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Documento BOE-B-2020-22812

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 20 de julio de 2020, páginas 30378 a 30378 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-22812

TEXTO

EDICTO

Doña María del Mar Garcerán Donate, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Murcia con el nº 1059/2019 y NIG nº 30030 42 1 2019 0017968, se ha dictado en fecha 4 de marzo de 2020 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Vanesa Naranjo López, con DNI 23025604M, cuyo domicilio lo tiene en la calle Mayor, 101, 1º B La Alberca, Murcia.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición del deudor queden suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado como Administración concursal a D. Francisco Blázquez Ramos, con domicilio postal en avenida Teniente Montesinos 10, 5º C, Torre Godoy, CP 30100 Espinardo, Murcia, teléfono 968225298 y dirección electrónica jf.blazquez@blazquezasociados.com, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de Registro de la Ciudad de la Justicia.

5º.- La concursada ha solicitado la liquidación. Habiendo presentado la Administración concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es

Murcia, 15 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María del Mar Garcerán Donate.

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