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Documento BORME-C-2020-1951

BEETRUST, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE).
PAVIMENTOS MONTERO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 2482 a 2482 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1951

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, (LME), el Administrador solidario, don Sergiy Lisunov, hace público que en la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil BEETRUST, S.L.U., celebrada el 15 de mayo de 2020 se aprobó por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada, conforme a lo previsto en el art. 49 de la LME, entre BEETRUST, S.L.U., como sociedad absorbente y PAVIMENTOS MONTERO, S.L.U., como sociedad absorbida, con disolución sin liquidación de la absorbida, y traspaso en bloque, por sucesión universal, de todos los derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello, de acuerdo con el Proyecto de Fusión presentado por el citado Administrador, (Administrador solidario de BEETRUST, S.L.U., y Administrador único de PAVIMENTOS MONTERO, S.L.U.).

Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por dichas compañías en fecha 9 de mayo de 2020. Conforme al art. 42 de la LME, al tratarse de Junta Universal y haberse adoptado el acuerdo de fusión por unanimidad, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y, tampoco el informe sobre el Proyecto de Fusión. Se han incluido en el acuerdo de fusión las menciones contenidas en el artículo 31 en relación con el artículo 49 de la LME. La aprobación del acuerdo de fusión, conforme al artículo 49 de la LME, ha sido acordada por BEETRUST, S.L.U., como sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión se encuentra, en el domicilio social de la mercantil absorbente, a disposición de los trabajadores, así como, toda aquella información y documentación que se relaciona en el artículo 39 de la LME, la cual también se podrá pedir la entrega o su envío de forma gratuita. Igualmente, se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos, con el alcance y efectos previstos legalmente, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Finestrat (Alicante), 18 de mayo de 2020.- El Administrador solidario de Beetrust, S.L.U., y Pavimentos Montero, S.L.U., Sergiy Lisunov.

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