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Documento BORME-C-2020-2908

EL CORTE INGLÉS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 3657 a 3664 (8 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2020-2908

TEXTO

Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas. El Consejo de Administración de El Corte Inglés, S.A. (la "Sociedad"), en su reunión de 16 de junio de 2020, ha acordado convocar Junta General ordinaria de Accionistas que se celebrará, en primera convocatoria, en Madrid, en la calle Vitruvio, 5, el próximo día 26 de julio de 2020, a las 12:00 horas o, en caso de no reunirse quórum suficiente, el día 27 de julio a la misma hora y en el mismo lugar. Es previsible que la Junta General ordinaria se celebre en primera convocatoria, es decir, el 26 de julio de 2020. La Junta General Ordinaria de Accionistas tratará el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales, del Informe de Gestión y de la propuesta de aplicación del resultado de la Sociedad, así como de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión del Grupo Consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado a 29 de febrero de 2020, debidamente auditadas.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, del estado de Información no Financiera, correspondiente al ejercicio cerrado a 29 de febrero de 2020 y que forma parte del informe de gestión consolidado de acuerdo con la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, debidamente auditado.

Tercero.- Aprobación de la gestión del Consejo.

Cuarto.- Aprobación de la fusión por absorción entre El Corte Inglés, S.A. (como sociedad absorbente), y Sfera Joven, S.A. (como sociedad absorbida), de conformidad con el proyecto común de fusión depositado en el Registro Mercantil.

Quinto.- Ratificación de las transmisiones efectuadas de las acciones en cartera.

Sexto.- Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias y ratificación de las que se hubieran llevado a cabo durante los últimos doce meses, con arreglo a lo dispuesto en la vigente Ley de Sociedades de Capital y disposiciones complementarias.

Séptimo.- Modificación de los Estatutos Sociales. 7.1. Modificación del artículo 24. Asistencia telemática a la Junta. 7.2. Modificación del artículo 34. Fijación del número mínimo y máximo de los miembros del Consejo de Administración.

Octavo.- Nombramiento, cese y reelección de Consejeros. Fijación del número de Consejeros.

Noveno.- Aprobación de la remuneración del Consejo de Administración. Remuneración a largo plazo con entrega de acciones.

Décimo.- Reelección de Auditores.

Undécimo.- Delegación de facultades.

Duodécimo.- Ruegos y preguntas.

