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    <titulo>Orden de 11 de enero de 1979 por la que se desarrolla la estructura orgánica del Instituto Nacional de Educación Especial.</titulo>
    <diario codigo="BOE">Boletín Oficial del Estado</diario>
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      <materia codigo="4404" orden="1">Instituto Nacional de Educación Especial</materia>
      <materia codigo="4975" orden="2">Ministerio de Educación y Ciencia</materia>
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          <palabra codigo="490">DESARROLLA</palabra>
          <texto>lo indicado del Real Decreto 1619/1978, de 12 de mayo</texto>
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          <texto>lo indicado del Decreto 671/1976, de 2 de abril y en el Real Decreto 1619/1978, de 12 de mayo</texto>
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          <texto>disposición final 1 del Decreto 1151/1975, de 23 de mayo</texto>
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          <texto>art. 130.2 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta)</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">Ilustrísimo señor:</p>
    <p class="parrafo_2">Creado el Instituto Nacional de Educación Especial por Decreto 1151/1975, de 23 de mayo, con la misión de extender y perfeccionar esta modalidad educativa, el Decreto 671/1976, de 2 de abril, y el Real Decreto 1619/1978, de 12 de mayo, le dotaron de una estructura administrativa básica que es preciso ahora desarrollar, determinando las unidades que la completan con la indicación de sus funciones respectivas.</p>
    <p class="parrafo">En su virtud, al amparo de la disposición final primera del Decreto 1151/1975, de 23 de mayo, previo informe del Ministerio de Hacienda y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, de conformidad con el artículo 130, 2, de la Ley de Procedimiento Administrativo,</p>
    <p class="parrafo">Este Ministerio ha dispuesto:</p>
    <p class="articulo">Primero.</p>
    <p class="parrafo">De la Secretaría General del Instituto Nacional de Educación Especial dependen: Con nivel orgánico de Servicio, el Servicio de Asuntos Generales, el Servicio de Régimen Económico y el Departamento Técnico, y con nivel orgánico de Sección, el Gabinete de Programación y el Gabinete Jurídico-Administrativo.</p>
    <p class="parrafo_2">1. Del Servicio de Asuntos Generales dependerá la Sección de Personal y la Sección de Escolarización.</p>
    <p class="parrafo_2">1.1. La Sección de Personal tendrá a su cargo la previsión de las necesidades de personal no docente del Instituto y de los Centros de él dependientes, la elaboración de las propuestas de plantillas orgánicas, la gestión de los asuntos relativos a la selección, nombramiento y tramitación de incidencias derivadas de las distintas situaciones administrativas que afecten a dicho personal, así como el establecimiento y ejecución de programas para su formación y perfeccionamiento; la tramitación de los expedientes de los títulos, diplomas y certificaciones de cursos de especialización del personal docente, y cuantas competencias ostente el Instituto, en relación a los diversos profesionales responsables de la aplicación de las orientaciones y actividades de atención que los deficientes requieran.</p>
    <p class="parrafo">De esta Sección dependerán los siguientes Negociados:</p>
    <p class="parrafo_2">Negociado de Personal Administrativo, Docente y Técnico.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Personal Laboral.</p>
    <p class="parrafo_2">1.2. La Sección de Escolarización tendrá a su cargo la gestión de los expedientes de creación, modificación y supresión de Centros estatales de Educación Especial, y de los de autorización, modificación y cese de actividades de Centros no estatales de dicha modalidad educativa, e información de los de creación, modificación, supresión y cese de actividades de unidades o secciones de Educación Especial en Centros ordinarios de los diversos niveles educativos, así como cuantas gestiones se relacionen con su régimen jurídico y administrativo; la gestión y propuesta de celebración de convenios o conciertos con Instituciones o Asociaciones de las que dependan Centros en los que se imparta Educación Especial, y la tramitación de las declaraciones de interés social. Tramitará igualmente las incidencias del alumnado de Educación Especial, colaborará con el Instituto Nacional de Ayuda y Promoción del Estudiante en la gestión de las diversas ayudas y subsidios a él dirigidos y en la promoción y gestión de actividades extraescolares.</p>
