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Documento BOE-B-2018-29503

Resolución de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, en sesión ordinaria de 2 de marzo de 2018, por la que se acuerda aprobar la modificación del Pliego de Condiciones Particulares para el ejercicio de la actividad de suministro de combustible a buques sin instalaciones fijas en la zona de servicio de los puertos que gestiona la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2018, páginas 37460 a 37460 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-29503

TEXTO

El Consejo de Administración de esta Autoridad Portuaria, reunido en sesión ordinaria el 2 de marzo de 2018, a propuesta del Director, acordó, por unanimidad, modificar el Pliego de Condiciones Particulares para el ejercicio de la actividad de suministro de combustible a buques sin instalaciones fijas en la zona de servicio de los puertos que gestiona la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, de tal modo que, en general, la regulación actualmente referida al suministro de combustible a buque sin instalación fija desde camión cisterna o gabarra será de aplicación, también, a la actividad de suministro de lubricantes y aceites de uso técnico a granel mediante bombeo, encontrándose el referido Acuerdo a disposición de los usuarios en las oficinas de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (Avenida de la Hispanidad, 2, 11207 Algeciras, tfno.: 956 58 54 00), así como en la página web de esta entidad (www.apba.es)

De acuerdo con lo previsto en dicho Pliego, la actividad únicamente podrá desarrollarse al amparo de la correspondiente autorización, que otorgue, en su caso, la Autoridad Portuaria, a solicitud del interesado, constituyendo su realización careciendo de tal autorización infracción tipificada por el Régimen sancionador del RDL 2/2011, pudiendo acarrear sanción según lo previsto en dicha norma.

Algeciras, 23 de abril de 2018.- El Presidente, Manuel Morón Ledro.

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