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Documento BOE-B-2020-36828

RESOLUCIÓN EMC/ /2020, de 14 de octubre de la Generalitat de Catalunya, del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial i Seguridad Minera, por la que se concede a Edistribución Redes Digitales, S.L.U., la declaración en concreto de utilidad pública del centro de maniobra P.A. Horta situado en la calle Francesc de Bolòs, 20-24, local 2, Barcelona (Expediente: 2020/1445).

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de octubre de 2020, páginas 49017 a 49018 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2020-36828

TEXTO

La empresa Edistribución Redes Digitales, S.L.U., con domicilio social en Ribera del Loira 60 de Madrid, ha solicitado ante la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera del Departamento de Empresa y Conocimiento la declaración de utilidad pública del centro de maniobra indicado. Esta instalación dispone de una legalización inicial del año 1967. Posteriormente se procedió a la reforma tecnológica de este centro para una tensión de 11 kV, la cual tiene acta de puesta en servicio de 22 de octubre de 2014.

De conformidad con el artículo 7 del Decreto 328/2001, de 4 de diciembre, por el que se establece el procedimiento aplicable para el reconocimiento periódico de las instalaciones de producción, transformación, transporte y distribución de energía eléctrica, esta instalación cuenta con el certificado de reconocimiento periódico, siendo la última expedición de 18 de abril de 2012, con las siguientes características técnicas: Tensión de la línea de entrada: 11 kV; Numero de celdas AT: 13; Superficie: 76,36 m2.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 144 y 146.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y de conformidad con lo establecido en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, de Sector Eléctrico, la solicitud se sometió a información pública mediante el Anuncio publicado en DOGC nº 8219, de 7.9.2020, en el BOE nº 208, de 1 de agosto de 2020, en el periódico ARA de 31 de julio de 2020 y en el periódico El Punt Avui de 31 de julio de 2020; se envió la correspondiente separata y se solicitó informe al Ayuntamiento de Barcelona, que emitió un informe favorable, ya que la instalación no afecta a ningún espacio público de la ciudad, sin condiciones adicionales a las que pudieran derivarse de la aplicación de otras autorizaciones o licencias vigentes de competencia municipal; también se ha expuesto el Anuncio en el tablón del Ayuntamiento por un plazo de 30 días sin que se haya recibido alegación alguna.

Siendo el único titular afectado RENTA CORPORACION REAL STATE, S.A., se le envió la correspondiente separata, a la que no ha presentado ninguna alegación.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Resuelvo:

Declarar la utilidad pública en concreto del centro de maniobra P.A. Horta situado en la calle Francesc de Bolòs, 20-24, local 2 de Barcelona, a favor de Redes Digitales, S.L.U., en los términos establecidos en la autorización inicial de ésta en 1967 y la posterior reforma tecnológica para una tensión de 11 kV y 13 celdas de AT, con acta de puesta en servicio de 22 de octubre de 2014; y acta de inspección periódica de 18 de abril de 2012. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectado a los efectos previstos por el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Director General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Barcelona, 14 de octubre de 2020.- Jefe de la Sección de Transporte y Distribución, Xavier Borras Freixas.

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