Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2020-6243

DELGADO LIZCANO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PREMIUM AUTOMÓVILES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 7573 a 7573 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6243

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria de socios de la sociedad absorbente Delgado Lizcano, Sociedad Limitada, y de la sociedad absorbida Premium Automóviles, Sociedad Limitada, han aprobado con fecha 30 de junio de 2020, la fusión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por Delgado Lizcano, Sociedad Limitada, de Premium Automóviles, Sociedad Limitada. La sociedad absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

El acuerdo de fusión se ha adoptado con base en el proyecto común de fusión aprobado por el administrador único de cada una de las sociedades que participan en la fusión con fecha 27 de junio de 2020.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el proyecto común de fusión y sin informe de los administradores sobre el mismo, al haberse adoptado por unanimidad por las respectivas juntas generales extraordinarias de socios de las sociedades absorbente y absorbida.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Alcázar de San Juan, 19 de octubre de 2020.- El Administrador único de Delgado Lizcano, S.L., Virgilio Delgado Muñoz.- El Administrador único de Premium Automóviles, S.L., Virgilio Delgado Muñoz.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril