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Documento BOE-B-2019-37558

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 2019, páginas 48341 a 48341 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-37558

TEXTO

Doña Alicia De La Torre Dunaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado ( artículo 23 y 24 Ley Concursal)

Número de asunto: 1122/2019 - sección: A

Fecha del auto de declaración: 17 de julio de 2019

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Entidad concursada: Servicios Auxiliares Nuevos de Distribución Radial, Sociedad Limitada

CIF de la Concursada: B-63.573.935

Domicilio social de la concursada: Avinguda Puig Grau, número uno de Vilafant ( Girona)

Administrador concursal: Frade Gobeo S.L.P.

- Dirección postal: Plaça Josep Pla, número cuatro, piso primero sexta, Código Postal 17001 Girona

- Dirección electrónica: sandraacreedores@fradegobeo.com

Régimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores o liquidadores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número uno de Girona ( Avenida Ramón Folch número 4-6 de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los adminsitradores o liquidadores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concusal.

Girona, 30 de julio de 2019.- La Letrdada de la Administración de Justicia, Alicia De La Torre Dunaiturria.

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