Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2020-3063

ASR WIND, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAPE COAST INVESTMENTS, S.L.U.
HOPEFIELD INVESTMENTS, S.L.U.
ENERGÍAS RENOVABLES SIERRA SESNÁNDEZ, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 3884 a 3884 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3063

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de ASR Wind, S.L. ("Sociedad Absorbente"), y el Socio Único de Cape Coast Investments, S.L.U., el Socio único de Hopefield Investments, S.L.U., y el Socio único de Energías Renovables Sierra Sesnández, S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"), han decidido el día 18 de junio de 2020, aprobar por unanimidad la fusión por absorción en virtud de la cual Cape Coast Investments, S.L.U., Hopefield Investments, S.L.U., y Energías Renovables Sierra Sesnández, S.L.U., serán absorbidas por ASR Wind, S.L., con extinción y sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

La mencionada fusión ha sido aprobada de conformidad con lo previsto en el proyecto común de fusión suscrito el 30 de abril de 2020, por todos los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.

Se hace constar que al pertenecer de forma directa e indirecta a la Sociedad Absorbente la totalidad de las participaciones sociales de las Sociedades Absorbidas, la fusión se lleva a cabo sin ampliación de capital en la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME. Asimismo, resulta de aplicación el artículo 42 de la LME, que exime la publicación y depósito previo del proyecto común de fusión, teniendo en cuenta que los acuerdos han sido adoptados en junta universal y de forma unánime por los socios de la Sociedad Absorbente y por los respectivos Socios Únicos de cada una de las Sociedades Absorbidas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Madrid, 18 de junio de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente, Álvaro Sanz Carrasqueño.- En su condición de representante persona física de ASR Wind, S.L., Administrador único de todas las Sociedades Absorbidas, Carlos Tello García.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril