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Documento BORME-C-2020-3805

LIBERBANK, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 4725 a 4726 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-3805

TEXTO

Reducción de capital mediante amortización de acciones propias.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se comunica que la Junta General Ordinaria de Accionistas de Liberbank, S.A., (la "Sociedad") acordó, con fecha 1 de abril de 2020, bajo el punto decimosegundo del orden del día, reducir el capital social en el valor nominal agregado de las acciones, de dos céntimos de euro (0,02 €) de valor nominal cada una, que hayan sido adquiridas con anterioridad a la adopción del acuerdo o que fueran adquiridas con posterioridad, a través del Programa de Recompra que acordó ejecutar el 2 de diciembre de 2019, el Consejo de Administración de la Sociedad al amparo de lo previsto en el Reglamento (UE) n.° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (el "Reglamento sobre abuso de mercado") y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el "Reglamento Delegado").

El acuerdo de reducción de capital debía ser ejecutado dentro del mes siguiente a la fecha de finalización del referido Programa de Recompra.

El Consejo de Administración de la Sociedad, tras la obtención de las autorizaciones administrativas correspondientes derivadas de la normativa de solvencia aplicable, en virtud de la delegación otorgada por la Junta General Ordinaria, acordó el día 14 de julio de 2020, reducir el capital social de la Sociedad en la cuantía de 1.232.559,92 euros mediante la amortización de 61.627.996 acciones propias adquiridas a los accionistas a través del Programa de Recompra.

El capital social de la Sociedad resultante de la reducción ha quedado fijado en 59.582.359,94 euros, correspondientes a 2.979.117.997 acciones de dos céntimos de euros (0,02 €) de valor nominal cada una de ellas, modificándose asimismo el artículo 5 de los Estatutos Sociales para reflejar la nueva cifra del capital social y el nuevo número de acciones.

La reducción de capital se realiza mediante la amortización de acciones propias de la Sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo 317.2 LSC, y tiene la finalidad de constituir una reserva voluntaria indisponible conforme a lo previsto en el artículo 317.1 LSC.

La reducción de capital mediante la amortización de acciones propias se realiza con cargo a reservas voluntarias o de libre disposición, realizando la correspondiente dotación de una reserva por capital amortizado por importe igual al valor nominal de las acciones propias efectivamente amortizadas, de la que sólo será posible disponer cumpliendo con los requisitos exigidos para la reducción del capital social, conforme a lo previsto en el apartado c) del artículo 335 LSC.

De acuerdo con el citado artículo, los acreedores de la Sociedad no disponen del derecho de oposición previsto en el artículo 334 LSC.

Dado que las acciones a amortizar son titularidad de la Sociedad, la reducción de capital no implica la devolución de aportaciones.

Oviedo, 14 de julio de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración, Jesús María Alcalde Barrio.

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