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Documento BOE-B-2018-31210

Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "Rioja".

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 8 de junio de 2018, páginas 39558 a 39559 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2018-31210

TEXTO

Ha tenido entrada, el 14/02/2018, en la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, la solicitud del Consejo Regulador de la DOP "Rioja" de modificación de su pliego de condiciones, en base a los acuerdos adoptados en el Pleno de 9 de febrero de 2018, relativo a los cambios en el inicio del cómputo del período de envejecimiento de los vinos.

Dicha propuesta fue remitida el 28 de febrero de 2018 a las CCAA territorialmente afectadas, para que emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Se recibió informe favorable a la propuesta por parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el 6/03/2018; y de la Comunidad Foral de Navarra, el 9/03/2018.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 8 del Real Decreto 1335/2011, se convocó, el 20 de marzo de 2018, a los miembros de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada afectados territorialmente, para una votación telemática, con fecha límite de 23 de marzo de 2018. Y se acordó, por mayoría, informar favorablemente la continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud.

En consecuencia, de acuerdo con las facultades que el artículo 8.3 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, atribuye a esta Dirección General, resuelvo continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Rioja» y, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y10 del citado Real Decreto, ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acto administrativo sobre dicha solicitud, junto con un enlace al pliego de condiciones y su documento único, modificados. Todo ello, según lo previsto en el artículo 96 del Reglamento (UE) Nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, que estable un plazo de dos meses, a partir de la fecha de la publicación que se ordena, para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses, considere afectados, pueda oponerse, mediante la correspondiente declaración motivada, dirigida al órgano competente del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

La dirección de la página web de dicho Ministerio, en que se encuentran publicados el pliego de condiciones y el documento único, con las modificaciones solicitadas, es la siguiente:

http://www.mapama.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/htm/dop_rioja.aspx

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la Administraciones Públicas.

Madrid, 4 de junio de 2018.- El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando J. Burgaz Moreno.

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