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Documento BOE-B-2020-19514

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 30 de junio de 2020, páginas 26204 a 26204 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-19514

TEXTO

EDICTO

Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 2 de Alicante, por el presente,

HAGO SABER:

Que en el procedimiento CONCURSO ABREVIADO)(CNA) 000462/2012 K sobre declaración de concurso de la mercantil SERVICIOS INTEGRALES DE MAQUINARIA ENOLÓGICA, S.L., con domicilio en carretera Nacional n° 340, kilómetro 805,7, MURO DE ALCOY (ALICANTE), y CIF B54124938, se ha dictado Auto de fecha 03/03/20, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

"Acuerdo:

1.- Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 30 de septiembre de 2013.

2.- Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertaran con la mayor urgencia en el Registro Publico Concursal, en el BOE y en el tablón de Anuncios de este tribunal.

3.- Expedir, en virtud de lo dispuesto en el articulo 24 de la Ley Concursal, los despachos siguientes:

- 1°.- Registro Mercantil de Alicante, para constancia en la inscripción correspondiente al concursado significándole que remita las certificaciones correspondientes a los registros de bienes en los que el concursado tiene registrados sus bienes como ya se efectuó con la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del Reglamento del registro Mercantil.

4.- Entregar los despachos expedidos al efecto a la Procuradora, señora Pilar Fuente Tomás, a los fines de que se encargue de su diligenciado y gestión.

5.- Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el articulo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el tramite de los incidentes concursales.

MODO DE IMPUGNACION: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Tribunal."

Alicante, 3 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

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