramitación necesaria para satisfacer el importe del premio a la candidatura ganadora, así como todos los gastos que se deriven de la ejecución de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 480.</p>
    <p class="parrafo">Sexto. Los compromisos de los participantes.</p>
    <p class="parrafo">1. Los trabajos que se presenten deberán ser originales e inéditos.</p>
    <p class="parrafo">2. A los efectos de la percepción del importe económico del premio, sujeto a retención fiscal de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 40/1998, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en el Reglamento de la misma (Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, con modificaciones posteriores), el premiado deberá acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.</p>
    <p class="parrafo">Séptimo. Aceptación de la convocatoria.-La presentación de los trabajos supone la aceptación de las presentes bases.</p>
    <p class="parrafo">Octavo. Convocatoria para el año 2002.-Se convoca el Premio de Bibliografía de la Bilbioteca Nacional para el año 2002.</p>
    <p class="parrafo">Noveno. Impugnabilidad.-Contra la resolución de concesión del premio, que pone fin a la vía administrativa, sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.</p>
    <p class="parrafo">Décimo. Entrada en vigor.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".</p>
    <p class="parrafo">Madrid, 24 de julio de 2002.</p>
    <p class="parrafo">DEL CASTILLO VERA</p>
    <p class="parrafo">Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura. Ilmo. Sr. Director general del Organismo Autónomo Biblioteca Nacional.-Departamento.</p>
  </texto>
</documento>
