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Documento BOE-B-2019-44394

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 21 de octubre de 2019, páginas 56984 a 56985 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-44394

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

ANUNCIA

1º.- Que en el procedimiento número 0000194 /2010 N, por auto de 28 de junio de 2019 se ha dictado Auto de conclusión de concurso al deudor KOTLAS, S.L., CIF/DNI B-15650864 con domicilio en Polígono del Novo Milladoiro, calle Oliveira nº 116 C, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Municipio de Milladoiro-Santiago de Compostela.

ACUERDO:

1.- Declarar la conclusión del procedimiento sobre concurso abreviado núm. 194/2010 de la entidad KOTLAS, S.L., (provista de CIF B15650864, e inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, Tomo 2.200 del archivo, sección general, folio 25, hoja núm. SC-22.154) por finalización de las operaciones de liquidación, y, en consecuencia, el archivo de las actuaciones.

2-. Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal.

3.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

4.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro, a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro.

5.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

6.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8.- Notifíquese al Ministerio Fiscal esta resolución y de los antecedentes necesarios.

9.- En lo que respecta a la cantidad reservada por la AC para atender los gastos necesarios para la conclusión del concurso, en el término de 10 días, una vez efectuados estos deberá informar de aplicación del citado saldo y del remanente en su caso, con aportación de justificantes, y facturas, del destino dado a la cantidad reservada.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Esta resolución es firme, y contra ello no podrá interponerse recurso alguno de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.1 de la LC.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma doña AMELIA MARÍA PÉREZ MOSTEIRO, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, en comisión de servicios. Doy Fe.

A coruña, 1 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Encarnación Mercedes Tubio Lariño.

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