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Documento BOE-B-2018-9753

RESOLUCIÓN de la Confederación Hidrográfica del Duero por la que se fija el lugar, fecha y hora para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de bienes y derechos afectados por las obras del "Proyecto Complementario nº 1 del Proyecto de Mejora de las instalaciones actuales y eliminación de nutrientes de las estaciones depuradoras de aguas residuales de Medina del Campo, Iscar, Tordesillas, Tudela de Duero, Benavente y Toro".

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 17 de febrero de 2018, páginas 12258 a 12260 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2018-9753

TEXTO

El Plan Nacional de Calidad de las Aguas: Saneamiento y Depuración 2007-2015, cuyo objetivo se concreta en el mantenimiento y mejora de la calidad del medio acuático, con medidas de control de los vertidos alcanzando el buen estado de todas las masas de agua en el horizonte 2015, da cumplimiento a las exigencias de la Directiva 91/271 CEE, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas, transpuesta a la legislación española mediante el RDL 11/95, que vinculan directamente a todas las Administraciones competentes en materia de saneamiento y depuración.

Para materializar las diversas acciones y actuaciones específicas que son requeridas por el PNCA en la cuenca del Duero, el 2 de febrero de 2010, se firmó un Protocolo de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (actualmente Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente) y la Junta de Castilla y León, detallando las actuaciones a realizar y las vías de financiación para llevarlas a cabo. El protocolo fue publicado en el BOE de 28 de enero de 2011.

Las obras incluidas en el Proyecto Complementario n.º 1 de Mejoras de las instalaciones actuales y eliminación de nutrientes de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales de Medina del Campo, Iscar, Tordesillas, Tudela de Duero, Benavente y Toro, están incluidas en el Anexo I: Actuaciones de Interés General y en el Anexo II: Actuaciones en Zonas Sensibles del Protocolo citado en el párrafo anterior.

Con fecha 27 de diciembre de 2012 (BOE n.º 312 de 28-12-2012), se aprueba la Ley 27/2012, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2.013, y en su disposición adicional octogésima octava, se declaran de interés general, entre otras,, las obras de mejora de calidad de las aguas superficiales en la cuenca del Duero, dentro de las cuales están comprendidas las denominadas: Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Medina del Campo, de Iscar, de Tordesillas, de Tudela de Duero, de Benavente y de Toro, llevando implícitas las declaraciones siguientes:

- La de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1.954, de Expropiación Forzosa.

- La de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Por lo que el correspondiente procedimiento expropiatorio se seguirá conforme los trámites dispuestos en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento de desarrollo.

Con fecha 28 de julio de 2016, se firma el contrato del "Proyecto Complementario n.º 1 del Proyecto de Mejora de las instalaciones actuales y eliminación de nutrientes de las estaciones depuradoras de aguas residuales de Medina del Campo, Iscar, Tordesillas, Tudela de Duero, Benavente y Toro".

Con fecha 8 de junio de 2.017 se firma el Convenio de Colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Duero y el Ayuntamiento de Toro para la ejecución de las "OBRAS DE MEJORA DE LAS INSTALACIONES ACTUALES Y ELIMINACIÓN DE NUTRIENTES DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE TORO". En dicho convenio en su punto 2.1 se acuerda: "En el expediente de expropiación que dicho Organismo iniciará sobre los terrenos afectados, el Ayuntamiento asume la condición de beneficiario por causa de utilidad pública...".

Para cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 puntos 2 y 3 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Confederación Hidrográfica del Duero, en uso de las facultades que le confiere el artículo 30.2.j del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, ha resuelto convocar a todos los titulares de inmuebles y derechos reales afectados por la realización de las obras y que figuran en la relación adjunta, para que comparezcan en el lugar (Ayuntamiento de Toro), el día y la hora que se indican más abajo, al objeto a trasladarse al propio terreno, si fuese necesario, para proceder al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos afectados, significándoles, así mismo, que pueden hacer uso de los derechos que les confiere dicho artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

RELACIÓN QUE SE CITA:

Término Municipal

Localidad

Lugar

Días

Hora

Toro

Toro

Ayuntamiento Toro

(Sala de Juntas)

8 de marzo de 2018

11:00

A dicho acto, deberán comparecer los interesados afectados personalmente, o bien representados por persona provista de poder notarial o acreditación expresa, identificándose mediante la presentación de su NIF o pasaporte y aportando la documentación acreditativa de la titularidad correspondiente al bien afectado, pudiéndose hacerse acompañar si así lo desean, de un Notario y Peritos, con gastos a su costa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56, punto 2.º del Reglamento de la Ley de Expropiación forzosa, de 26 de abril de 1957, los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos directos sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir en la relación adjunta, podrán formular por escrito ante esta Confederación las alegaciones que tengan por conveniente, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hubieran podido cometer al relacionar los bienes y derechos afectados por las expropiaciones.

Así mismo, la presente publicación, se realiza igualmente a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sirviendo como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, y a aquellos de los que se ignore su paradero.

Valladolid, 12 de febrero de 2018.- El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero.

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