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Documento BORME-C-2019-8943

UNIÓN SANYRES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ATIRUAL INMOBILIARIA, S.L.U.
DINMORPEA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 230, páginas 10368 a 10368 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8943

TEXTO

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales, se hace público que, con fecha 28 de junio de 2019, el socio único, directo o indirecto, de DINMORPEA, S.L.U., ATIRUAL INMOBILIARIA, S.L.U., y UNIÓN SANYRES, S.L.U., ha aprobado la Fusión inversa por Absorción, en virtud de la cual UNIÓN SANYRES, S.L.U., absorberá a ATIRUAL INMOBILIARIA, S.L.U., y a DINMORPEA, S.L.U., de acuerdo con el Proyecto común de Fusión elaborado y suscrito por los Órganos de administración de las sociedades intervinientes, así como con los Balances de fusión.

Se hace constar que, de acuerdo con los artículos 42, 49 y 52 de la Ley de Modificaciones Estructurales, ni el proyecto, ni el resto de documentos relativos a la fusión han sido publicados o depositados en el Registro Mercantil, al haber sido aprobada la fusión por el socio único, directo o indirecto, de las sociedades intervinientes.

La operación supondrá la absorción de ATIRUAL INMOBILIARIA, S.L.U., y de DINMORPEA, S.L.U., por UNIÓN SANYRES, S.L.U., con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de los derechos y obligaciones que componen su patrimonio a UNIÓN SANYRES, S.L.U., sin afectar ello, en modo alguno, ni al empleo ni a la solvencia.

La Fusión se acoge al régimen fiscal especial recogido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace a su vez constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener en el domicilio social, o de solicitar el envío gratuito, del texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, en el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio.

Madrid, 28 de noviembre de 2019.- Don Francisco Solchaga López de Silanes, Secretario no Consejero de Unión Sanyres, S.L.U., y Atirual Inmobiliaria, S.L.U. .-Doña Carolina Tardín Sánchez, Vicesecretaria no Consejera de Dinmorpea, S.L.U.

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