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Documento BORME-C-2010-31982

VACESCU, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 33815 a 33816 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-31982

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital y para el ejercicio del derecho de suscripción por parte de los accionistas de la sociedad, se comunica que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Vacescu, S.A. acordó, en sesión celebrada el 25 de octubre de 2010, adoptó una ampliación de capital social según las siguientes condiciones:

Primero.- Ampliar el capital social en la suma de dos millones de euros (2.000.000) emitiendo al efecto 100.000 acciones nominativas de veinte euros (20) de valor nominal cada una de ellas, enumeradas correlativamente del número cincuenta y una mil seiscientas una (51.601) a la ciento cincuenta y una mil seiscientos (151.600), ambos inclusive.

Las acciones se emitirán a la par.

Segundo.- La ampliación se efectuará mediante la emisión según las siguientes condiciones.

1.- Ejecución.

La ejecución de esta emisión se ejecutará inmediatamente sea aprobada por la Junta General de Accionistas convocada al efecto.

2.- Cuantía.

El importe de la misma será de los 2.000.000 euros mediante la emisión de 100.000 acciones nominativas de veinte euros (20) de valor nominal cada una de ellas, enumeradas correlativamente del número (51.601) a la (151.600), ambos inclusive. Las acciones se emitirán a la par.

3.- Condiciones.

a.- Las acciones serán ofrecidas a todos los accionistas de la entidad, que podrán suscribir en proporción a su participación en la compañía.

b.- El plazo para el ejercicio del señalado derecho será de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de ampliación en el ‹Boletín Oficial del Registro Mercantil›, publicación que deberá producirse como máximo antes de un mes de la aprobación de la ampliación. No obstante tendrán consideración de suscripción y desembolsos de la ampliación de capital aquellas aportaciones efectuadas con una anterioridad máxima de 2 meses a la aprobación de la presente ampliación, siempre que así se hubiera indicado en el ingreso.

c.- Las acciones deberán ser desembolsadas, en el momento de su suscripción en la cuantía del 70%, ello en la cantidad de 14 euros por acción, mediante transferencia, ingreso en metálico o mediante cheque bancario o conformado nominativo a favor de la sociedad, en la cuenta 0061.0203.54.1422630116 de la Banca March a nombre de Vacescu, S.A., o cualesquiera otras abiertas en entidades bancarias en el que se indicará el nombre del suscriptor.

d.- Si alguno de los accionistas no ejercitara su derecho de suscripción preferente en la fase anterior, la Administración de la sociedad podrá ofrecer la suscripción, durante un plazo de 1 mes desde la fecha de finalización de dicho periodo, en idénticas condiciones a las anteriores, a los accionistas que hubieren suscrito. La presente comunicación podrá efectuarse mediante comunicación escrita a cada uno de los socios que hubieren suscrito en la primera fase.

e.- Si en cualquier fase de la ampliación, el número de acciones suscritas fuere superior al número de acciones a suscribir, serán adjudicadas a los accionistas suscritores en directa proporción al número de acciones antiguas que posean. En caso de fracción de acción, ésta se adjudicará entera al accionista a quien mayor parte le corresponda.

f.- Si el aumento de capital quedara suscrito sólo en parte, se llevará a efecto únicamente en la parte que haya sido suscrito.

g.- Se delega en la Administración de la sociedad para que, de acuerdo con el resultado de la operación de aumento de capital, dé nueva redacción al artículo 5 de los estatutos sociales, relativo al capital social.

h.- El desembolso pendiente del restante plazo del 30% de valor nominal de la acción (6 euros por acción) deberá ser aportado, dentro del plazo de cinco años, en las ocasiones y condiciones que determine la Administración de la entidad.

Se hace constar el derecho que asuste a los accionistas de acurdir a la ampliación de capital en los términos indicados, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del presente anuncio, de conformidad con el artículo 305 de la LSC.

Los accionistas tiene a su disposición, en el domicilio social, el texto íntegro del acuerde de ampliación de capital social y de los términos del derecho de suscripción preferente.

Can Picafort, 26 de octubre de 2010.- Los administradores mancomunados, Antonio Aguiló Monjo y Miguel Ramis Martorell.

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