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Documento BORME-C-2019-8677

ECO ELECTRIC BALEAR, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
INSTALACIONES GENERALES ANDRATX, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 10079 a 10079 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8677

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria Universal de Socios de la entidad Eco Electric Balear, Sociedad Limitada (sociedad parcialmente escindida), en reunión celebrada el 18 de noviembre de 2019, se ha acordado por unanimidad aprobar la escisión parcial mediante la cual segregará una parte de su patrimonio social y lo transmite a la sociedad Instalaciones Generales Andratx, Sociedad Limitada, que las adquirirá por sucesión a titulo universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado. En todo caso la indicada escisión parcial no comportará la extinción de la sociedad parcialmente escindida.

Debido a que los actuales socios de la sociedad parcialmente escindida y de la sociedad beneficiaria ostentan la misma proporción del capital social de cada una de ellas, la presente escisión parcial queda sometida al régimen simplificado previsto en el artículo 78 bis LME, aplicable por remisión del artículo 73 de la indicada Ley. En consecuencia no son necesarios los informes de los órganos de administración y del experto independiente sobre el proyecto de escisión, ni tampoco es necesario el balance de escisión. En todo caso, como consecuencia de la escisión parcial, reducirá sus fondos propios en la cuantía necesaria.

La descrita escisión parcial se lleva a cabo de acuerdo con el proyecto de escisión de fecha 15 de noviembre de 2019, formulado por el órgano de administración de la sociedad parcialmente escindida. En virtud de lo establecido en el artículo 42 LME no ha sido necesario previa publicación ni depósito del indicado proyecto, ya que el acuerdo de escisión parcial ha sido adoptado en Junta General Extraordinaria Universal de socios de ambas sociedades.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 43 y 44 de LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho de oposición que les corresponde, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Andratx, 20 de noviembre de 2019.- El Administrador de la sociedad escindida, Eusebio Muñoz López.

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