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Documento BOE-B-2022-39505

Extracto de la Resolución de 15 de diciembre de 2022 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convoca la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 17 de diciembre de 2022, páginas 60941 a 60943 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2022-39505

TEXTO

BDNS(Identif.):664229

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/664229)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con residencia en España, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o establecimientos en el extranjero facilitadas por las empresas españolas en el seno del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y que reúnan los siguientes requisitos:

a. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y ser residentes en España.

b. Edad: 18-30 años en el momento de la solicitud de la ayuda.

c. Estar en posesión de una titulación universitaria de grado y/o de máster, o de formación profesional media o superior.

d. No incurrir en los supuestos de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e. No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad de otros programas de becas de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

f. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la subvención en el país de destino.

g. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni con ICEX, y en particular, no tener pendientes obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de estos fondos en los Presupuestos Generales del Estado.

h. Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

i. No tener antecedentes penales ni condena en firme.

j. No haber tenido ningún vínculo laboral previo con la empresa en la que se realizará la práctica formativa.

k. Haber aceptado una oferta de prácticas formativas no laborales de una empresa participante en el Proyecto ICEX Vives.

Segundo. Objeto.

1. Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión, mediante régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones destinadas a personas físicas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con residencia en España, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o establecimientos en el extranjero facilitadas por las empresas españolas en el seno del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. La finalidad última del Proyecto ICEX Vives es incrementar el número de profesionales con formación y capacitación en internacionalización contribuyendo así a la mejora de la competitividad y productividad de las empresas españolas internacionalizadas.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" con fecha 8 de agosto de 2022, y modificada por la Orden ICT/1193/2022, de 30 de noviembre, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" con fecha 3 de diciembre de 2022.

Cuarto. Importe.

La cuantía total máxima de la convocatoria asciende a 15.000.000 de euros, partida que está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.

El agotamiento del crédito presupuestario con anterioridad a que termine el plazo de la convocatoria provocará su finalización anticipada.

No obstante, la cuantía total máxima fijada en la presente convocatoria podrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles, sin necesidad de una nueva convocatoria, en virtud de lo establecido en artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

Las dotaciones brutas individuales anuales por beneficiario, reflejadas en el cuadro recogido en la convocatoria, son una estimación a modo de referencia sujeta a eventuales alteraciones y actualizaciones en el futuro, y dependerán de la Oficina de destino, abarcando desde los 21.700 euros hasta los 50.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero del 2023 hasta el agotamiento del crédito presupuestario de esta convocatoria. En todo caso, las prácticas formativas deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024, por lo que se rechazarán las solicitudes en las que la fecha de finalización de la práctica sea posterior al 31 de diciembre de 2024.

Madrid, 15 de diciembre de 2022.- La Presidenta de ICEX España Exportaciones e Inversiones, E.P.E., P.D. (Resolución de 7 de octubre de 2019, "Boletín Oficial del Estado" núm. 252, de 19 de octubre de 2019), la Consejera Delegada de ICEX España Exportaciones e Inversiones, E.P.E., María Peña Mateos.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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