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Documento BORME-C-2019-7270

AURA STAFFING ESPAÑA E.T.T., S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
WORKSUR EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 8515 a 8515 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7270

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantil (en adelante LME), se anuncia que los Socios Únicos, constituidos en Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de "AURA STAFFING ESPAÑA E.T.T., S.L.U.", y de "WORKSUR EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U.", acordaron el pasado día 25 de septiembre de 2019, por unanimidad, la fusión mediante la cual "AURA STAFFING ESPAÑA E.T.T., S.L.U.," absorberá a "WORKSUR EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.U.", teniendo en cuenta que la Sociedad Absorbida está participada al cien por cien (100%) por la Sociedad Absorbente, con la consiguiente extinción de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquella. La fusión se acordó sobre la base del Proyecto Común de Fusión, redactado y suscrito por los Administradores de la sociedades intervinientes con fecha 23 de septiembre de 2019, que contiene el listado de elementos del activo y pasivo que componen el patrimonio de las sociedades Absorbente y Absorbida.

La presente operación de fusión se halla enmarcada dentro del régimen establecido en los artículos 42 y 49 de la LME.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y del balance de la fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las entidades participantes en la fusión, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la fusión planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 26 de septiembre de 2019.- (i) Representante persona física de Aura Staffing España E.T.T., S.L.U., Administrador único de Worksur Empresa de Trabajo Temporal, S.L.U., y (ii) Administrador único de Aura Staffing España E.T.T., S.L.U., Javier Conde González.

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