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Documento BORME-C-2019-7229

SERVEI D’ENSENYAMENT I ASSESSORAMENT ESPORTIU, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 8469 a 8470 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-7229

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de SERVEI D'ENSENYAMENT I ASSESSORAMENT ESPORTIU, S.A. (en adelante, indistintamente, la "Sociedad" o "SEAE"), en su reunión de fecha 28 de junio de 2019, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de aumentar el capital social de la Sociedad mediante aportaciones dinerarias cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan seguidamente:

Importe del aumento y acciones a emitir:

Aumentar el capital social en la suma de 2.267.279,10 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 128.385 acciones nominativas de 17,66 euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las acciones actualmente en circulación. Dicha ampliación de capital se efectuará mediante aportaciones dinerarias.

Asimismo, se ha acordado emitir las acciones sin prima de emisión, por lo que se emitirán por su valor nominal. Las acciones emitidas gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de SEAE actualmente en circulación.

- Se establecen 3 fases de suscripción:

Primera Fase: Plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por los actuales accionistas, a contar desde la fecha de la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. En este plazo los actuales accionistas tendrán derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean, esto es, a razón de tres acciones nuevas por cada antigua.

Segunda Fase: En el supuesto que finalizada la Primera Fase de Suscripción, quedaran acciones sobrantes, se establece un nuevo plazo de 7 días posterior a la Primera Fase en el que los actuales accionistas podrán suscribir cuantas acciones deseen de las no suscritas en el primer plazo o fase. En caso que se deseen suscribir en este plazo un número mayor de acciones que el total de acciones ofertadas, se procedería a su asignación entre los suscriptores de forma proporcional al valor nominal de las que posean.

Tercera Fase: En el supuesto que finalizada la Segunda Fase de suscripción, quedaran acciones sobrantes, se abrirá un nuevo plazo de 15 días posterior al anterior, en este plazo, cualquier interesado, incluso terceros ajenos a la sociedad, podrá suscribir nuevas acciones hasta agotar las ofertadas.

Los accionistas que ejerciten sus derechos de suscripción preferente y los nuevos inversores que suscriban acciones en el plazo otorgado al efecto de cada periodo deberán desembolsar el veinticinco por ciento del valor nominal de las acciones suscritas, en el momento de la suscripción, mediante transferencia o ingreso directo, en las cuentas bancarias que se designarán. Los desembolsos pendientes se efectuarán en cuanto a un veintidós con cinco por ciento del valor nominal de las acciones suscritas en el plazo de nueve meses a contar desde la suscripción y en cuanto al resto en el plazo de quince meses a contar desde la suscripción.

Podrá darse por concluido el Aumento de Capital de forma anticipada, en cualquier momento, siempre y cuando hubiera quedado íntegramente suscrito y desembolsado según lo antes indicado.

Por otra parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la LSC, el acuerdo de la Junta de 28 de junio de 2019, prevé expresamente la posibilidad de una suscripción incompleta de aumento de capital, de manera que si éste, dentro del correspondiente período total de suscripción (las tres fases) no fuera suscrito íntegramente, la cuantía del aumento de capital quedará limitado al valor nominal de las acciones efectivamente suscritas y desembolsadas en la cuantía antes indicada, quedando sin efecto el acuerdo de aumento de capital en cuanto al importe restante.

Se ha delegado en el Administrador Único la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto, dando nueva redacción al artículo estatutario y facultándolo para que realice todos los actos necesarios para llevar a cabo los acuerdos adoptados.

El presente anuncio sustituye al publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el pasado día 6 de agosto de 2019 en el cual se cometieron errores materiales que quedan subsanados en el presente anuncio.

Esplugues de Llobregat, 27 de septiembre de 2019.- El Administrador único, Jordi Cabanas Ferrer.

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