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Documento BOE-B-2019-44430

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 21 de octubre de 2019, páginas 57021 a 57021 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-44430

TEXTO

Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma De Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en la Sección 1 de Declaración de Concurso nº 0000660 /2019 seguido en este órgano judicial se ha dictado, en fecha de 30 de julio de 2019, auto de declaración de concurso de Hundredrooms, S.L., con CIF B57846305, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle San Miguel nº 55, bajo, 07002 Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado como Administración concursal a don Gabriel Antonio Le-Senne Presedo, con dirección en Vía Roma nº 5, Principal 1º (07012 Palma de Mallorca) y dirección electrónica glesenne@bufetecontestigarau.com

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 9 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.

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