Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-24976

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2021, páginas 32369 a 32370 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-24976

TEXTO

Edicto.

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil, n.º 3, de Pontevedra, con sede en Vigo,

Hago saber: Que en la Seccion I Declaración Concurso 57/2021, seguido en este Juzgado, y Nig 36038 47 1 2021 0300231, se ha dictado con fecha Auto 72/21, de 26 de abril de 2021, acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso consecutivo voluntario abreviado de la deudora doña Liliana del Carmen Tunzi Gómez, con DNI n.º 54.382.206-V, con domicilio en calle Extremadura, 45, 2.º-E, CP 36206 de Vigo (Pontevedra).

2.º Concluir el mencionado concurso por insuficiencia de masa activa, al apreciar S.Sª. de manera evidente que el patrimonio del concursado no será presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa del procedimiento ni ser previsible el ejercicio de acción de reintegración, de impugnación o de responsabilidad de terceros, conforme a lo previsto en el artículo 176 bis.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC), añadido por la Ley 38/2011, de 10 de octubre.

3.º La administración concursal estará integrada por el economista don Juan José Santamaría Conde, con DNI n.º 35.972.473-J, domicilio profesional en c/ Rosalía de Castro, 38, 2.º-A, CP 36201 de Vigo (Pontevedra), con teléfono 986436172/608885585 y con la dirección de correo electrónica: jjsanta@icavigo.org.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 252, 253 y 254 del Trlc.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

6.º De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es.

Vigo, 26 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid