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Documento BOE-B-2020-30098

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural por la que se aprueba dar publicidad a la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Indicación Geográfica Protegida "Alcachofa de Tudela" e iniciar el procedimiento nacional de oposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 16 de septiembre de 2020, páginas 40328 a 40329 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-B-2020-30098

TEXTO

Con fecha 4 de marzo de 2020, el Consejo Regulador de la Indicación Geográfica "Alcachofa de Tudela", como entidad de gestión de la IGP, presentó una solicitud de modificación, de su Pliego de Condiciones ante el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra. Junto con la solicitud de modificación se aportó el nuevo pliego de condiciones y la documentación necesaria para su tramitación de conformidad con el Reglamento (UE) 1151/2012 de Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

El artículo 8 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, modificado por el Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, establece que al objeto de dar publicidad a la resolución de la solicitud e iniciar el procedimiento nacional de oposición, se publicará dicha resolución en el Boletín Oficial del Estado por parte de la autoridad competente.

La zona geográfica delimitada para la producción de alcachofas amparadas por la IGP "Alcachofa de Tudela", se circunscribe al ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, correspondiendo, por tanto, al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente la competencia para dictar la presente resolución.

Una vez examinada la solicitud de modificación así como la documentación presentada, y realizadas las comprobaciones a que se refiere el artículo 53 del Reglamento (UE) 1151/2012, procede continuar con el proceso de tramitación y dar publicidad a la misma.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1º. Hacer pública la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la IGP "Alcachofa de Tudela", una vez comprobado que se cumplen los requisitos del Reglamento una vez comprobado que se cumplen los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

2º. De acuerdo con el artículo 8.6. del Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, se establece un plazo de dos meses a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución, para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legamente en España, cuyos legítimos derechos o intereses, considere afectados, pueda oponerse, mediante la correspondiente declaración motivada, dirigida a la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.

3º. El pliego de condiciones y el documento único del producto y la solicitud de modificación debidamente cumplimentada se han publicado en la siguiente dirección web:

https://www.navarra.es/home_es/Temas/Ambito+rural/Agroalimentacion/Indicaciones+Geograficas+Protegidas.htm

4º. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

5º. Notificar la presente Resolución al Consejo Regulador de la IGP Alcachofa de Tudela, y al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos oportunos.

6º. Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 8 de septiembre de 2020.- El Director General de Desarrollo Rural, Fernando Santafé Aranda.

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