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Documento BORME-C-2020-3074

RECICLADOS LA RED, S.L
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ECOPLASTIC AMBIENTAL S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 3895 a 3895 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3074

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de ambas sociedades, RECICLADOS LA RED, S.L., como sociedad absorbente y ECOPLASTIC AMBIENTAL, S.L.U., como sociedad absorbida, han aprobado, por unanimidad en ambos casos, en sendas Juntas Generales celebradas en la fecha del 23 de junio de 2020, la fusión por absorción de la mercantil ECOPLASTIC AMBIENTAL, S.L.U., por la mercantil RECICLADOS LA RED, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido aprobado conforme al proyecto común de fusión redactado por ambos órganos de administración de las dos mercantiles, y la fusión se realiza conforme a lo previsto en los artículos 23.2 y siguientes de L.M.E., al tratarse de una fusión por absorción de una sociedad mercantil por otra ya existente, y con las especialidades previstas en el articulo 42 al someterse a la aprobación de las Juntas Generales siendo declaradas de carácter Universal por los socios, para su aprobación por unanimidad.

La fusión se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 49 de L.M.E., no procediendo establecer tipo de canje de participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente, como tampoco produciéndose modificación estatutaria. La fusión tiene efectos contables a partir del 1 de enero de 2020.

En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión la publicación y depósito del proyecto de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la L.M.E. 3/2009, se hace constar de forma expresa, el derecho que asiste a los socios y acreedores, de las respectivas sociedades a obtener el texto integro del acuerdo adoptado y los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de que cada una de las sociedades a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del acuerdo de fusión de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de L.M.E.

Sevilla, 24 de junio de 2020.- El Administrador único de la sociedad absorbida, Carmelo Justo Luque.- La Secretaria del Consejo de Administración de la sociedad absorbente, Purificación Aguilar Pedrosa.

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