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Documento BOE-B-2019-7130

DÉNIA

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2019, páginas 9054 a 9055 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-7130

TEXTO

D./Dña. Dunia Maria Valero Morant, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia n.º4 Denia, de conformidad con lo previsto en los artículos 70 y SS de la LJV, por el presente Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Jurisdicción voluntaria. General 1390/2018 sobre declaración de fallecimiento, habiéndose dictado en fecha 23 de enero de 2019 Diligencia de Ordenación cuyo contenido es del siguiente tenor literal:

DILIGENCIA DE ORDENACION

Letrado A. Justicia Sr./a: Dunia María Valero Morant.

En Dénia, a 21 de enero de 2019.

El anterior, escrito de demanda sobre solicitud de DECLARACION DE FALLECIMIENTO en relación a D. Daniel Gerard Pierre Jansoone presentada por el Procurador Sr. don Agustín Martí Palazón, en nombre y representación de don John Ghislain M Jansoone, regístrese, y formese la oportuna pieza de autos.

Se admite a trámite dicha solicitud, la cual se sustanciará conforme a lo dispuesto en el artículo 70 y SS de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria.

Se señala, para que tenga lugar la comparecencia prevista en el art. 18 de la LJV el día 6 de marzo del 2019 a las trece horas, en la sala de audiencia núm. 2 sita en la planta baja del edificio, debiéndose citar al solicitante y al Ministerio fiscal, así como a los parientes indicados en la solicitud Inicial y a quienes consten en el expediente como interesados.

Si sólo hubiera que oír al Ministerio Fiscal y no fuera necesaria la realización de prueba, éste emitirá su informe por escrito en el plazo de diez días.

Los interesados serán citados a la comparecencia con al menos, quince días de antelación a su celebración, avisándoles de que deberán acudir a aquélla con los medios de prueba de que intenten valerse. La citación se practicará en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil, con entrega de la copia de la resolución, de la solicitud y de los documentos que la acompañen.

Si alguno de los interesados fuera a formular oposición, deberá hacerlo en los 5 días siguientes a su citación, y no se hará contencioso el expediente, ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea. Del escrito de oposición se dará traslado a la parte solicitante inmediatamente.

Se ordenara publicar dos veces la resolución de admisión mediante edictos, con intervalo mínimo de ocho días, en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el tablón del Ayuntamiento de la localidad en la que el ausente hubiere tenido su último domicilio. En el edicto se hará constar que podrá intervenir en la comparecencia cualquiera que pudiera tener interés en la declaración de ausencia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Letrado A. Justicia que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de publicación conforme lo establecido en el art. 70.2 de LJV, extiendo el presente.

Denia, 23 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Dunia María Valero Morant.

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