    <p class="parrafo">De esta Sección dependerán los siguientes Negociados:</p>
    <p class="parrafo_2">Negociado de Centros Estatales.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Centros no Estatales.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Interés Social, Convenios y conciertos.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Alumnos.</p>
    <p class="parrafo_2">2. Del Servicio de Régimen Económico dependerá la Sección de Presupuesto y Contabilidad y la Sección de Asignación y Subvenciones.</p>
    <p class="parrafo_2">2.1. La Sección de Presupuesto y Contabilidad tendrá a su cargo la elaboración de la propuesta de presupuesto del Organismo, así como sus modificaciones; la gestión, ejecución y liquidación del mismo; la revisión y rendición de cuentas del Instituto y de los Centros de él dependientes; la confección de las nóminas del personal, sin perjuicio de la actividad del Centro de Proceso de Datos del Departamento, y la habilitación y pagaduría del Instituto.</p>
    <p class="parrafo">De esta Sección dependerán los siguientes Negociados:</p>
    <p class="parrafo_2">Negociado de Presupuesto.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Control Económico-Administrativo.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Habilitación y Pagaduría.</p>
    <p class="parrafo_2">2.2. La Sección de Asignación y Subvenciones tendrá a su cargo la gestión de los expedientes de gastos de funcionamiento de Centros estatales, y de los de subvenciones para hacer efectivo el principio de gratuidad de la enseñanza y subvenciones para la construcción y equipamiento de edificios escolares no estatales destinados a Educación Especial, así como, la elaboración de informes financieros en aquellos asuntos con repercusión económica.</p>
    <p class="parrafo">De esta Sección dependerán los siguientes Negociados:</p>
    <p class="parrafo_2">Negociado de Asignación de Recursos y Subvenciones para la Gratuidad.</p>
    <p class="parrafo">Negociado de Subvenciones para la Construcción y Equipamiento.</p>
    <p class="parrafo_2">3. El Departamento Técnico realizará las funciones encomendadas por el Real Decreto 1619/1978, de 12 de mayo.</p>
    <p class="parrafo">4. El Gabinete de Programación tendrá a su cargo la elaboración de estudios e informes que detecten la demanda de puestos escolares en Educación Especial y la propuesta de medidas a adoptar para que la misma sea atendida: el impulso de cualquier clase de acción que promueva, facilite e intensifique la escolarización de los alumnos de dicha modalidad educativa, potenciando la colaboración con el Estado de las demás Entidades públicas y de los particulares, así como la elaboración de las propuestas de programación cualitativa respecto a la construcción, creación, modificación y supresión de Centros de dicha modalidad educativa.</p>
    <p class="parrafo">De este Gabinete dependerá el Negociado de Dotaciones y Material.</p>
    <p class="parrafo">5. El Gabinete Jurídico-Administrativo tendrá a su cargo la realización de estudios y emisión de informes de carácter técnico-administrativo respecto a las materias objeto del Instituto, la elaboración de los proyectos de disposiciones que corresponda dictar al Director general o proponer a otros Organos del Departamento, y la elaboración y redacción de las circulares, instrucciones y aclaraciones que aseguren la eficaz comunicación e información del Instituto.</p>
    <p class="articulo">Segundo.</p>
    <p class="parrafo">Se faculta al Director general del Instituto Nacional de Educación Especial para dictar o proponer las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Orden.</p>
    <p class="parrafo_2">Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.</p>
    <p class="parrafo">Dios guarde a V. I.</p>
    <p class="parrafo_2">Madrid, 11 de enero de 1979.</p>
    <p class="firma_ministro">GAVERO LATAILLADE</p>
    <p class="parrafo_2">Ilmo. Sr Director general del Instituto Nacional de Educación Especial.</p>
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