ESPECIALIDADES DERIVADAS DE LA SITUACION OCASIONADA POR EL COVID-19. Sin perjuicio de lo que se indica en los apartados siguientes de esta convocatoria, el Consejo de Administración ha considerado que la mejor forma de garantizar que los accionistas puedan ejercer sus derechos sin poner en riesgo su salud y la de los demás es facilitando la asistencia a la Junta General a través de medios telemáticos, conforme a lo previsto en el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, modificado a través de la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con independencia de que en la fecha de su celebración se pudieran haber levantado las restricciones a la circulación de personas derivadas de la declaración del estado de alarma decretado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En este sentido, con el objeto de evitar aglomeraciones que puedan no estar recomendadas a nivel sanitario, y evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19 y la exposición de los accionistas a dichos riesgos, la Sociedad pone a disposición de los accionistas una plataforma que permite la asistencia y voto a la Junta General por medios telemáticos. Las instrucciones de uso de la plataforma serán facilitadas a cada accionista junto con la tarjeta de asistencia. A la vista de las medidas de contención y distanciamiento introducidas a través del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Consejo de Administración ha considerado recomendable promover la utilización por parte de los accionistas de los medios telemáticos que se ponen a su disposición, sin perjuicio de que, si algún accionista lo estimara necesario, pueda acudir presencialmente a la Junta. COMPLEMENTO DE LA CONVOCATORIA. De conformidad con lo establecido en el artículo 172 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "Ley de Sociedades de Capital"), los accionistas que representen al menos el 5 por 100 del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente dirigida al Secretario del Consejo de Administración, que habrá de recibirse en el domicilio social, Calle Hermosilla, 112, 28009 Madrid, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA. El Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 203.1 de la Ley de Sociedades de Capital, ha requerido la presencia de Notario en la Junta General para que levante el acta de la reunión. DERECHO DE INFORMACIÓN. A partir de la convocatoria de la Junta General, los accionistas pueden obtener en la Secretaría de la Sociedad cuanta información precisen sobre los asuntos sometidos a aprobación en la misma. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria, los accionistas podrán obtener, de forma inmediata y gratuita, las cuentas Anuales Individuales y del Grupo Consolidado que han de ser sometidas a la aprobación de la Junta General, así como los Informes de Gestión individual y consolidado, los informes del auditor de cuentas sobre las indicadas Cuentas Anuales Individuales y del Grupo Consolidado, y el Informe no Financiero, correspondientes al ejercicio cerrado a 28 de febrero de 2019. Adicionalmente, conforme al artículo 40.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en relación con la fusión que será sometida a la aprobación de la Junta General de la Sociedad, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales, así como a los representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social, así como a obtener la entrega o envío gratuitos, del texto íntegro de los siguientes documentos: (i) El proyecto común de fusión por absorción entre la Sociedad "El Corte Inglés, S.A." (la "Sociedad Absorbente") y la Sociedad "Sfera Joven, S.A., Sociedad Unipersonal" (la "Sociedad Absorbida"). (ii) Las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, así como los correspondientes informes de los auditores. (iii) Los balances de fusión cerrados a 29 de febrero de 2020 junto con los correspondientes informes de auditoría. (iv) Los Estatutos Sociales vigentes de las sociedades participantes en la fusión. (v) La identidad de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y la fecha desde la que desempeñan sus cargos. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hacen constar las menciones mínimas del proyecto común de fusión mencionado: Sociedad Absorbente: "El Corte Inglés, S.A.", con domicilio social en Madrid, calle Hermosilla, 112. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 519, Folio 1, Hoja M-9.880, y provista de CIF número A-28017895. Sociedad Absorbida: "Sfera Joven, S.A., Sociedad Unipersonal", con domicilio social en Madrid, calle Hermosilla, 112. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 16.668, Folio 40, Hoja M-284.400, y provista de CIF número A-83036137. No existen aportaciones de industria ni prestaciones accesorias en la Sociedad Absorbida. Asimismo, no se otorgarán compensaciones a favor de los accionistas de la Sociedad Absorbente. No existen en las sociedades participantes en la fusión, ni está previsto que existan en la Sociedad Absorbente, acciones de clases especiales, ni titulares de acciones con derechos especiales o tenedores de títulos distintos a los representativos del capital. Por lo tanto, como consecuencia de la fusión descrita no se otorgarán derechos especiales en la Sociedad Absorbente a accionista alguno ni a titulares de derechos especiales distintos de las acciones ni se les ofrecerá ningún tipo de opción. En la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, no es necesario que los administradores de las Sociedades que participan en la fusión soliciten al Registrador Mercantil el nombramiento de un experto independiente para que emita un informe sobre el proyecto común de fusión. Por otro lado, no se concederán ningún tipo de ventajas, como consecuencia de la operación de fusión objeto del proyecto común de fusión, a los administradores de la Sociedad Absorbente o de la Sociedad Absorbida. Los balances de fusión de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida son de fecha 29 de febrero de 2020. Las operaciones realizadas por la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad absorbente a partir del 1 de marzo de 2020. La Sociedad Absorbente no tiene previsto