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Documento BORME-C-2019-7357

NATURGY RENOVABLES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOCIEDAD DE TRATAMIENTO LA ANDAYA, S.L. (EN LIQUIDACIÓN)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 8614 a 8614 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7357

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones concordantes, se hace público que, con fecha 26 de septiembre de 2019, el socio único de "Naturgy Renovables, S.L.U." (Sociedad Absorbente), titular de forma directa de la totalidad del capital social de "Sociedad de Tratamiento La Andaya, S.L., en liquidación" (Sociedad Absorbida), ha decidido aprobar la fusión por absorción de "Sociedad de Tratamiento La Andaya, S.L., en liquidación" (Sociedad Absorbida), por la Sociedad "Naturgy Renovables, S.L.U.". La fusión implicará la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de "Naturgy Renovables, S.L.U." (Sociedad Absorbente), que adquirirá tal patrimonio por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que se extingue con motivo de la fusión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la Sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de cada una de las sociedades que participan en la fusión.

Asimismo, tal y como establece el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas Generales de las sociedades que intervienen en la fusión. Durante este plazo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse en los términos citados en el artículo 44 de la citada Ley.

Madrid, 26 de septiembre de 2019.- El Administrador solidario de la sociedad absorbente, Jesús San Emeterio Simón.-Por la sociedad absorbida, el Liquidador único, "Guillen Becares, S.L.P.", representada por don Enrique Fort Laborda.

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