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Documento BOE-B-2022-32084

Extracto de la Resolución 18 de octubre de 2022 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para el fomento de actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas correspondiente al año 2022 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 2022, páginas 49455 a 49457 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2022-32084

TEXTO

BDNS(Identif.):653621

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/653621)

Primero.- Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades incluidas en el artículo 2.1 de la convocatoria que cumplan asimismo los requisitos establecidos en la orden de bases:

a.      Ayuntamientos de capitales de provincia y ayuntamientos de municipios con una población de más de 50.000 habitantes conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2021, excepto los que hayan recibido una ayuda en la misma convocatoria del año 2021. La información sobre el Padrón municipal se puede consultar en la página web del Instituto Nacional de Estadística, www.ine.es.

b.     Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Podrán asimismo obtener la condición de beneficiarias las entidades incluidas en el artículo 2.2, siempre y cuando se integren en agrupaciones junto con al menos un beneficiario del apartado 1, que deberá en todos los casos actuar como representante de la agrupación:

a.      Ayuntamientos de municipios con una población de más de 20.000 habitantes conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2021.

b.     Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.

c.      Organismos públicos de investigación sin ánimo de lucro de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

d.     Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

e.      Centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo lucro de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

f.      Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i en cuyos estatutos o en su normativa de aplicación se regule expresamente la I+D+i como actividad principal.

En el supuesto de agrupaciones, deberán cumplir las condiciones del artículo 2.3 de la Orden TED/1018/2021, de 20 de septiembre. Para todos los casos, los municipios que integren las agrupaciones deben ser limítrofes y participar de un proyecto común. Para esta convocatoria el número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro.

Segundo.- Objeto.

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de actividades que contribuyan a la renaturalización urbana, impulsando la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación y la adaptación al cambio global y de mejorar la habitabilidad de los entornos urbanos.

Los proyectos abordarán de forma integral los objetivos del punto anterior y sus resultados deberán ser por sí mismos perdurables en el tiempo, contribuyendo a generar un impacto socioeconómico positivo e integrando la igualdad de género y de oportunidades de forma transversal.

La convocatoria se enmarca en la inversión 3 (I3) denominada "restauración de ecosistemas naturales y fomento de la conectividad e iniciativas en entornos urbanos destinadas a su reverdecimiento y acercamiento de la naturaleza" del componente 4 "conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y apoyará la consecución del objetivo de "restauración de al menos 30.000 hectáreas de ecosistemas naturales" de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID), de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden TED/1018/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto.- Dotación.

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 62.000.000,00 euros. El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 4.000.000,00 euros. El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud de ayuda será de al menos 2.000.000,00 euros.

Quinta.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo máximo de presentación de solicitudes será el 22 de diciembre de 2022.

Sexto.- Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es.

Madrid, 18 de octubre de 2022.- La Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., Elena Pita Domínguez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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