modificar sus Estatutos Sociales como consecuencia de la fusión, sin perjuicio de las modificaciones estatutarias que se proponen como punto Séptimo del orden del día de la Junta General. No se prevé que la operación de fusión vaya a tener consecuencias significativas sobre el empleo, ya que se llevará a cabo con respeto a la situación laboral actual de los trabajadores de la Sociedad Absorbida, no causará impacto de género en el Órgano de Administración de la Sociedad Absorbente, ni incidirá en la responsabilidad social de las sociedades participantes en la fusión. La fusión proyectada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 89 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, se realizará al amparo del "Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social" establecido en el Capítulo VII del Título VII de dicha norma. Asimismo, de conformidad con el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y del informe sobre las mismas, así como pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos. A efectos de solicitar cualquier información, entrega o envío de documentación sobre la que se ha hecho referencia anteriormente, los accionistas deberán dirigirse a la Secretaría del Consejo, sito en la sede social de la Sociedad, en Madrid, calle Hermosilla, 112, 5.ª planta, teléfono 91-309.72.41. DERECHO DE ASISTENCIA. Se expedirá y remitirá a los accionistas una tarjeta nominativa de asistencia, que el accionista, en caso de asistir presencialmente, deberá presentar a la entrada del lugar de celebración de la Junta General, junto con su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, a los efectos de acreditar su identidad. Los accionistas que deseen asistir por medios telemáticos a la Junta deberán seguir las indicaciones que posteriormente se establecen. DERECHO DE REPRESENTACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos de la Sociedad, los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por medio de otro accionista (a excepción de los accionistas no residentes en España que sean titulares de acciones representativas de al menos el 10 por ciento del capital social, que podrán hacerse representar por una persona que no tenga la condición de accionista). Los accionistas podrán delegar su representación por escrito, cumplimentando el apartado "Delegación" que figura impreso en la tarjeta nominativa de asistencia, o bien conferir dicha representación por medios de comunicación a distancia en los términos descritos en la presente convocatoria. El documento acreditativo de la representación deberá remitirse al Secretario del Consejo de Administración, o presentarse por el accionista representante en el momento de acceder al lugar donde se celebre la Junta. Ningún accionista podrá ser representado por más de un representante. El representante podrá tener la representación de más de un accionista y emitir votos de sentido distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista representado. En los documentos o, en su caso, plataforma donde consten las representaciones para la Junta General se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que, de no impartirse instrucciones expresas, el representante votará a favor de las propuestas de acuerdo que los administradores sometan a la consideración de la Junta General sobre los asuntos incluidos en el Orden del día. En el supuesto de que pudiera ser sometido a votación en la Junta cualquier asunto que no figurase en el orden del día, del que no se dispusiera de toda la información, o que fuera ignorado en la fecha de la delegación, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime oportuno según su leal saber y entender, atendiendo al interés de la Sociedad y de su representado. La representación es revocable. La asistencia personal a la Junta General del accionista representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada. Asimismo, quedará sin efecto la delegación en caso de enajenación de las acciones y perdida de condición de accionista con anterioridad a la celebración de la Junta General de que tuviera conocimiento la Sociedad. ASISTENCIA TELEMÁTICA, OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN Y EMISIÓN DE VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA. El Consejo de Administración, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, modificado a través de la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha establecido las siguientes reglas, medios y procedimientos para la asistencia telemática, el otorgamiento de representación y el ejercicio del derecho de voto por medios de comunicación a distancia. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de sus credenciales para asistir telemáticamente, votar o delegar mediante comunicación electrónica. A. Asistencia telemática. Los accionistas podrán ejercer su derecho de asistencia a la Junta General por medios telemáticos. A.1. Identificación previa. Para garantizar la identidad de los asistentes, los accionistas que deseen asistir por medios telemáticos a la Junta General, o sus representantes, deberán identificarse previamente en la plataforma habilitada al efecto, haciendo uso de las credenciales habilitadas para cada accionista. La Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición de accionistas y garantizar la autenticidad del voto, de la delegación o de la asistencia telemática. La asistencia telemática del accionista estará sujeta a la comprobación de la condición de titular de acciones inscritas en el correspondiente registro con cinco días de antelación a la fecha prevista para la celebración de la Junta General. Los accionistas que pierdan tal condición no podrán acceder por vía telemática a la celebración de la Junta General. En caso de divergencia entre el número de acciones comunicado por el accionista que asista y emita su voto a distancia y el que conste en el registro contable antes indicado, se considerará válido, a los efectos del quórum de constitución y votación, el número de acciones que conste en dicho registro. A.2. Intervenciones y preguntas. El accionista deberá enviar anticipadamente las intervenciones o preguntas que desee formular. Las preguntas, aclaraciones e intervenciones estarán sujetas a lo previsto en la Ley. Para ello: (i) Si algún accionista desea hacer uso de su derecho de intervención, podrá hacerlo enviando la intervención a través de la plataforma habilitada al efecto, desde el día 19 de julio a las 12h, hasta veinticuatro horas (24h) antes de la hora de celebración de la Junta General. En caso de que el accionista desee que su intervención conste literalmente en el acta, deberá indicarlo expresamente al comienzo del escrito. (ii) Si algún accionista desea solicitar alguna aclaración, o hacer uso del derecho de ruegos y preguntas durante el desarrollo de la Junta General, deberá ponerlo de manifiesto a través de la plataforma. Las solicitudes de informaciones o aclaraciones de los accionistas o sus representantes que asistan telemáticamente podrán ser contestadas durante la Junta General o, si el derecho del accionista no se pudiera satisfacer en ese momento, por escrito dentro de los siete días siguientes a su celebración. A.3. Asistencia el día de la Junta General. El accionista podrá conectarse, mediante su previa identificación en la plataforma, hasta las 12h del día de la Junta General. Con posterioridad a dicha hora no se admitirá ninguna conexión para el ejercicio del derecho de asistencia telemática. No serán considerados asistentes, ni tenidas en consideración las intervenciones y preguntas realizadas durante el registro por los accionistas registrados como asistentes telemáticos pero que no se conecten el día de la Junta conforme se prevé en este apartado. B. Representación mediante sistemas de comunicación electrónicos. Los accionistas podrán otorgar su representación para la Junta General mediante comunicación electrónica, a través de la plataforma habilitada al efecto. La representación conferida deberá recibirse por la Sociedad a través de la plataforma con 24h de antelación a la hora prevista para la celebración de la Junta General en primera convocatoria. En caso contrario, la representación se tendrá por no otorgada mediante comunicación electrónica. El otorgamiento de representación mediante comunicación a distancia se emitirá haciendo uso de las correspondientes credenciales habilitadas para cada accionista. En el supuesto de que pudiera ser sometido a votación en la Junta cualquier asunto que no figurase en el orden del día, del que no se dispusiera de toda la información, o que fuera ignorado en la fecha de la delegación mediante sistemas de comunicación electrónica, el representante deberá emitir el voto en el sentido que estime oportuno según su leal saber y entender, atendiendo al interés de la Sociedad y de su representado. La representación otorgada mediante sistemas de comunicación electrónica es revocable. La asistencia a la Junta General del accionista representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada mediante sistemas de comunicación electrónica. Asimismo, quedará sin efecto la delegación en caso de enajenación de las acciones y perdida de condición de accionista con anterioridad a la celebración de la Junta General de que tuviera conocimiento la Sociedad. C. Voto por medios de comunicación electrónicos. Los accionistas que asistan por medios telemáticos a la Junta General podrán emitir su voto a través de la plataforma habilitada, cumplimentando el correspondiente formulario de voto durante la celebración de la Junta General, desde el momento de comienzo de la Junta General, hasta el momento en que así lo indique la Presidencia de la Junta General o, en su lugar, el Secretario. Se entenderá que votan a favor de las propuestas de acuerdo realizadas por los administradores, los accionistas, presentes o representados, que no emitan su voto a través del formulario de voto en el momento señalado al efecto. El voto emitido a través de medios de comunicación electrónicos hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. D. Incidencias técnicas. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia telemática, de otorgamiento de representación y voto electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo requieran o demanden. La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que, en su caso, pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos de conexión, o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de asistencia telemática, voto y delegación mediante comunicación a distancia. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a El Corte Inglés, S.A., para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General, así como para el cumplimiento de cuantas otras obligaciones legales se deriven de la convocatoria o celebración de la Junta General, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la Junta General (incluyendo, sin limitación, la convocatoria y celebración de la Junta General y su difusión). Asimismo, se podrán ceder a terceros en ejercicio del derecho de información que recoge la ley. Asimismo, cumplimos con informarle de que sus datos serán completados en la Junta General de Accionistas con su asistencia y ejercicio de derecho de voto en la Junta. Les informamos que dichos datos forman parte de un fichero titularidad de El Corte Inglés, S.A., para la gestión de los intereses de los accionistas. Vd. podrá ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación u oposición en la siguiente dirección: c/ Hermosilla, 112 - 28009. En caso de que en la tarjeta de asistencia se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá contar con el consentimiento de estas personas para la cesión de los datos personales a El Corte Inglés, S.A., e informarles de los extremos indicados en esta convocatoria en relación con el tratamiento de datos de carácter personal. Los accionistas deberán informar a sus representantes de los extremos contenidos en los párrafos anteriores, garantizando que cuentan con su consentimiento. Asimismo, deberán cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos de carácter personal a El Corte Inglés, S.A., sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o consentimiento.

Madrid, 23 de junio de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración, José Ramón de Hoces Íñiguez.

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