Content not available in English

You are in

Documento BORME-C-2020-3142

ERICSSON ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ERICSSON NETWORK SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 3972 a 3972 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3142

TEXTO

A efectos de lo previsto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el 22 de junio de 2020 el socio único de Ericsson España, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción de su entidad íntegramente participada Ericsson Network Services, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la Sociedad Absorbida en favor de la Sociedad Absorbente, con la consiguiente extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, sus derechos y obligaciones, en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades el 26 de mayo de 2020 y con referencia a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019 que se encuentran debidamente auditados.

Al ser la Sociedad Absorbente titular directa del 100% de las participaciones de la Sociedad Absorbida, resulta aplicable el procedimiento especial de fusión simplificada previsto en el apartado 1 del artículo 49 de la LME. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 49.1.4, no es preciso la aprobación de la fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida. De conformidad con lo dispuesto en el art. 42 LME, el acuerdo de fusión se adoptó sin depositar el Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil de Madrid, al haber sido acordada la fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida en ejercicio de las competencias de la Junta Universal.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión junto con los respectivos informes de auditoría, y el derecho de oposición durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de conformidad con lo establecido en los arts. 43 y 44 LME.

Madrid, 22 de junio de 2020.- La Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de Ericsson España, S.A.U., y del Consejo de Administración de Ericsson Network Services, S.L.U., María Noel Navarro Quijano.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid