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Documento BORME-C-2019-7385

ERSHIP, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SILOS DE TARRAGONA, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 195, páginas 8650 a 8650 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7385

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que los Accionistas únicos de "Ership, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Silos de Tarragona, Sociedad Anónima Unipersonal", han acordado, en fecha uno de octubre de 2019, la fusión de las mencionadas sociedades mediante la absorción por "Ership, Sociedad Anónima Unipersonal" de "Silos de Tarragona, Sociedad Anónima Unipersonal", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su respectivo patrimonio a la sociedad absorbente; todo ello de conformidad y con aprobación del proyecto de fusión suscrito el 28 de junio de 2019 por los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes.

La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2019, siendo los balances de fusión los cerrados el 31 de diciembre de 2018, aprobados igualmente por los Accionistas Únicos de las respectivas sociedades y verificados ambos por los auditores de cuentas de cada sociedad.

Como la sociedad absorbente es titular de todas las acciones de la absorbida, no procede ampliar el capital social de la primera.

No existen en las sociedades fusionadas acciones de clases especiales, opciones o títulos distintos de los representativos del capital social. Por consiguiente, a raíz de la fusión no surgen en la sociedad absorbente, ni acciones de clases especiales, ni derechos especiales distintos de aquellas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de fusión. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 1 de octubre de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración de "Ership, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Silos de Tarragona, Sociedad Anónima Unipersonal", José Alberto Gibaja Sánchez.

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