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Documento BOE-B-2020-44715

Extracto de la Resolución de 24 de noviembre de 2020, de la Dirección General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT), por la que se publica la Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de noviembre de 2020, páginas 59111 a 59112 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2020-44715

TEXTO

BDNS(Identif.):535611

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/535611)

Primero.- Objeto:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas para la financiación de acciones de fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:

1. Cultura científica, tecnológica y de la innovación.

2. Educación y vocaciones científicas.

3. Ciencia Ciudadana.

4. Redes de comunicación y divulgación de la ciencia y la innovación.

5. Fomento del pensamiento crítico.

Segundo.- Solicitantes y beneficiarios:

Podrá ser solicitante y beneficiaria de las ayudas, las entidades indicadas en el artículo 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España.

Tercero.- Presupuesto de la convocatoria:

El importe global máximo que, con carácter estimativo, se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la convocatoria es de 3.940.000 euros, con cargo al presupuesto 2020 del Programa de Cultura Científica y de la Innovación de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P (FECYT). La concesión de ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

Cuarto.- Dotación presupuestaria máxima:

Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del sesenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite de 150.000 euros por solicitud presentada.

Quinto.- Plazo:

El plazo para elevar a definitiva una solicitud en el sistema telemático de participación finalizará el 26 de enero de 2021 a las 13:00 horas (hora peninsular española). Solo se entenderá debidamente presentada aquella solicitud que, tras ser elevada a definitiva, haya sido firmada electrónicamente por parte de el/los representante/s legal/es de la/s entidad/es solicitante/s antes de las 13:00 horas (hora peninsular española) del 27 de enero de 2021.

Sexto.- Órgano de resolución:

El Patronato de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), u órgano en quien delegue, previa autorización del órgano competente del Ministerio de Ciencia e Innovación, conforme a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimosexta, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 24 de noviembre de 2020.- Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT), Cecilia Cabello Valdés.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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