Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2021-7013

SILOMAR FRIGORÍFICOS, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
SILOMAR FRIGORÍFICO INDUSTRIAL, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 8493 a 8493 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7013

TEXTO

Anuncio de Segregación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Silomar Frigoríficos, S.L. (Sociedad Segregada), y el Socio único de Silomar Frigorífico Industrial, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), constituido en Junta General Extraordinaria y Universal, han acordado, por unanimidad, en fecha 30 de septiembre de 2021, la segregación de Silomar Frigoríficos, S.L., con el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, que constituye una unidad económica autónoma dedicada a la actividad económica de "almacenamiento y conservación de toda clase de productos alimenticios por procedimientos de refrigeración y congelación", siendo Silomar Frigorífico Industrial, S.L.U., la sociedad beneficiaria de dicha segregación.

En el marco de dicha operación de segregación, Silomar Frigorífico Industrial, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), ha procedido a aumentar su capital social en el importe nominal de novecientos noventa y siete mil euros (997.000,00 €), mediante la creación de 997.000 nuevas participaciones sociales de un euro (1,00 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 3.001 a la 1.000.000, ambos inclusive, con una prima de emisión en junto de 1.599.586,80 euros, correspondiendo un valor de 1,6044 euros a cada una de las nuevas participaciones sociales creadas, como consecuencia de la incorporación del patrimonio segregado de la Sociedad Silomar Frigoríficos, S.L.

De conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la segregación de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como del Balance de segregación. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la segregación en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de segregación, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Quart de Poblet (Valencia), 30 de septiembre de 2021.- El Administrador único de Silomar Frigoríficos, S.L., y persona física representante de la propia sociedad Silomar Frigoríficos, S.L., Administradora única de Silomar Frigorífico Industrial, S.L.U., Silverio López Martínez.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid